REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure 17 de Mayo de 2006
195º y 146º

SOBRESEIMIENTO

CAUSA: 1C-7108-05
IMPUTADO: AUGUSTO APARICIO
VICTIMA: GEOMAR EDELUVINA OJEDA
DELITO: CONTRA LAS PERSONAS
PROCEDENCIA: FISCALIA NOVENA DEL MINISTERIO PUBLICO

Vista la presente causa se observa que la misma se inicia con denuncia formulada en fecha 07 de marzo de 2005, por la Ciudadana GEOMAR EDELUVINA OJEDA ante la Comandancia General de Policía, DIP, del Estado Apure, quien expuso lo siguiente: “Comparezco por ante este Destacamento Policial con el fin de denunciar al Ciudadano AUGUSTO APARICIO, por cuanto el mismo me agredió con los puños de las manos sin ningún motivo, el día 27/06/04.”

En fecha 19/07/05, se emite Acta de inicio de Investigación por la presunta comisión de uno de los delitos contra las personas, procediendo entonces a realizar las entrevistas correspondientes a los fines de extraer datos valiosos para la investigación.

Seguidamente en fecha 23 de septiembre 2005, este Tribunal Primero de Control recibe Solicitud de Sobreseimiento presentada por la Fiscalía Novena del Ministerio Publico, basando los argumentos de su solicitud en los supuestos establecidos en el Artículo 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.

Estudiados los supuestos procesales para que proceda el Sobreseimiento solicitado por la Fiscalía Novena del Ministerio Publico; verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado; y dando cumplimiento a lo establecido en los Artículos 318 Numeral 4º Y 323 del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal observa: por cuanto de la revisión de las actas se evidencia que efectivamente han transcurrido: un año (1) dos meses (2), diez días (10), de la presunta comisión del delito investigado, es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL


DISPOSITIVA

En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N°1C-7108-05, seguida en contra del ciudadano: AUGUSTO APARICIO, por la presunta comisión de uno de los Delitos CONTRA LAS PERSONAS, en perjuicio de GEOMAR EDELUVINA OJEDA, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente.

Cúmplase.-


LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL

DRA. WILMER ARANGUREN TOVAR


EL SECRETARIO

ABG. ANGEL RAMON CAMPO


Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.

EL SECRETARIO

ABG. ANGEL RAMON CAMPO
Causa N°1C-7108-05
WA/AC/DB