REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
San Fernando de Apure 20 de Junio de 2006
195º y 146º
SOBRESEIMIENTO
CAUSA: 1C-7066-05
IMPUTADO: JOSE LUIS VALDERRAMA
VICTIMA: ROSA MARIA ACOSTA ACOSTA
DELITO: RAPTO DE ADOLESCENTES CON CONSENTIMIENTO
PROCEDENCIA: FISCALIA OCTAVO DEL MINISTERIO PÚBLICO
Vista la presente causa se observa que la misma se inicia mediante Denuncia de fecha 27 de Diciembre de 1999, interpuesta por la ciudadana SANTIAGA EULOGIA ACOSTA DE ACOSTA, por ante la procuraduría Primera de Menores del Estado Apure, quien manifestó que su hija ROSA MARIA ACOSTA ACOSTA, de 16 años de edad, se fue de casa el día 25 de Diciembre de 1999, le dejo una carta donde le manifiesta que se fue con un ciudadano que le dicen el CHINO. .
Posteriormente en fecha 27 de Diciembre del 1999, la Fiscalia Octava del Ministerio Público emite Auto de inicio de Investigación por la presunta comisión de uno de los delitos de RAPTO DE ADOLESCENTES CON CONSENTIMIENTO, procediendo entonces a realizar las entrevistas correspondientes a los fines de extraer datos valiosos para la investigación
Seguidamente en fecha 31 de Agosto del 2005, este Tribunal Primero de Control recibe Solicitud de Sobreseimiento presentada por la Fiscalia Octava del Ministerio Publico, basando los argumentos de su solicitud en los supuestos establecidos en el Artículo 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.
Estudiados los supuestos procesales para que proceda el Sobreseimiento solicitado por la Fiscalia Octava del Ministerio Publico; verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado; y dando cumplimiento a lo establecido en los Artículos 318 Numeral 4º Y 323 del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal observa: por cuanto de la revisión de las actas se evidencia que efectivamente han transcurrido: SEIS (06) AÑOS, CINCO (05) MESES, (23) DIAS, de la presunta comisión del delito investigado, es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N°1C-7166-05, seguida en contra del ciudadano: JOSE LUIS VALDERRAMA, por la presunta comisión de uno de los Delitos de RAPTO DE ADOLESCENTES CON CONSENTIMIENTOS, en perjuicio de: ROSA MARIA ACOSTA ACOSTA, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
LA JUEZ
DRA. WILMER ARANGUREN TOVAR
EL SECRETARIO
ABG. ANGEL RAMON CAMPO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO
ABG. ANGEL RAMON CAMPO
Causa N°1C-7066-05
WA/AC