REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA





CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure 21 de Junio del 2006
195º y 146º

SOBRESEIMIENTO

CAUSA: 1C-7065-05
IMPUTADO: MELVIS EMILIO CHAVEZ
VICTIMA: BAUDILIO ANTOIO ZAMBRANO, OSTOL ENRRIQUE LLOVERA Y ERMIS ANTONIO ARGUELLO
DELITO: COTRA LAS PERSONAS
PROCEDENCIA: FISCALIA QUINTA DEL MINISTERIO PÚBLICO

Vista la presente causa se observa que la misma se inicia mediante Acta Policial de fecha 15 de Julio del 2000, suscrita por los funcionarios BERNARDO RAMON MENDEJOSE PARRA, adscrito al Departamento Técnico de Investigaciones Penales, donde se deja constancia del accidente de transito ocurrido en el sitio denominado Carretera Nacional Mantecal Elorza, se trataba de una colisión múltiple entre vehículos con cinco personas Lesionadas, se elaboró el respectivo croquis.

Posteriormente en fecha 15 de Mayo del 2002, la Fiscalia Quinta del Ministerio Público emite Auto de inicio de Investigación por la presunta comisión de uno de los delitos de LESIONES CULPOSAS, procediendo entonces a realizar las entrevistas correspondientes a los fines de extraer datos valiosos para la investigación

Seguidamente en fecha 05 de Octubre del 2005, este Tribunal Primero de Control recibe Solicitud de Sobreseimiento presentada por la Fiscalia Quinta del Ministerio Publico, basando los argumentos de su solicitud en los supuestos establecidos en el Artículo 108, ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal.

Estudiados los supuestos procesales para que proceda el Sobreseimiento solicitado por la Fiscalia Quinta del Ministerio Publico; verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado; y dando cumplimiento a lo establecido en los Artículos 318 Numeral 4º Y 323 del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal observa: por cuanto de la revisión de las actas se evidencia que efectivamente han transcurrido: CUATRO (04) AÑOS, UN (01) MES, (06) DIAS, de la presunta comisión del delito investigado, es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL

DISPOSITIVA

En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N°1C-7158-05, seguida en contra de: LINO QUINTERO, RAMON ALVARADO Y ELISEO BONIFACIO LAYA, por la presunta comisión de uno de los Delitos LESIONES CULPOSAS, en perjuicio de LINO QUINTERO, RAMON ALVARADO, CLEMENTE FLAUDITA, RAMON ALMARIO Y EDGAR ALVAREZ, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-

LA JUEZ


Dra. WILMER ARANGUREN TOVAR
EL SECRETARIO

Abg. ANGEL RAMON CAMPO


Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.

EL SECRETARIO

Abg. ANGEL RAMON CAMPO
Causa N°1C-7158-05
WA/AC