REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 27 de junio de 2006
194º y 145º

SOBRESEIMIENTO
CAUSA: 1C-6941-05
IMPUTADO: ANDRES ANIBAL MONAGAS
VICTIMA: JULIO CESAR VARGAS
DELITO: HURTO DE GANADO
PROCEDENCIA: FISCALIA QUINTA DEL MINISTERIO PÚBLICO.

La Fiscal Quinto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, solicita de este Tribunal Primero de Control la declaratoria de sobreseimiento en la presente causa, basándose en que el hecho objeto del proceso no se realizó, de conformidad al artículo 318 ordinal 1°, este Tribunal a los fines de decidir observa:

Vista la presente causa se observa que la misma se inicia en virtud de Acta Policial de fecha 16/06/01 suscrita por los Funcionarios JOSE LUIS ORTEGA, AVERLAIN ESPARRAGOZA, PEDRO ENRRIQUE FARFAN Y FRANKLIN RAMON IZARRA adscritos al Destacamento Nº 63, con sede en Mantecal Estado Apure mediante la cual dejaron constancia que en virtud de la información suministrada por el ciudadano JULIO CESAR VARGAS, acerca de un hurto de un ganado de su propiedad, se trasladaron…, al Fundo El Diamante, donde fueron atendidos por el ciudadano PEDRO ALBERTO GONZALEZ, …, a quien se le solicitó información acerca de la ubicación del Fundo de un ciudadano apodado “Coco Monagas”, donde presuntamente había existencia de animales vacunos de dudosa procedencia, quien los acompañó al Fundo de nombre “Fundo Nuevo” propiedad del ciudadano apodado “Coco Monagas” donde observaron la cantidad de doce becerros al frente de las instalaciones de la casa, saliendo a recibirlos un ciudadano de nombre ANDRES ANIBAL MONAGAS, …”

En fecha 16/01/01, la Fiscalía Quinta del Ministerio Público recibe actuaciones provenientes del Destacamento Nº 63, con sede en Elorza Estado Apure, decretando Auto de inicio de Investigación en la causa Nº 04-F5-005-01, nomenclatura de la Fiscalía, y comisionando al mismo órgano de investigación, a los fines de esclarecer el caso y a practicar las diligencias tendientes a la resolución del mismo.

Seguidamente en fecha 27 de Abril de 2005, este Tribunal Primero de Control recibe Solicitud de Sobreseimiento presentada por dicha Fiscalía y revisada la misma se observa que ha cumplido con los supuestos procesales para que proceda el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Publico; verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado; y dando cumplimiento a lo establecido en los Artículos 318 Numeral 1º Y 323 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece este último mencionado, en su primera parte “que presentada la solicitud del sobreseimiento, el Juez convocará a las partes y a la víctima a una audiencia oral para debatir los fundamentos de la petición, salvo que estime necesario que para comprobar el motivo no sea necesario el debate.” Sin embargo este Tribunal, basada en jurisprudencia de fecha 21-06-2004, sentencia 1195, siendo el Magistrado ponente el Dr. PEDRO RAFAEL RONDON HAAZ, considera que no es necesario fijar audiencia para llevar a cabo el debate a fines de decidir el Sobreseimiento solicitado.

De la revisión y análisis de las actuaciones que conforman la causa, se pudo constatar que en virtud del censo ganadero realizado por los efectivos de la Guardia Nacional para verificar si en el fundo del ciudadano ANDRES ANIBAL MONAGAS se encontraban animales que le habían sido hurtados, es cuando se percatan de que están en el lugar dos becerros maltratados y herrados con el hierro de la ciudadana MARIA DEL CARMEN MELECIO. Posteriormente los efectivos ponen al tanto de la situación a la mencionada ciudadana, manifestando esta haber dado la autorización a su hermano JOSÉ MELECIO para que trasladara dichos animales al fundo de ANDRES ANIBAL MONAGAS, por tal motivo no se pudo atribuir a los ciudadanos JOSÉ MELECIO y ANDRES ANIBAL MONAGAS su participación en el hurto de ganado que sufriera la víctima JULIO CESAR VARGAS; en consecuencia, lo procedente y ajustado a derecho es ACOGER LA SOLICITUD FISCAL.


DISPOSITIVA

En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA:

UNICO: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-6941-05, seguida en contra de: ANDRES ANIBAL MONAGAS, por la presunta comisión de alguno de los delitos previstos y sancionado en la LEY PENAL DE PROTECCION A LA ACTIVIDAD GANADERA, en perjuicio de JULIO CESAR VARGAS, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal. Igualmente se acuerda notificar al Imputado de autos de conformidad al artículo 181 del Código Orgánico procesal penal, por carecer de residencia conocida. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-

JUEZ PRIMERO DE CONTROL


ABG. WILMER ARANGUREN TOVAR



EL SECRETARIO


ABOG. ANGEL CAMPO


Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.


EL SECRETARIO


ABOG. ANGEL CAMPO








Causa N° 1C-6941-05
WAT/AC/DB