REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA





CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure 27 de Junio del 2006
195º y 146º

SOBRESEIMIENTO

CAUSA: 1C-7219-05
IMPUTADO: CLISANTO ANTONIO HERRERA
VICTIMA: DAZA BUROZ IVAN DARIO
DELITO: LESIONES
PROCEDENCIA: FISCALIA QUINTA DEL MINISTERIO PÚBLICO

Vista la presente causa se observa que la misma se inicia mediante Denuncia de fecha 23 de Agosto del 2004, interpuesta por el ciudadano DAZA BUROZ IVAN DARIO, quien manifestó que se encontraba por la Avenida Libertador, de la Población de Mantecal, cuando se encontró con el ciudadano CLISANTO ANTONIO HERRERA, a quien le reclamo por unas vacas que se le habían perdido y unas personas le habían dicho que ese ciudadano las tenia, comenzaron a discutir y dicho ciudadano lo golpeo con una botella en la cara causándole una herida.

Posteriormente en fecha 26 de Agosto del 2004, la Fiscalia Quinta del Ministerio Público emite Auto de inicio de Investigación por la presunta comisión de uno de los delitos LESIONES, procediendo entonces a realizar las entrevistas correspondientes a los fines de extraer datos valiosos para la investigación

Seguidamente en fecha 21 de Octubre del 2005, este Tribunal Primero de Control recibe Solicitud de Sobreseimiento presentada por la Fiscalia Quinta del Ministerio Publico, basando los argumentos de su solicitud en los supuestos establecidos en el Artículo 108, ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal.

Estudiados los supuestos procesales para que proceda el Sobreseimiento solicitado por la Fiscalia Quinta del Ministerio Publico; verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado; y dando cumplimiento a lo establecido en los Artículos 318 Numeral 4º Y 323 del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal observa: por cuanto de la revisión de las actas se evidencia que efectivamente han transcurrido: UN (01) AÑO, DIES (10) MESES, (01) DIA, de la presunta comisión del delito investigado, es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL

DISPOSITIVA

En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N°1C-7219-05, seguida en contra de: CLISANTO ANTONIO HERRERA, por la presunta comisión de uno de los Delitos LESIONES, en perjuicio de DAZA BUROZ IVAN DARIO, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-

LA JUEZ


Dra. WILMER ARANGUREN TOVAR
EL SECRETARIO

Abg. ANGEL RAMON CAMPO


Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.

EL SECRETARIO

Abg. ANGEL RAMON CAMPO
Causa N° 1C-7219-05
WA/AC.