REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 08 de junio de 2006
195º y 146º

SOBRESEIMIENTO

CAUSA: 1C-8095-06
IMPUTADO: JORMAN DE JESÚS BLANCO
VICTIMA: MIGUEL ANGEL CASTILLO
DELITO: CONTRA LA PROPIEDAD
PROCEDENCIA: FISCALIA SEGUNDA DEL MINISTERIO PÚBLICO

Vista la presente causa se observa que la misma se inicia en fecha 24 de marzo de 2000 mediante recibimiento del Oficio Nº 571, emanado de la comandancia General de Policía del Estado Apure, donde se colocan a plena disposición de esta Fiscalía a los ciudadanos YORMAN DE JESÚS BLANCO Y LUIS RAMON CASTILLO, por cuanto en Acta Policial suscrita por el Funcionario (FAP) EDGAR GIOVANNY RONDÓN, adscrito a dicho organismo, expone como se suscitaron los hechos: “En fecha 11/03/2000 siendo aproximadamente las 11:20 de la noche, encontrándome en servicio avisté a un ciudadano en el Barrio Cristo Rey, el cual se encontraba denunciado por el delito de hurto, el mismo al preguntarle si tenía conocimiento de lo hurtado en la residencia, manifestó que él y su hermano, que en ese momento lo acompañaba se había introducido en la misma, tumbando un aire acondicionado y había hurtado prendas de oro y un VHS, procedí a trasladarlo a la Comandancia de la Policía quedando identificado como YORMAN DE JESÚS BLANCO, …”
En fecha 14/11/01, la Fiscalía Segunda del Ministerio Público emite Auto de inicio de Investigación por la presunta comisión de uno de los delitos contra las personas, procediendo entonces a realizar las entrevistas correspondientes a los fines de extraer datos valiosos para la investigación.

Seguidamente en fecha 26 de abril de 2006, este Tribunal Primero de Control recibe Solicitud de Sobreseimiento presentada por la Fiscalía Segunda del Ministerio Publico, basando los argumentos de su solicitud en los supuestos establecidos en el Artículo 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.

Estudiados los supuestos procesales para que proceda el Sobreseimiento solicitado por la Fiscalía Segunda del Ministerio Publico; verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado; y dando cumplimiento a lo establecido en los Artículos 318 Numeral 4º Y 323 del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal observa: por cuanto de la revisión de las actas se evidencia que efectivamente han transcurrido: SEIS (06) AÑOS, DOS (02) MESES, VEINTIOCHO (28) DÍAS, de la presunta comisión del delito investigado, es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL


DISPOSITIVA

En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-8095-06, seguida en contra del ciudadano: YORMAN DE JESÚS BLANCO por la presunta comisión de uno de los Delitos CONTRA LA PROPIEDAD, en perjuicio de MIGUEL ANGEL CASTILLO, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente.



Cúmplase.-


LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL


DRA. WILMER ARANGUREN TOVAR

EL SECRETARIO

ABG. ANGEL RAMON CAMPO


Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.

EL SECRETARIO

ABG. ANGEL RAMON CAMPO



Causa N° 1C-8095-06
WA/AC/DB