REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA





CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD

San Fernando de Apure, 19 de Junio de 2006

CAUSA N° 1E-1277-02

NUEVO COMPUTO DE EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA

Revisada como fue, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, la Sentencia emitida en fecha 16-02-04, por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, en contra del ciudadano: PEREZ ERASMO JOSE, titular de la cedula de identidad N° 15.359.912; y Definitivamente firme como ha quedado el fallo dictado por la referida Corte en fecha 14-06-06, mediante la cual se declaro efectivamente con lugar el recurso de revisión que acordó la rebaja de la pena anteriormente impuesta al citado penado a OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN , corriente a los folios 234 al 239 del presente expediente, más las accesorias de ley, por la comisión de los delitos de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previstos respectivamente en los artículos 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ello de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del articulo 470 en relación con la parte infine del articulo 475, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, a los fines de la Ejecución de la presente sentencia, conforme a lo previsto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, observa, que al penado en referencia les faltan por cumplir con la pena impuesta, el tiempo señalado en el cómputo que a continuación se señala;
Dicho penado permaneció:
Detenido desde 06-10-03 hasta la presente fecha
Una Redención de: Diez (10) meses y Dieciséis (16) días
Tiempo cumplido: Dos (02) Años, Ocho (08) Mes trece (13) días. Haciendo la suma de la pena cumplida más la redención da un total de pena cumplida de Tres (03) años, siete (06) meses y ocho (29) días.
Falta por cumplir al penado: ERASMO JOSE PEREZ, Cuatro (04) año, Cinco (05) meses y un (01) día.

Fecha de cumplimiento de Pena: 20-11-2010
Fecha en que procede el beneficio: Por cuánto se observa que en sentencia emitida el 08 de abril del 2005, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, decidió SUSPENDER la aplicación del articulo 493 del Código Orgánico Procesal Penal y ORDENA se aplique en forma estricta la disposición contenida en el articulo 501 ejusdem. En consecuencia en el presente caso le procede el Beneficio Régimen abierto por haber cumplido los 1/4 de la pena al cumplir los requisitos de ley.

EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN,



DR. DAVID OSWALDO BOCANEY

LA SECRETARIA,


ABOG. TAIBEHT CASTELLANO


Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.



LA SECRETARIA,



ABOG. TAIBEHT CASTELLANO


CAUSA N° 1E-1277-02
DOB/ctoe