REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.


En el día de hoy ocho (08) de Junio siendo las 10:00 horas de la mañana se constituye el Tribunal Primero de Juicio a los efectos de realizar Juicio Oral y Publico en la causa seguida contra el acusado JOSE GERONIMO SANCHEZ, por este Tribunal Mixto Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, seguido por el procedimiento Ordinario, constituido dicho Tribunal por la escabino GALLEGOS OJEDA REYES CARLINA (Titular 1), ESCOBAR QUERALES ELIO ALCIDES (Titular 02) y MORENO CARMEN VICTORIA, el Juez Presidente del Tribunal Mixto DR. SERVIO TULIO HERNANDEZ URDANETA, por la comisión del delito de Homicidio Intencional Calificado, en perjuicio del ciudadano DELMIS ADELIS BOLIVAR CORREA (occiso). De seguida el Juez Presidente da inicio al acto, previo juramento de los escabinos ya mencionados, y declara abierta la Audiencia Oral y Pública, Solicita al secretario verifique la presencia de las partes, quien constata que se encuentran presentes el Acusado JOSE GERONIMO SANCHEZ, la defensa ABG. VICTOR ALMINIO ARTUNA, el Fiscal Octavo del Ministerio Publico ABG. TOMAS ARMAS, el abogado asistente de la victima: ABG. WILMER QUINTANA, y la victima DELMIN ANTONIO BOLIVAR, padre del occiso; así como los testigos llamados a la celebración del juicio oral y público quienes se encuentran en una sala adyacente a la sala de audiencia del Tribunal. A continuación se le concede el derecho de palabra al Ministerio Publico quien expone: Buenos días el Ministerio Publico presenta formal acusación a la oralidad la acusación interpuesta en su debida oportunidad en contra del ciudadano JOSE GERONIMO SANCHEZ, por los hechos ocurridos el 11-05-03, momentos en que el acusado con alevosía premeditación y ventaja exteriorizo un hecho en contra de la humanidad del hoy occiso adolescente Adeliz Bolívar, el Ministerio Publico hace la salvedad por la observación de lo notario y publico del hecho en cuanto al mismo que se perpetro momentos cuando se realizada una reunión, n este sentido de fundamenta la calificación dada o el tipo penal de Homicidio Intencional Calificado, sancionado en el articulo 408 del Código Penal vigente para el momento de la comisión del hecho, en los siguientes elementos de convicción, los cuales son los siguientes, inspección ocular al sitio del suceso, practicada por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, una inspección practicada al cadáver, acta de defunción, entrevista de los ciudadanos ENRIQUE ALEXIS JOSE, OLIVA PAZ LUIS MANUEL, MANUEL EDUARDO BOLIVAR, YUNNIS ENRIQUE AVILAR, JUAN MAGDALENO ZAMBRAO, JUAN DE JESUS BOLIVAR, RAFAEL GUILLERMO, ANA DELFINA, estos testimonios por cuanto dichos ciudadanos tuvieron presente en el lugar de los hechos y pueden ilustrar a este tribunal de cómo ocurrieron los hechos, así mismo existe protocolo de autopsia, practicado por el patólogo Luis Zerpa, existe otras entrevistas de los ciudadanos, ENRIQUE ALEXIS JOSE, OLIVO PAZ LUIS MANUEL, MANUEL EDUARDO BOLIVAR, YUNIS ENRIQUE AGUILAR, ELIAS RAMON YANEZ ENRIQUE, JUAN MAGDALENO ZAMBRANO, JUAN DE JESUS BOLIVAR, RAFAEL GUILLERMO SALAS RIVERO, ANA DELFINA RIVERO, FLORES HERNANDEZ EDUAR A, BOLIVAR CORDOVA DAVID ANTONIO, CARRASQUEL BENIGNO ANTONIO, - PEREZ BLANCO LEONARDO, YRIS NALLIBI PEREZ CELIS, LILIA ROSALÍA CELIS, DELIA LIGER MONTILLA HENRRIQUEZ, WILLIAMS ANTONIO TORREALBA, BENIGNO ANTONIO CARRASQUEL, ANA MAYILDE PALENCIA, PRUDENCIAO ANTONIO ROMERO, que igualmente van a ilustrar al tribunal con relación a la oralidad de cómo ocurrieron los hechos, los medios de pruebas fueron incorporados en la fase investigativa, y por los cuales se presento la acusación los mismos reúnen los requisitos de ley toda vez que fueron obtenidos de manera licita, se ofrece las testimoniales de los expertos RAIVER RIVAS, Y JOSE JAVIER GAMEZ, van a probar el hecho objeto del debate, toda vez que fueron los funcionarios que se trasladaron hasta el sitio del suceso. Testimonio del ciudadana FELICTA DE REYES, quien suscribe el acta de defunción. Testimonial del patólogo LUI ZERPA, quien fue la persona que practico el protocolo de autopsia con el cual demostraremos cuales fueron las causas de la muerte. Los testigos antes mencionados todos ellos tuvieron presentes al momento en que ocurrieron los hechos, y podrán ilustrar al tribunal de cómo ocurrieron los hechos, en cuanto al petitorio el Ministerio Publico ratifica y sostiene la acusación presentada en contra JOSE GERONIMO SANCHEZ, quien le propio un golpe a la victima lo que le causo la muerte, por lo que el delito por el cual se acusa al ciudadano antes mencionado es el delito de Homicidio Intencional Calificado, solicito se declare la culpabilidad del mismo. Es todo. Ahora bien en cuanto a los expertos solo me resta decir que sostuve conversación telefónica con el patólogo y con los otros expertos, quienes se encuentra delicados de salud, y me solicitaron que su declaración fuese rendida en una posterior oportunidad. Es todo. De seguida se le concede la palabra a la defensa: Ciudadano juez realmente estoy sorprendido por que con todo el respeto que se merece el Ministerio Publico creí que habíamos avanzado con col proceso oral, y los planeamientos son orales, aquí el Ministerio Publico vino a leer la acusación no señala la conducta desarrollada por mi defendido. Que investigo el Ministerio Publico, al final dijo que era que se le había dado un masetazo a la victima, pero como se le dio, como se inicio ese problema, eso no lo dijo el Ministerio Publico, pero no pudo enervar que fue lo que sucedió ese día, saco fue unos resultados y procedió acusar a mi defendido, pro que se le esta señalando de autor, como empezó que día a que hora fue eso, quines estaban allí ese día, que era lo que se estaba realizando, u culto pro cierto, cuantas personas habían allí, quien acompaña la victima, en que condiciones estaba la victima y su acompañante, se viene a patear una situación solamente con una conclusión, donde estaba la maseta, la uso realmente el o la uso otro, entonces son las preguntas las que realmente dejan decir de la actuación del Ministerio Publico, que viene a dar por reproducidos las inspecciones oculares, y los testimonios, si no de le puede atribuir un hecho enervar un hechos voy a tener que decir que tengo que solicitar el sobreseimiento de la causa, eso esta precisado en el articulo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, no me puede llegar solamente con una conclusión, y la actuaciones de cada una de las partes y que fue lo que dio la muerte, ciudadano juez déjeme decirle algo, este señor es inocente, este señor tiene esperando por este juicio 02 años, ha tenido que estar d tras de la victima para poder realizarse este juicio, no puede ser, este señor si es verdad estuvo en el lugar de los hechos, había un culto se suscito una discusión con el adolescente, es verdad intercambiaron palabras, lo llego a empujar y callo al suelo y eso dio motivo para que cuando personas que andaban con el adolescente fueran hasta el agredirlo y matarlo, todos estaban ebrios, el andaba desarmado y no estaba tomando ese día, esa situación después que estos señores le chocan el lo que trata es de defenderse, inclusive testigos traídos por el Ministerio Publico hacen mención que le lanzaron un peinillazo a la pierna y le atravesaron un palo para que no le cortara la pierna, eso fue una riña en contra de el, cuatro o cinco personas, con machetes y masetas trataron de herirlo o matarlo, luego da com0 resultado que en esa situación aparece muerto un muchacho, quien le dio el masetaso, aquí testigos que son traídos por la Fiscalia están involucrados en los hechos, y no van a venir hoy, y será necesario que sean escuchados, durando el juicio se van a identificar estas personas; tuvo que haber un motivo, que es los que queremos probar o desvirtuar, por que los mismos testigos que trae la Fiscalia son los mismos que queremos utilizar, son testigos del hechos, unos son cómplices y otros autores, esto se le ha señalado al Ministerio Publico y esta ha hecha caso omiso a esto, esto es grave para todos nosotros, no podemos aceptar que se acuse de la manera como se hizo a un inocente, eso debe confirmar el principio de inocencia, a este señor se le han violado todos sus derechos en el proceso, inclusive con la actuación cómplice tanto del bogado de la victima como la victima, yo lo que les voy pedir es que realmente declaren a mi defendido inocente, la acusación debe ser declarada sin lugar, o antes debe ser declarado el sobreseimiento; y por ultimo me acojo las pruebas del Ministerio Publico. Es todo. De seguida el juez expone: En sus pertinentes oportunidades y con el respeto de los actos y lapsos preclusivo previstos en el adjetivo penal, se admitieron los correspondientes escritos con sus medios probatorias, de manera que corresponderá basado como sea el controvertido determinar lo que corresponda conforme a derecho, dicho lo cual se procede a imponerlo de los hechos que se le imputan, al acusado JOSE GERONIMO SANCHEZ, así como del precepto constitucional en el sentido que no esta obligado a declarar en causa propia y si desea hacerlo lo hará sin juramento. De seguida el acusado manifiesta si querer declara y libre de apremio, sin coacción y sin juramento expone: “Buenos días, hoy día voy a declarar unas osas que yo nunca las había declarado, eso fue el 11-05-03, que ocurrió ese caso en la casa del pastor Benigno Carrasquel, estábamos en un culto del pasto, yo acompañaba a mi madre, a mi mujer, a mi cuñada esa noche, el culto salio 11:30 pm, estábamos cuando sale, los hermanos se quedan hablando por un rato, despidiéndose, llegaron las 12 y pico, le dijo a mi madre que nos vamos, y mi madre me dice que vamos a esperar que esa gente que esta allí se calme, mi madre andaba en un burrito y los muchachos le cayeron a plan al burro, y yo me quede tranquilo, yo fui a buscar el burro y mote a la doña en el burro, y la gete estaba en la puerta de trancas que no dejaban salir a nadie, el muchacho muerto estaba en la puerta yo le dije que me diera un permiso que yo voy ido y me dijo que de aquí no se va nadie, uno qu estaba allí le dijo dale un permiso que va a salir y el no quiso, fue donde un muchacho que le llaman Gumito y este le dijo dale un coñaso en la cara para que se pique, y el regreso y me dio una pechada, yo le dije que no iba a pelear con el, y gumito le dijo dale un coñaso en la cara para que se pique y me dio dos pechadas, el agarro el burro por el mecate y lo alo y mi madre quedo guindada del burro, hay me moleste y enseguida me cayeron todos encima, me llevaron en ese momento de allí a donde estaba la gete sentado en el culto, eran puros toletes de madera, allí yo vi que la peinilla pasaban por todos lados y decían que te vamos a matar, uno soltó un peinillaza y si no me agallo me lo pega, llego pico de pato con un cuchillo y me corto la mano, cuanto veo que viene un muchacho viene con una peinilla y me caigo viene saliendo el tal caguva darme con la peinilla y esta hico Enrique mete la maseta y le pega la peinilla es a la maseta, y dijo como vas a matar a ese hombre que esta desarmado, y viene el negrito y me da un palo en la cabeza, y viene gumito a darme un palo y el muchacho estaba cerca de mi y le dio al muchacho yo le dije mataste a tu primo hermano, venia turupio, pico de pato y le cayeron a golpes al muchacho creyendo que era yo, y yo estaba escondido, yo le puse la mano en el hombro al hermano Benigno y se la mache con sangre, esta la mama de la cuñada decía mira como están matando a mito, y la cuñada dijo no es mito, el hermano Binigno los atajo para que no se metieran donde estaba, en ese caso el que mato a ese muchacho fue Gumito fue el que le dio el palo al muchacho y lo mato, yo no cargaba absolutamente nada en las manos, allí esta un dios que para abajo ve y si estoy mintiendo que me castigue, el muchacho Gumito dijo que yo le había dado un palo en la frente y si yo lo fuera dado lo hubiera matado, el se fue para la casa del papa del muchacho a buscarlos, el papa llego y dijo por que mito le va a venir a darle un palo al muchacho, esta bien que le de un coñaso pero un palo no. Es todo. El Ministerio Publico pregunta: ¿Podría manifestar a este tribunal usted es conocido en el sector? Contesto: Si. ¿Es conocido por todas las personas que se encocuentran en el momento de los hechos? Contesto: Había un puño de gente y yo conocía algunos. ¿Los que tuvieron participación directa usted señalo a unos con apodos? Contesto: Si, Gumito, Caguva, Tuturupio y un tal pico de pato que no lo conozco por el nombre, yo soy el que esta acusado en el caso, por que el papa del muchacho había dejado todo esto así, yo fui el que me presente a la PTJ, fiscalia. ¿Por qué señala que el señor Benigno le dice que se escoda por que lo iban a matar? Por que los muchachos le estaban cayendo a golpes al muchacho creyendo que era yo. ¿usted conoció al occiso? Si desde chiquito. ¿Podría describir las características? Si un muchacho moreno pequeño, ese se crió allí. ¿Existe en entre las características físicas del occiso y su persona podrían confundirse con usted? Yo no. ¿Había alguna situación de pelea antes que se suscitaran los hechos que usted narro? Yo con le nuca en la vida. ¿De acuerdo con lo que declaro, todos intentaron atacarlo? Me atacaron a mi. Es todo. La defensa pregunta: ¿José Sánchez, ese día estabas en el culto? Si. Como cuantas personas había allí? Como 25 personas. ¿Estabas sentado con esas personas? Yo estaba sentado solito. ¿Las personas que lo atacaron estaban sentadas en el culto también? No estaban en la puerta de trancas. ¿Explique si era una entrada bastante amplia? Es como de dos metros y ellos estaban en la puerta. ¿Que hacían allí? Estaban bebiendo aguardiente, el muchacho se les metió dos veces al culto con el caballo. ¿Cuándo la gente termino el culto por que no se iban? Ellos no dejaban ir a nadie. ¿Quines no los dejaban ir? Pisco de pato, caguba, gumito, estaban bravos. ¿Sabe por que? Por que querían formar peo a la gente. ¿Su mama andaba remontada en una bestia? Andaba en un burro. ¿Dónde estaba amarrado el burro? Cerca de la puerta de trancas. ¿Usted intento salir? Si yo agarre el burro y la monte casi ajuro e intente salir y el muchacho me dijo que de allí no se iba nadie. ¿Usted fue y lo busco aluna autoridad? Contesto: Yo no le caí a palo limpio a ese muchacho, a mi no me busco nadie, yo me presente en la PTJ, en los tribunales de menores, en la policía, si yo fuera tenido ese cargo arriba no voy a presentarme. Es todo. El escabino pregunta:¿tenia algún problema con el? no nunca. ¿Por que le buscan problemas a usted? Ellos tuvieron ese problema por que como ellos me halaron el burro y mi madre caso se cae yo me moleste. Es todo. El juez pregunta: ¿Usted señala como autor del hecho a un tal Gumito, sabe el nombre? Si Eduardo Bolívar. Es todo. De seguida se hace pasar al ciudadana FELICTA DE REYES, a quien se le toma el juramento de ley, y se le coloca a la vista, acta de defunción donde aparece a nombre de la victima occiso DELMIS ADELIS BOLIVAR ORREA, la cual riela al folio 11, quien expone: El sello es original de la prefectura y la firma también. Es todo. De seguida el Ministerio Publico expone: El Ministerio Publico no va a formular preguntas, toda vez que la mismo ratifica el acta de defunción. La defensa señala que es un documento publico y el mismo se vale pro si solo. Es todo. Se hace retirar a la experto y se hace comparecer al experto DR. JOSE ROMERO CEBALLOS, titular de la cédula de identidad 4396338, medico forense adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas , a quien se le toma el juramento de ley y se le coloca la vista el reconocimiento medico legal 9700-141-768, a los fines de que ratifique su contenido y firma, quien expone: Reconozco el contenido del informe y la firma también, un caso que uno vio ya después de siete u ocho días. Es todo. Acto seguido el Ministerio Publico hace la siguiente aclaratoria: En el desarrollo de la investigación se comisiono al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, dentro de esas diligencias se practicaron reconocimiento médicos legales, hubo uno que un mes después le fue practicado al acusado. Es todo. La defensa pregunta: ¿El reconocimiento fue practicado al una persona MANUEL EDUARDO BOLIVAR, dice usted que le practico el examen cuantos días después? El 22 se le practica el examen y el accidente fue l 13, fueron entonces 09 días después. ¿Le puede señalar al tribunal en forma práctica, el tipo de herida que pudo ver? Lo que se le vio fue la herida si no la cicatriz, de algo que había allí, que supuesto era un excoriación, vulgarmente es conocido como un pelado. Es todo. Se hace retirar al experto y se hace pasar al testigo, ENRIQUE ALEXIS JOSE, titular de la cédula de identidad Nº 12.323.510, residenciado en Guanare, sector Los Conucos, Estado Barinas, a quien se le toma el juramento de ley y expone: Si vi cuando el sucedo del muchacho, vi cuando el hombre lo masetio, y le dio con el pie, y le dijo así se matan los perros. Es todo. El Ministerio Publico pregunta: ¿Usted se encontraba presente cuando ocurrieron los hechos? Si. ¿Podría decir exactamente con la mayor precisión posible que fue lo que vio? Yo estaba como a 15 metros, iba pasando cuado oí el golpe, volteo y vi al señor que le dio al muchacho. ¿A que señor? Al señor Jerónimo. ¿Sabe usted o tiene conocimiento si entre el acusado José Sánchez, y el occiso existía algún problema o rivalidad? Yo no se. ¿Además de usted podría decir los nombre de quines mas se encontraban presentes en el hecho? Contesto: Los vi a ellos dos nada mas. ¿Usted dice que estaba como a 15 metros y escucho un golpe, como que golpe? Como uno escucha una escucha un golpe, volteo y veo al señor Jerónimo. ¿En que condición lo vio usted tanto al acusado y al occiso? En el momento que yo volteo veo el hombre con la maseta en la mano, algo como un palo y veo al muchacho tirado en el suelo. ¿Inmediatamente después de eso que mas presencio? En ese momento corrí para donde estaba el y le dije no le des mas al muchacho. ¿Usted puede señalar aquí en el tribunal a quien señala como José Sánchez? Si el señor que esta allí al lado (Se deja constancia que el testigo señalo al acusado). Es todo. La defensa pregunta: ¿Usted desde cuando conoce a José Gerónimo Sánchez? Tengo mucho tiempo conociéndolo. ¿En la niñez lo conoció? Lo conocí cuando éramos adultos. ¿Usted vive con algún familiar del occiso? Con una tía de la persona que falleció. ¿Ese día estaba en l culto, era vnglico en esa oportunidad. Si. Estab predicando la palabra de dios? Oyéndola. Como cuantas personas estaban alli? Contesto no le puedo precisar. ¿Cuántas treinta? Pudo haber sido mas. ¿que hora era cuando los hechos? Como las diez de la noche. Como estaba la noche ocsura o clara? Contesto: Mas o menos ni oscura i clara. Que hizo después que termino el culto? Cuado termino el culto sali para mi casa. ¿Una vez que termina el culto que es lo que se hace usted? Contesto: Sali para mi casa. ¿En que momento llego a ver que se sucito un prblema entre mito y el occiso? En l momento en que termino el culto se prendió el problema? No estab cuando l prblema. ¿No sabe como se incia el prblema? No. Cuado se incia el problem esta uste donde mas o mnos? Coo unos 20 metros. No fue a donde se había suscita el problema? Fue un alboroto grande. ¿Intervinieron varias personas? Si. ¿Cuanto empezó el culto estaba sentado en que? En Bancos. ¿Tenias planta de alumbrado? Si. ¿Cuantas bombillas habían? No las conté. ¿Eran suficientes? En el culto eran suficientes. El problema se inicia el culto o en una parte diferente? En un parte diferente. El problema no se de donde salio pero si se que el alboroto paso por la puerta de salida. ¿Se percato si habían caballos amarrados? Si. ¿Usted vio gente con peinillas enfundadas allí? Contesto: En el momento que estaba los caballos no por que estaba oscuro. ¿A que distancia estaba de los caballos? Contesto: Como 20 metros. ¿Conoce usted a un señor apodado Caguva? Contesto: Si. ¿A uno apodado Gumito? Contesto: Si. ¿Y Piro lo conoce? Contesto: Se me confunde conoce a turupio? Contesto: lo confundo a los dos. ¿Pico de pato? Contesto: Probablemente no lo conozco. ¿Alguno de los que le mencione intervinieron en el problema que se suscito? Ellos estaban juntos. ¿Pero intervinieron? Estaba Juntos. ¿ellos estaba en la riña? Contesto: Si estaban. Intervinieron en la riña? Si. Usted conoce a la mama del señor José Sánchez? Si. Tenia usted conocimiento que ella andaba remontada en un burro? Si estaba. ¿por casualidad recuerda donde estaba ubicado el burro? Contesto: no. A que hora llego al culto. Cuando empezó. A que hora llegaron los caballos. No estaba. Intervino usted en algún momento cuado iba agredir al señor? No. ¿usted en su ultima respuesta señalo que había intervenido en el problema, explique al tribunal de que forma intervino en el problema? El Ministerio Publico solicita a la defensa que sea mas especifico , a cual problema se refiere cuando le pregunta al testigo, por que lo esta confundiendo al testigo. El juez señala a la defensa que reformule la pregunta: La defensa señala: Por que aquí la condición d tener grado de instrucción no desmejora a nadie ¿intervino usted esa noche en el problema que se suscito donde murió el adolescente? Contesto: No. ¿A cuantas personas vio en el problema esa noche cuando murió esa persona? Contesto: No se. ¿pero podría precisar cuantas había, un aproximado, 30 o 40 personas? Como 40 personas. ¿Usted vio al señor José Geroimo Sánchez con alguna arma en la mano? Contesto: Cuando la muerte del muchacho. ¿Y al muchacho lo vio con alguna arma? Contesto: cuando lo vi estaba tirado en el suelo. ¿si había como 40 personas, para donde se fueron esas personas? La gente se disperso. Usted se mantuvo allí o se disperso? Me mantuve retirado. Es todo. Se hace retirar de la sala al testigo, y se hace pasar al testigo YUNIS ENRIQUE AGUILAR, titular de la cédula de identidad Nº 16.383.092, residenciado en Guanare, Estado Portuguesa, a quien se le toma el juramento de ley y expone: “Eso fue e Mayo, a las 10:00 de la noche de 2003, cuando la riña que hubo no lo había matado, después de la riña paso allí mito lo mato, le dio un palo, después le dio con lo pies, le dio varios palos, y dijo así es que se mata un perro. De seguida el Ministerio Publico pregunta: ¿Tú refieres que hubo una riña, quines participaron en esa pelea? Contesto: Vi cuando mito mato al otro. No sabes como se suscito la riña? No se, solo vi cuando mito le dio el palo. ¿Quién es mito, se encuentra presente en la sala? Si. (Se deja constancia que señala al acusado presente en la sala) ¿El occiso, el muerto estaba armado con algún palo o machete en la mano? Al muerto no le vi nada. ¿El tuvo esquivar o evadir el golpe? El iba y el le dio el golpe. ¿Que paso? Yo vi cuando le dio. ¿Que paso con el adolescente? Yo lo agarre. ¿Qué personas estaban cuando sucedieron los hecho? No recuerdo yo lo agarre cuado le dio el palo. Es todo. De seguida la defensa pregunta: ¿Usted andaba con quien? Yo y mi esposa, Maria Brizuela. ¿Maria Brizuela es familia del occiso? Si. ¿Que viene siendo para el? No se solo se que son familia. ¿Usted se sentó con los hermanos a escuchar la palabra de dios en el culto? Si. ¿A que hora termino el culto? Como a las 10 pm. ¿Como cuantas personas habían en el culto? No se. ¿Cuando termina el culto se presenta algún problema? Contesto: Cuando termino el culto ocurrió eso. ¿Termino el culto usted se fue para su casa? Al mucho tiempo. ¿Por casualidad había luz, alguna planta eléctrica? Si. ¿Cuantas bombillas había? No recuerdo. ¿Donde estaba sentado escuchando la palabra de dios? Yo estaba parado como a 09 metros. ¿Esa noche como estaba la noche oscura o clara? Contesto: No me recuerdo. Recuerda si vio algunos caballos amarrados en la entrada? Si habían pero no los conté. ¿Había algunas personas en la enreda que usted conocía? Había varias. ¿Sabe los nombres? Benigno, la mujer de el, y otros mas que no recuerdo. ¿Conoce a Luis Eduardo Bolívar? Si. ¿Conoce a uno apodado pipilo, pico de pato? No recuerdo si estaban. ¿Logro ver cuado el señor José Sánchez le da un casetazo a la victima? Si. ¿Puede señalar la manera como ocurrió? No se que tenían ellos. ¿de que manera le dio el palo? El le dio el palo. ¿Después que lo golpea usted dice que le dio por los pies? Si. ¿Cargaba botas? No recuerdo, el le daba con los pies. ¿Usted no intervino? Después que el le dio. ¿Y que dijo el señor? Así es que se matan los hombres. ¿Después que hizo? Yo lo agarre y lo senté en el suelo. ¿El señor estaba donde? No se el se escondió. ¿Quines mas estaban allí? Varios, pero no recuerdo los nombres. Es todo. De seguida el ciudadano Juez pregunta: ¿Qué fue lo que viste? Contesto: Cuando el le dio el palo, y luego con los pies y dijo que así se mataban los hombres como un perro, y el se escondió y no se para donde. ¿No viste si hubo forcejeo o si se agarraban? No. Es todo. La defensa solicita un receso a lo fines del almorzar. De seguida el Juez suspende el juicio oral y publico por el lapso de una hora y media, reanudándose nuevamente a las 02:20 PM. Es todo. Se constituye nuevamente el tribunal, siendo las 02:20 horas de la tarde, se verifica la presencia de las partes, constatándose que se encuentran todos los llamados al juicio oral y publico. De seguida se hace pasar al testigo ciudadano ELIAS RAMON YANEZ ENRIQUE, titular de la cédula de identidad Nº 23.001.092, residenciado en Guanare, Barinas, a quien se le toma el juramento de ley y expone: Yo vine por que se que el señor que esta aquí mato al muchacho (Se deja constancia que señala al acusado) Primero había una riña que yo no la vi por que estaba hacia afuera, al mucho rato el muchacho quedo solo en la casa del pastor y fue que el hombre le dio un masetaso, y después que estaba en el suelo el le dio con los pies, de allí para adelante no vi mas nada, el se metió para dentro de la casa. Es todo. El Ministerio Publico pregunta: ¿Tu llegaste a presenciar esa riña? La vi pero no estaba allí con ellos. ¿Depuse de la pelea que es lo que pasa? El muchacho quedo solo y este hombre le dio con una maceta. ¿Con que el acusado lo golpea? Con una maceta. ¿Tu presenciaste cuando el le da el golpe con la maceta? Si, y cae al suelo y le da con los pies. ¿Fue algo rápido? Si. ¿El difunto tenia en su poder palos o cuchillos? No. ¿Viste si el se defendido o agredió al acusado? No, solo cuando lo masetio. ¿Quiénes estaban en el sitio? Contesto: había gente pero no me fije, estaban Yuni, Zambrano, los que están aquí afuera estaban cerca de donde yo estaba. ¿A que hora fue eso? Como a las 10 pm u 11 pm. ¿Cómo era el finado? Era un muchacho pequeño, era un muchacho. ¿Era mas pequeño que el acusado? Si. Es todo. La defensa pregunta: ¿Usted es evangélico? No. ¿Con quien hadaba usted? Andaba solo. ¿Vio alguien conocido en la reunión? Si eso es un vecindario. ¿Puede mencionar los nombres? Los que mencione hace un rato. ¿Cómo a que hora llego usted? Como a las 07 pm. ¿A que hora comenzó el culto? Como a las 08 pm. ¿A que hora término? Como a las 10:00 pm. ¿Estaba cerca o lejos de la entrada del culto? Estaba legito. ¿Usted no pudo ver en la entrada si había caballos o algunas personas allí? Si. ¿Sabes sus nombres? No. ¿Cómo comienza la pelea entre el señor José Sánchez, y el difunto? No se por que yo estaba en una parte y ellos en otra. ¿Más o menos estaban lejos? Si. ¿No le siguió el desarrollo? No, solo vi cuando le dio el masetaso. El Ministerio Publico solicita que se reformule la pregunta. Se insta a la defensa a que aclare la pregunta. ¿Cuándo usted vio que le dio el masetazo puede describir aquí al tribunal como fue eso? El muchacho estaba recostado de una pared, y Mito salio dentro de un cuarto y le dio el masetaso. ¿usted dice que eso fue dentro de la casa? Si. ¿Y usted estaba afuera? Si. ¿Cómo vio? Por que eso fue en una salita. ¿a que distancia estaba usted? Como a 06, metros. ¿Usted no intervino para evitar eso? No. ¿Por qué? Por que ninguno era amigo mío. ¿Habían algunas personas allí cuando le dieron el masetaso? No. ¿Quién recoge al occiso? Yunni y otros que estaban allí. ¿Que hizo el señor Sánchez? Se metió para dentro de la casa. ¿Usted vio personas que cargaran peinilla? Si. ¿Vio relucir alguna peinilla allí cuando la pelea? No, ya le dije que estaba lejos. ¿De la riña salio algún herido que usted sepa? No. ¿Usted conoce a Cajuba? Si. El intervino en los hechos? No. Conoce a Gumito? Si. Intervino en los hechos? Si. De que manera? Para defender al muchacho. ¿Intervino antes de darle el palazo o después? Después. ¿Por donde le dio el palazo a humito? Por la cabeza. ¿Quedo muy herido? El callo al suelo y se volvió a para. ¿Conoce a pico de pato, pipilo, y turupio? Si. Intervinieron en el hecho? No. ¿Estaban Allí? Si. ¿En que lugar estaban ellos? Estaban retirados para el lado de la entrada. ¿Recuerda si antes del hecho había visto al acusado? No recuerdo haberlo visto allí. Es todo. De seguida se hace retirar al testigo y se hace pasar al ciudadano JUAN MAGDALENO ZAMBRANO, titular de la cedula de identidad Nº 7.947.434, residenciado en Guanare, Barinas, a quien se le toma el juramento de ley, y expone: Eso ocurrió el 11-05-03 las 10:00 pm, eso fue una discusión que tuvieron primero, entre ellos, y Gerónimo lo mato, el fue el que lo mato, yo estaba viendo yo estaba allá, como a 10 metros, con un palo. Es todo. De seguida el Ministerio Publico pregunta: ¿a quien se refiere cuando dice que entre ellos? Entre ellos el muerto y el. ¿Usted presencio o vio o quien le dio el golpe al occiso? Fue un masetaso, y si vi. ¿Quien le dio el golpe? José Gerónimo Sánchez. ¿Por donde le dio? Por la cabeza. ¿Quien lo auxilio? Yunni Enrique. ¿Tenia en su poder el finado algún machete o algún palo? No le vi nada. Es todo. La defensa pregunta: ¿A que hora llego al culto? A las 10:00 pm. ¿usted iba a escuchar el culto? Si. A que hora termino? A esa misma hora yo lo que hice fue llegar. ¿cuando llego por donde entro por una puerta de trancas? Si. ¿Había gente reunida a esa hora? Si. ¿Conoció algunos de ellos? Si pero como iba pasando no me fije, pero si había gente. ¿Cuándo habla de una riña a que se refirió? Una pelea pero eso pasó. ¿Quines eran los del alboroto? Había varios. ¿Usted pudo identificar alguno que intervino en esa pelea? Había gente, eso era un alboroto. ¿Andaba alguien más con usted? No. ¿No andaba un muchachito con usted? Una hija mía cargaba un muchachito. ¿Cómo cuantos habían treinta o cuarenta personas? Había como treinta personas. ¿Dónde vio a usted al acusado, donde estaba el? A dentro de la casa. ¿La victima donde se encontraba? Adentro. ¿Cómo sucedió? Lo que vi fue que lo mato. ¿de que manera lo mato? No se te decir, el lo mato. Es todo. La escabino pregunta: ¿Usted dice que iba pasando y lo vio? Si. ¿Estaba dentro de la casa? Si. ¿Y como lo vio? Por que había luz. ¿Tenían algún problema? No se. ¿Tuvieron ese problema en la casa del pastor? Si. Es todo. El juez pregunta: ¿Usted vio que lo mato? Si. ¿Qué más vio? Cuando Avilar lo siguió y lo agarro. ¿Usted iba pasando? Si yo estaba halla. Es todo. de seguida se hace retirar al testigo y se hace pasar a la ciudadana ANA DELFINA RIVERO, titular de la cédula de identidad Nº 7.947.441, residenciada en Gunare, mas adelante de la Unión. De seguida se le toma juramento de ley y expone: Estaba en un culto, y se prendió un medio alboroto, después paso eso y después macetearon al negrito, quien lo masetio fue el señor Mito, lo masetio en el suelo, y dijo que así se mataban los hombres valientes como un perro y les dio con los pies. Es todo. De seguida el Ministerio Publico pregunta: ¿Qué es un alboroto? Hubo ese alboroto esa gente. ¿Entre quien era ese alboroto? No se, lo único que se es que el lo masetio. ¿Después de que hubo? el alboroto fue se aplaco y luego lo masetio. ¿Cómo le dio el golpe? Con una maceta. ¿Después del golpe que paso? Yunni lo ayudo. ¿A que hora fue eso? como las 10: 00pm. ¿Vio en algún momento al finado con algún palo o cuchillo? No. ¿El finado le golpeo o agredió al acusado? No. Es todo. De seguida la defensa expone: ¿Usted es esposa de Magdaleno? Si. ¿Usted andaba con el esa noche? Si. A que hora llego con el señor Magdalena? No recuerdo a que hora llegamos pero eso fue a las 10:00 pm. (Se deja constancia de la repuestazas dadas por la testigo, a solicitud de la defensa) ¿cuado llegaron al culto había terminado? Se estaba realizado. ¿Llegaron al culto se sentaron? Si. ¿En ese trayecto de la entrada a donde estaba el culto no ocurrió nada? Nada, ¿todo estaba quieto? Si. ¿ni en el patio ni n la casa vio algún alboroto? Ya había pasado. ¿usted se sienta en el culto, termina el culto, que pasa después? Cuando el le dio con la maceta, ya todo había pasado y se había aplacado. ¿Dónde estaba el acusado? El venia y el negrito iba entrando y el le dio con el palo en la sala. ¿eso sucedió después que termino el culto? Si después del culto. ¿El señor mito busco hacia la salida? No. ¿El difunto se dirigía hacia donde? Eso fue hacia adentro, el negrito iba para dentro y mito salio de adentro de la casa y le dio el masetaso. ¿no había mas nadie cerca de ellos? Todos los que estábamos allí estábamos allí. ¿Conoce a Caguva? Si. ¿El intervino en la pelea? No se. ¿Conoce a Eduardo Bolívar alias Gumito? A el Mito le dio un masetaso por que fue a levantar al negrito. ¿Por donde? Por la cabeza. ¿le dio fuerte? El lo tumbo. ¿Quien ayuda al muerto? Chicho y Yuinni, corren para donde esta y lo levanta. ¿Chico o Alexis no intervienen en la pelea? No. ¿Después de eso que hace usted? Me retiro de allí. ¿Cómo era la noche? La noche es oscura, pero donde estaba el muerte había luz. ¿Había bombilla en el culto? Si en el frente. ¿Dónde sucedieron los hechos había bombillo? Si había. ¿Cuándo entro vio caballos y gente en la entrada? Todos los que estaban remontados, y había gente. ¿Pudo identificar los que estaban allí? No recuerdo pero si había buen puño. Es todo. El Juez pregunta: ¿en todo momento anduvo con su esposo? Si. ¿No se le separo del lado? No. Es todo. De seguida se hace retirar al testigo y se hace pasar al testigo CARRASQUEL BENIGNO ANTONIO, titular de la cedula de identidad Nº 12902016, residenciado en Guanare, Estado Barinas, a quien se le toma el juramento de ley y expone: El cuento es lo que yo se, es que estamos en un culto yo soy el pastor de la iglesia, y después de haber rezado el culto, hubo una riña de unas personas allí, fue fuerte la riña, entonces la gente entraron a la casa, luego que entraron estaba a una parte un grupo de personas, luego hacia la otra parte se prendió otra riña y nosotros fuimos atender a la de esa parte y cuando regresamos había un muchacho que supuestamente lo habían maseteado y estaba muerto. Es todo. De seguida el Ministerio Publico pregunta: ¿en ese momento ese día usted estaba predicando la palabra de dios? No, había un hombre predicando. ¿Dónde estaba usted? En el culto al lado del predicador. ¿Dónde estaban? Fuera de la casa en el solar. ¿habla de dos peleas? Si. ¿Usted se avoco con quines a tratar o atender? La segunda riña había un muchacho que es hijo mío que lo tenían acosado y a mi me importo mas esa por que estaba mi hijo, y cuando regresamos estaba el muchacho tendido y no había mas nadie. ¿Con quien discutió? Si se con quien, discutió con el señor Gerónimo? A que hora fue eso? Como a las 10:00 am. ¿Vio la riña? El comienzo si. ¿Qué fue lo que vio? Al comienzo se vio la discusión? Quines discutían? Discutía Gerónimo y algunas personas que no se el nombre. ¿Y donde estaba el difunto? Estaba allí en la discusión? Tenia palos machetes? No les vi. ¿En que estado estaba el? Bien tomado, como borracho. ¿Podría describir las características físicas del finado? Era pequeño, delgado. Es todo. La defensa expone: ¿Cuántas bombilla tenia la planta eléctrica de la casa donde estaba el culto? 08 bombillas. ¿en el corredor que esta anexo a la casa había algún bombillo? No. Cuando termina el culto, por que es que la gente no se puede ausentar de allí? Por que algunos que cargan bebidas y andan tomando no dejaban salir a la gente. ¿había problemas en la salida? Si. Que había en la salida? Comenzó la discusión y de allí empezó la discusión. ¿Había gente con caballos allí? Si. ¿Caguva estaba allí. Si, ¿Gumito, pilo, y el negrito estaban allí? Si. ¿Recuerda si en el momento en que se fue el acusado del culto que paso? El muchacho se le paro en la puerta el negrito, y no lo dejaba salir el lo tomo por los brazo lo levanto hacia arriba y lo tiro contra el piso, allí se levanto el grupo del muchachos y le chocaron a el, caguva, gumito, pipilo. ¿el negrito le choco a el? el negrito andaba con ellos. ¿Con que le chocaron al acusado? Con peinillas. ¿Qué hizo el acusado? Agarro una maceta para defenderse. ¿Y luego? Allí fue cuado se levanto la segunda riña y fuimos a ver, y cuado regresamos estaba el muerto. ¿Usted vio al acusado herido? No recuerdo. ¿Cuándo regresa, cuantos heridos hay? El muchacho. ¿Hay otros heridos? No recuerdo. ¿Quien estaba cuando al muchacho? No recuerdo por que fue una sorpresa lo de la muerte del muchacho, solo estábamos los de la casa, y algunos familiares. ¿Después caguva, gumito y pipilo que se hicieron? Estaban allí. ¿Las peinillas que las hicieron no se, ya todos se habían aplacado. ¿Cómo era la noche allí? Donde había luz estaba claro, donde no había luz estaba oscuro, el cuerpo estaba en una parte clara había bombillo, en la parte de la casa que no tiene pared. ¿Cómo es la casa? La casa tiene dos cuarto, había como especie de un pieza que no esta emblocada, allí fue donde quedo el. Es todo. El juez pregunta: ¿Usted vio que el señor Sánchez, vio que el le dio el casetazo al occiso? No. ¿si los vio peleando? Yo digo que la primera vez a José Sánchez lo llevaban acosado los muchachos, pero no vi cuando le dio el casetazo. Es todo. De seguida se hace pasar al ciudadano PABLO LEONARDO PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº 18.725.921, residenciado en Sector los Draguitos, vía Guanare, Barinas, a quien se le toma el juramento de ley y expone: Estamos en una campaña, entonces se esta finalizando el culto, cuando se prende un problema de varias personas allí con ganas de pelea, allí cuando va saliendo Mito con la mamá para la casa de ella ellos le chocan a Mito, con macetas y peinilla, y Mito va reculando y el hombre se cae y le dan unos palos, allí el hombre se esconde en la casa del pastor, en eso, nosotros vamos para atrás por que era mucho la pelea, entonces cuando volteamos para atrás el agraviado esta en el suelo tirado y cuando vemos para atrás esta gumito al lado de el. Es todo. El Ministerio Publico pregunta: ¿A que hora ocurrieron los hechos? Como a las 10:00 pm. ¿Dónde estaba usted? Con la gente, con el pastor y esa gente y el problema ya había sucedido. ¿Por qué peleaban personas con José Sánchez? No Se. ¿Quines estaba peleando con Gerónimo Sánchez? Como 06 personas. ¿El finado donde estaba, donde lo llego a ver antes que ocurriera el hecho? El andaba con una maseta echando broma. ¿Cuándo se presenta el problema que paso? La gente se fue para el monte, nosotros nos fuimos para atrás. ¿Usted vio quien le dio el masetaso? No lo vi. ¿Con quien se encontraba el finado? El andaba con varias personas. Es todo. La defensa pregunta: ¿puede decir los nombres de las personas que andaban con el occiso? Gumito, no recuerdo los nombres de las otras personas. ¿Usted llego a ver peinillas? Si. ¿Las desenfundaron? Si. ¿Le chocaron con las peinillas al acusado? Si, y el retrocedía, el callo y le zumbaron casetazos y peinillas, lo que pasa es que la macetas atajaba las peinillas. ¿Ellos estaba tomados? Yo creo que si. ¿El acusado estaba tomado licor? No se. ¿Usted conoce a Caguva, Pipilo? Si, ellos le chocaron con peinilla al Gerónimo. ¿Turupio le choco con peinilla. Si. Pico de pato lo conoce? Ceo que es hermano de turupio, también le choco con peinilla. Es todo. De seguida se hace pasar a la ciudadana IRIS PEREZ CELIS, titular de la cédula de identidad Nº 15.100.693, residenciada en Guanare, a quien se le toma el juramento de ley y expone: Estábamos en un culto donde casa de Benigno Carrasquel, cuado veníamos por la puerta de tranca, el ciudadano Adeliz, no nos quería dejar pasar, entonces le dio un pechada al ciudadano Mito, luego le garro el burro a la mama de Mito, entonces cuando le dio el empujón los demás le chocaron con peinillas, y macetas, cuando le chocaron los demás y el sale y se cae, con un rolo, entonces le tiraron un peinillaza y metieron el rolo para que no le diera, y negrito le dio un palo por la cabeza, y pico de pato lo corto, entonces yo me fui a buscar a mi hija que se había ido para el monte, y cuando regrese mi mama lloraba por que decía que habían matado a Mito, y yo le dije que no era Mito por que el estaba parado en la casa botando sangre por la cabeza, y los muchachos le estaban cayendo a golpes al negrito creyendo que era Mito, ellos estaban como locos. Es todo. El Ministerio Publico pregunta: ¿Qué vínculo la une con José Sánchez? Soy cuñada de el. ¿Usted dice que varias personas chocaron a Gerónimo Sánchez? Si. ¿Dónde estaba usted? Parada al lado de el, por que nos íbamos para la casa. ¿Cuantas personas eran? 07 personas. ¿Cómo le chocaron? Con macetas y palos, yo estaba en el caballo. ¿Usted dice que se mete en la casa del pastor, y usted donde se queda? Afuera. ¿vio cuando golpearon a Dennis Bolívar? No. ¿la pelea era con Gerónimo Sánchez o con Adelnis Bolívar? Ellos venia contra Jerónimo. Es todo. De seguida la defensa pregunta: ¿digo si estaba cerca del señor Mito, se pudo percatar si el muerto estaba tomado o no? El muerto estaba borracho. ¿El muerto andaba a caballo? Si. ¿Llego hacer uso del caballo? Si, se metió para dentro del patio de la casa del pastor. Con que finalidad? No se, corría allí. (la defensa solicita se deje constancia de la respuesta de la testigo) ¿Usted conoce a Caguva, Pipilo, Gumito, Turupio, Pico de pato? Si los conozco de vista. ¿Ellos fueron los que le chocaron a José Jerónimo? Si. ¿Qué cargaban ellos? Unas macetas y otros peinillas. ¿Después que sucede todo, después del muerto había alguien mas herido allí? Si, Mito estaba herido en la cabeza y un dedo. Es todo. El juez pregunta: ¿El acusado salio de la casa? Yo lo vi parado en una esquina. ¿Miro que la victima estaba tirada en el suelo? Si lo mire por que trataron de auxiliarlo y ya no se podía hacer nada. ¿Quién lo trataba de ayudar? Los que andaban con el. ¿Qué vio? Lo levantaron trataban de auxiliarlo. ¿Antes de eso no vio quien lo golpeo? No. Es todo. De seguida se hace pasar a la ciudadana LILIA ROSALIA CELIS, titular de la cédula de identidad 8.163.729, residenciada en Arismendi, Estado Barinas, a quien se le toma el juramento de ley y expone: Esa noche lo que yo vi cuando empezó cuando íbamos a salir entonces ese muchacho que mataron, no nos dejaba salir a la puerta, fue donde casi hicieron caer a la mama de José Sánchez, del burro, allí fue cuando el actuó y la señora de broma no se callo, y el lo empujo y callo en las patas de un caballo, entonces lo que hicieron fue atacarlo con la peinilla y macetas, y yo me asuste y la hija mía me saca de allí, yo decía que estaban matando a mito, y la hija mía me decía que no era el, hasta que vi a Mito parado en la esquina de la casa con la cara llena de sangre. Es todo. De seguida el Ministerio Publico pregunta: ¿Dónde estaba usted cuando matan a Adeliz Bolívar? En la casa del pastor, donde era el culto. ¿Usted vio quien golpeo al muchacho? No. ¿con quien se encontraba? Con la esposa de el, la mama, mi hija. ¿Por qué agraden físicamente a José Geronimo? No se cual fue el motivo. ¿Usted se encontraba en ese momento donde? Estábamos en el patio grande, el llevaba la mamá cargándola en el burro, yo me desespere cuando vi ese gentío que lo iban a atacar. ¿Donde usted se encontraba, hacia dentro de la casa que podía ver? Un grupo de gente empelotado, pero no vi a quien estaban golpeando, yo pensaba que era el. Es todo. De seguida la defensa pregunta: No voy hacer preguntas. Es todo. de seguida se hace pasar a la ciudadana ANA MAYILDE PALENCIA, titular de la cédula de identidad Nº 5.946.569, residenciada en el Municipio Arismendi, Estado Barinas, a quien se le toma el juramento de ley y expone: Yo me encontraba en ese lugar por que teníamos un culto, cuando termino se presento un pleito, yo estaba en el patio adentro y el pleito fue afuera, mi esposo salio para haya y yo me quede, allí venia ese poco de gente con palos, yo le dije a mi esposo que nos fuéramos para un potrero, y desde lejos desde el potrero vimos el pleito, sabe que a veces en un pleito es un poco de gente, solo la gente pelando fue lo que pude ver. Es todo. El Ministerio Publico pregunta: ¿usted estaba en un culto, a que distancia esta el potrero de donde ocurría la pelea? Como 40 metros aproximadamente. ¿Qué logro ver desde ese sitio? La gente peleando. ¿Qué paso después de la pelea? Después fuimos para haya y estaba el muchacho así como sentado en una esquina del corredor de la casa. Es todo. La defensa pregunta: ¿Manifestó usted que al momento en que se suscito un problema usted estaba dentro de la casa? Estábamos en el patio de la casa. ¿Su esposo fue hasta donde estaba el problema? Si el fue y yo me quede. ¿Luego que se quedo allí que vio usted? Eso fue rápido, no se cuantos eran. ¿Luego que paso? Después llego mi esposo nos fuimos corriendo pasamos el alambre. ¿Estuvo cerca cuado comenzó el problema? No tan cerca. ¿posteriormente se va para el monte? Si para un potrero que estaba cerca. Es todo. De seguida se hace pasar al ciudadano PRUDENCIO ANTONIO ROMERO, titular de la cédula de identidad Nº 8.633.511, residenciado en caserío las cuñas, ubicado cerca del Municipio Arismendi, estado Barinas, a quien se le toma el juramento de ley y expone: En principio fue causa de una riña que se formo en ese lugar, se formo la discusión entre el muerto y José Sánchez, luego discutieron, el señor Sánchez lo agarro y lo zumbo al suelo, uno señores que estaban en unos caballos se bajan con unas peinillas en la mano y atacan al señor Sánchez, se formo la riña, y yo me dio por buscar otro sitio. Es todo. El Ministerio Publico pregunta: ¿con quien estaba usted en el sitio? Habían varias personas, yo llegue con mi esposa ese día. ¿Conoce al fiado? No. ¿Físicamente recuerda como era? No. ¿Cuándo usted dice que hubo una pelea, por que fue? Por que el muchacho estaba atravesado en la salida impidiendo el paso, y el señor Sánchez quería salir con la mama para su casa, y el no quería dejarlo salir. ¿Quiénes pelearon? No se eran varios, yo no soy de ese lugar, estaba de visita. ¿Específicamente donde se encontraba usted y donde fue la pelea? Dentro del solar de la casa. ¿Cuándo empieza la pelea donde estaba usted? Cerca. ¿Usted presencio toda la pelea? No cuando empezó yo me fui de allí. ¿que observo usted? La gente pero yo me fui como a 30 metros. Es todo. La defensa pregunta: ¿Cuándo pasa al cerca lo hace solo? Lo pase con mi esposa. Es todo. El juez pregunta: ¿usted vio quien le causa la muerte a Dermis Correa? Contesto: No. Es todo. De seguida el Ministerio Publico expone: Solicito se acuerde suspender el presente juicio, para una fecha posterior dentro del lapso establecido dentro del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto se requiere la evacuación de otros testigos, que no pudieron comparecer el día de hoy, todo conforme al 357 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud que se requiere el testimonio de esos testigos presénciales, así mismo se requiere una explicación por parte del experto Luisa Zerpa, en ese sentido solicito se acuerde la suspensión del juicio. Es todo. La defensa expone: No tengo objeción en cuanto a lo señalado por el Ministerio Publico, y por cuanto hay varios testigos los cuales son necesarios traerlos, yo me adhiero a lo solicitado por el Ministerio Publico, y que se fije una nueva fecha dentro del lapso. De seguida el juez expone: Visto el pedimento de las partes, muy especialmente la fundamentación de derecho por ambos hecha para solicitar la suspensión por incomparecencia de expertos y testigos de la presente audiencia, el tribunal acuerda Primero: La conducción de los ciudadanos citados como expertos, testigos, que hoy no comparecieron, con la colaboración de lo proponentes, para lo cual se ordena oficiar lo conducente al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, tal y como lo prevé el articulo 357 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Fija la continuación del juicio oral y publico para las 11:00 AM, del día 16-06-2006. Quedan notificadas las partes. Ofíciese lo conducente. Es todo. Termino se leyó y conforme firman.
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO.
DR. SERVIO TULIO HERNANDEZ U.