REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO,
VEINTIUNO (21) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL SEIS (2.006).-
194° y 147°
Vista la anterior solicitud de Autorización Judicial para cobro de Beneficios Sociales, formulada por la ciudadana ALEJANDRA ANGELINA BOHORQUEZ en su condición de madre del adolescente JOSE EFRAIN TORREALBA BOHORQUEZ, de dieciséis (16) años de edad, debidamente asistida por el Abogado JOSE GREGORIO ESCOBAR CALZADILLA, Defensor Público Tercero, exponiendo: “En fecha 08 de mayo del presente año, falleció Ab-Intestato en el Hospital Pablo Acosta Ortiz de esta ciudad, el ciudadano JOSE EFRAIN TORREALBA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.233.465, quien tenía su domicilio en la Urbanización Los Tamarindos, Av. Sánchez Olivo Nº 49, San Fernando, Estado Apure y el cual deje como herederos al niño JORGE EFRAIN TORREALBA BOHORQUEZ y a los ciudadanos, CARMEN ALICIA TORREALBA TORRES, FABIOLA KARINA TORREALBA TORRES, JEANKARINA DEL CARMEN TORREALBA BOHORQUEZ, cuya Solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, fue tramitada por ante el Tribunal del Niño y del Adolescente a la cual asigna con el Nº 575. El decujus JOSE EFRAIN TORREALBA, al momento de su fallecimiento se encontraba como Docente Jubilado para el Ejecutivo Regional del Estado Apure, según constancia de Trabajo expedida el 12-11-05, por el Ejecutivo Regional del Estado Apure, que en original anexo marcada “A”. En virtud de ello, acudo ante su competente autoridad, para solicitar como efecto lo hago, AUTORIZACION JUDICIAL, a los fines de tramitar, reclamar y cobrar los Beneficios Sociales dejados por el de cujus JOSE EFRAIN TORREALBA, ya identificado, a favor del niño JORGE EFRAIN TORREALBA BOHORQUEZ, así como reclamar todos los derechos y acciones que puedan corresponderle al niño.
Finalmente Juro la URGENCIA del caso y pido que la presente solicitud sea admitida y sustanciada conforme a Derecho y DECLARADA CON LUGAR EN LA DEFINITIVA.”.- Revisados y analizados como han sido los documentos acompañados, el Tribunal concluye que es beneficiosa al interés del adolescente JOSE EFRAIN TORREALBA BOHORQUEZ la autorización que se pretende.- Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE a la ciudadana ALEJANDRA ANGELINA BOHORQUEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° 8.152.140, para que en su condición de madre y representante legal del adolescente JOSE EFRAIN TORREALBA BOHORQUEZ, GESTIONE por ante todos los organismos competentes, el cobro de todos los Beneficios Sociales que puedan corresponder a la referido beneficiario por motivo del fallecimiento de su padre JOSE EFRAIN TORREALBA, quién fuera titular de la Cédula de Identidad N° 2.233.465.- Igualmente queda AUTORIZADA la mencionada ciudadana para retirar los cheques a nombre de este Tribunal en dichos organismos.- Advirtiéndosele que los beneficios deben ser cancelados en cheque de GERENCIA a nombre de este Tribunal y consignarlo para su debida administración por ser bienes de niños.- Y así se Decide.- Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 267 del Código Civil Vigente.- Expídase por Secretaría copia certificada de la presente Decisión y entréguese a la interesada.- Devuélvanse los documentos originales previa certificación de los mismos en autos.- Cúmplase.-
La Juez Prov.,
Dra. MARGARITA CASTILLO
El Secretario,
Abg. ERNESTO LUIS BOCANEY
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-
El Secretario,
Abg. ERNESTO LUIS BOCANEY
MC/homer.-
Exp. N° 591.-
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