REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN L.O.P.N.A


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DE ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO DE APURE, (28) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL SEIS (2006).-

196° Y 147°



Visto el pedimento y definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha 17-04-06, se ordena su ejecución.- En consecuencia el Tribunal acuerda expedir (02) copia fotostáticas certificadas de la sentencia a la parte solicitante de conformidad con lo establecido en los articulo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil; e igualmente se acuerda remitir copia certificada de la misma junto con oficios a las Autoridades Civiles competentes a fin de estampar la respectiva Nota Marginal en el acta de matrimonio de los ciudadanos LESLEE ROSANGELA PIÑA y LUIS ENRIQUE ROMERO BARCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° 15.683.726 y 15.100.768, de conformidad con lo establecido en los articulo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese lo conducente.

El Juez Prov.,

Dra. MARGARITA CASTILLO.-

El Secretario.,

Abg. ERNESTO BOCANEY.-

Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado en autos.-

El Secretario.,

Abg. ERNESTO BOCANEY.-


Exp. 12.191
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