REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San Fernando de Apure, 28 de Junio de 2006

195° y 147°

Visto el Desistimiento anterior, de fecha 20-06-06, suscrito por el abogado RAFAEL JOSÉ LAMAS LUGO, en su carácter de autos, mediante el cual manifiesta que desiste del procedimiento y de la acción; y por cuanto versa sobre derechos disponibles este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN, dándole el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena la devolución de los cheques consignados y del mismo modo, se ordena levantar la medida decretada en fecha 01-06-06, para lo cual se ordena oficiar al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca, a los fines de dar cumplimiento a la restitución legal respectiva. Líbrese oficio
Se declara concluido el presente juicio y se ordena el archivo del presente expediente.-
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, a los (28) días del mes de Junio del año 2006.
LA JUEZ,

Dra. ANAID HERNÁNDEZ ZAVALA
La Secretaria,

Abg. AURI TORRES L.
En esta misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión.
La Secretaria,

Abg. AURI TORRES L.



AHZ/carlos.
Exp. 14.786