De la revisión de la presente causa se observa que en fecha 29-06-2005, este Tribunal solicito Orden de Aprehensión para el penado ALDUVE RAMÓN VELAZQUEZ, y en virtud que hasta la presente fecha no se ha llevado a cabo dicha aprehensión, este Tribunal en consecuencia acuerda ratificar oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas de esta ciudad, a la Comandancia General de Policía y oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas del Estado Barinas. Ofíciese. Cúmplase.-
JUEZ SEGUNDO DE EJECUCION,

NORKA MIRABAL RANGEL
EL SECRETARIO,

ABG. YUNYS MANUEL MENDEZ

Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.

EL SECRETARIO,

ABG. YUNYS MANUEL MENDEZ



Causa N° 2E-366-04.-
NMR/YM/az.-