REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL


San Fernando de Apure, 13 de marzo de 2.006
195º y 146º

AUDIENCIA ESPECIAL PARA FIJAR LAPSO PRUDENCIAL

Causa N° 1C-6381-04

Juez DRA. WILMER ARANGUREN TOVAR

Procedencia FISCALIA 9º DEL MINISTERIO PÚBLICO.

Defensor DR. JACKSON CHOMPRE LAMUÑO. DEFENSOR PÚBLICO

Víctima MARTÍNEZ NINFA ELOISA

Secretario AB. JOSÉ LUIS SÁNCHEZ R.

Imputado(s): LÓPEZ ESAU ALEXIS


En el día de hoy trece (13) de marzo de 2006, siendo las 3:00 horas de la tarde, se constituyó este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, a los fines de celebrar la Audiencia Especial de conformidad a lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. Seguidamente la ciudadana Juez da inicio al acto, solicita del secretario verificar la presencia de las partes, quien manifiesta que se encuentran presentes el DR. JACKSON CHOMPRE LAMUÑO, Defensor Público y la representante de la Fiscalía Novena del Ministerio Público DRA. FANNY CABARCAS, el imputado de autos LÓPEZ ESAU ALEXIS, y la víctima. Acto seguido se le concedió la palabra al representante Fiscal quien expone: “Esta representación fiscal solicita al Tribunal un plazo prudencial de sesenta (60) días a los fines de emitir el acto conclusivo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, es todo”. Seguidamente se le concedió la palabra a la defensora quien expone: “La defensa no se opone a la solicitud fiscal es todo”. Oídas las partes este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, acuerda: Conceder un PLAZO PRUDENCIAL DE SESENTA (60) DÍAS, a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público a los fines de la Conclusión de la investigación en la presente causa, a través de un acto conclusivo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítanse las actuaciones a la supramencionada fiscalía. Quedan notificadas las partes presentes. Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL,

DRA. WILMER ARANGUREN TOVAR.

LA FISCAL AUXILIAR 9º DEL M.P.,

DRA. FANNY CABARCAS.
EL DEFENSOR PÚBLICO,

DRA. JACKSON CHOMPRE.

EL IMPUTADO DE AUTOS,

LÓPEZ ESAU ALEXIS

LA VÍCTIMA,

MARTÍNEZ NINFA ELOISA

EL SECRETARIO,

AB. JOSÉ LUIS SÁNCHEZ R.

EXP No. 1C6381-04
WAT/JLSR/jlsr.-