REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 31 de Marzo de 2006.
195º y 146º

CAUSA N° 1C-6449-04

Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal y vista la solicitud formulada por el ciudadano GUSTAVO CERVELIÓN CAPACHO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 15.472.014, quien es el Apoderado de el ciudadano FRANCISCO SANABRIA BARRIO titular de la cédula de identidad N° 11.149.543, y debidamente asistido por el abogado LUIS EDUARDO LIMA, este Tribunal para decidir observa:

Oficio N° 04-002-517-06, emanado de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, suscrito por el Fiscal Segundo del Ministerio Público ABG. JULIO CÉSAR CASTILLO, remitiendo la experticia realizada al vehículo MARCA: FORD, MODELO: FIESTA, COLOR BEIGE, TIPO SEDAN, AÑO 2002, PLACA ADZ46D, SERIAL DE CARROCERIA: 8YPBP01CX28-2A51714-, SERIAL DE MOTOR: 2A51714, la cual arrojo las siguientes conclusiones: que la chapa identificativa que contiene impreso el serial de carrocería 8YPBP01CX28-2A51714- es AUTENTICA, que el serial del motor 2A51714 es AUTENTICA, que en este caso se utilizo para estas operaciones técnicas soporte de diseño de sistema de impresión, tonalidades, marca de agua, respuesta fluorescente y como instrumento se utilizaron lupas manuales de diferentes dioptrías, microscopio binoculares y el video espectro comparador (VSC-2000HR) de cuyas evaluaciones de orden técnico surge al respecto lo siguiente:
El registro de vehículo N° 1256857-1, soporte N° AE020477 y el Certificado de Registro de Vehículo, N° 8YPBP01CX28A57714-1-1, soporte N° 3722150, ambos a nombre de SANABRIA BARRIO FRANCISCO JAVIER, titular de la cédula de identidad N° 11.149.543, descrito en la parte dispositiva del presente dictamen, constituyen documentos AUTÉNTICOS en cuanto a su soporte y dispositivos de seguridad se refiere.

En fecha 24 de marzo de 2006, el ciudadano GUSTAVO CERVELIÓN CAPACHO consigno por ante este Tribunal escrito contentivo de solicitud de entrega plena del vehículo, el cual presenta las siguientes características: MARCA: FORD, MODELO: FIESTA, COLOR BEIGE, TIPO SEDAN, AÑO 2002, PLACA ADZ46D, SERIAL DE CARROCERIA: 8YPBP01CX28-2A51714-, SERIAL DE MOTOR: 2A51714, del cual es apoderado según documento debidamente notariado de fecha 17-10-05.

En el caso que nos ocupa, el Fiscal del Ministerio Público, y como titular de la acción no ha pronunciado el acto conclusivo correspondiente, por encontrarse la investigación en fase preparatoria, aunado a ello conforme a lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, en principio es el Ministerio Fiscal a quien le corresponde la devolución de los objetos recuperados en la investigación y en caso de retrazo injustificado le corresponde al Tribunal de Control, declarar CON LUGAR, el pedimento de la entrega Plena del vehículo hecho por el solicitante. Así se decide.


DECISIÓN

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando de Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley de conformidad con las previsiones establecidas en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, resuelve:

PRIMERO: declara CON LUGAR la ENTREGA PLENA del vehículo al ciudadano: GUSTAVO CERVELIÓN CAPACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 15.472.014, es su carácter de apoderado del ciudadano SANABRIA BARRIO FRANCISCO JAVIER, titular de la cédula de identidad N° 11.149.543, propietario del vehículo de las siguientes características: MARCA: FORD, MODELO: FIESTA, COLOR BEIGE, TIPO SEDAN, AÑO 2002, PLACA ADZ46D, SERIAL DE CARROCERIA: 8YPBP01CX28-2A51714-, SERIAL DE MOTOR: 2A51714.
SEGUNDO: Ofíciese al Gerente y Propietario del Estacionamiento el Múltiple, a los fines de hacer entrega del vehículo con las siguientes características MARCA: FORD, MODELO: FIESTA, COLOR BEIGE, TIPO SEDAN, AÑO 2002, PLACA ADZ46D, SERIAL DE CARROCERIA: 8YPBP01CX28-2A51714-, SERIAL DE MOTOR: 2A51714, al ciudadano GUSTAVO CERVELIÓN CAPACHO titular de la cédula de identidad N°: 15.472.014, apoderado del ciudadano SANABRIA BARRIO FRANCISCO JAVIER, titular de la cédula de identidad N° 11.149.543. Es todo. Ofíciese lo conducente. Líbrese boletas a la fiscalía respectiva. Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL,


WILMER ARANGUREN TOVAR
LA SECRETARIA,


AB. MARIA GABRIELA FERRER.

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado

LA SECRETARIA,


AB. MARIA GABRIELA FERRER





Causa Nro. 1C-6449-04.
WAT/MGF/yr.-