REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD



San Fernando de Apure, 28 de marzo de 2006.
195° y 146°.


CAUSA N° 1E-445-99



Por cuanto de la revisión de la presente causa se advierte que: PRIMERO: No se tiene constancia suficiente y bastante respecto del Cumplimiento de las presentaciones impuestas al penado ciudadano: Jhonny Baudilio Rodríguez, titular de la cédula de identidad N°: 13.682.933, por ante la prefectura del Municipio Juan German Rocio, Calabozo, Edo. Guarico, con motivo del confinamiento que le fue conferido; SEGUNDO: No se ha logrado la detención del penado Juan Argenis Sumoza Cabrera, titular de la cédula de identidad N°: 10.674.442, a fin de verificar las razones por las cuales no cumplió con las presentaciones que le fueron impuestas por confinamiento para realizar ante la prefectura del Municipio Juan German Rocio, Calabozo Estado Guarico; y TERCERO: No se conocen las razones ni las condiciones en que fue concedida la Libertad Plena por el Tribunal Quinto de Ejecución de Penas del Estado Zulia en fecha 12-11-04 al penado Larry Basilio González, titular de la cédula de identidad N°: 5.057.230; se acuerda: PRIMERO: Oficiar a la prefectura del Municipio Juan German Rocio de Calabozo Estado Guarico; invocando sus buenos oficios en el sentido de que informe a este Tribunal a la brevedad que el caso amerita, respecto del efectivo cumplimiento de las presentaciones impuestas por el beneficio que le fue otorgado a Jhonny Baudilio Rodríguez y debía cumplir ante tal oficina; SEGUNDO: Ratificar oficio N° 1E-1342-05 de fecha 25-10-05 dirigido al prefecto del Municipio Rocio, Calabozo del Estado Guarico; a fin de que logre la citación del penado ciudadano: Juan Argenis Sumoza Cabrera, titular de la cédula de identidad N°: 10.674.442, quien deberá comparecer a este despacho a informar las causas de su incumplimiento; y TERCERO: Oficiar al Tribunal Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, con solicitud expresa de que informe a este Tribunal las circunstancias en que fué concedida la Libertad Plena al penado ciudadano: Larry Basilio González, titular de la cédula de identidad N°: 5.057.230; solicitud que deberá hacerse en virtud de información aportada por la Dirección de la Carcel de Maracaibo Estado Zulia, mediante oficio N°: 006339 de fecha 11-11-05. Cúmplase.
El Juez Primero de Ejecución


Dr. David Oswaldo Bocaney.


La secretaria,


Ab. Taibeth Castellano.
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
La Secretaria,


Ab. Taibeth Castellano.















Causa N°: 1E-445-99
DOB/TC/fc.-