REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure

ACTA DE EJECUCIÓN
COMISIÓN N° 6- 1783.-

En el día de hoy, seis de marzo del año dos mil seis, siendo las 10:00 a.m., conforme a lo acordado en el auto anterior, se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en un local comercial denominado “Charcutería Karina”, ubicado en la Avenida Chimborazo, de esta ciudad de San Fernando, Estado Apure, lugar señalado por la Apoderada judicial de la parte actora, con la finalidad de dar cumplimiento a la Comisión conferida por el Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, librada en el juicio de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN, seguido por el ciudadano ARMANDO JOSÉ MORENO, procediendo en este acto en su condición de Administrador de la Sociedad Mercantil “REFRIGERACIÓN COMERCIAL ARJOMO, C.A”, contra el ciudadano HANI AMER AMER, para ejecutar la Medida de Embargo Provisional decretada por el comitente. Se notifica de la misión del Tribunal previa lectura del Despacho de Comisión al ciudadano HANI NIZAR AMER AMER, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17.394.369, en su condición de parte demandada. Se encuentra una comisión policial, integrada por dos (02) funcionarios. Presente en este acto la Abogada en ejercicio CARMEN ISLEYER MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.157.316, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 20.732, en su condición de Apoderada Judicial de la parte actora. El notificado – demandado solicita el derecho de palabra y concedidole como le fue, expuso: En este acto ofrezco cancelarle a la Apoderada Judicial de la parte actora la cantidad de DOS MILLONES NOVECIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.900.000), para dar por cancelada la deuda por la cual se me demanda, se suspenda la ejecución de la presente Medida y se dé por concluido el juicio, es todo. La Apoderada Judicial de la parte actora, solicita el derecho de palabra y concedidole como le fue, expuso: Acepto el ofrecimiento hecho por la parte demandada y recibo en este acto la cantidad señalada, dando por cancelado la deuda en su totalidad y por terminado el presente juicio, igualmente solicito al Tribunal remita las actuaciones al Tribunal de la causa a los fines de su archivo, es todo. El Tribunal vista las exposiciones anteriores, ordena remitir el presente Despacho de Comisión con todas sus actuaciones al Tribunal de la causa y no teniendo ninguna otra diligencia que hacer, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural, siendo las 10:50 a.m. Terminó, se leyó y conformes firman.- La Juez Prov. Dra. Ligia Puerta Valdez. La Apoderada Judicial, Dra. Carmen Isleyer Mendoza. El notificado-demandado, Hani Nizar Amer Amer. Los funcionarios policiales, C/1ero Sandro Padilla. C.I.12.901.628, C/2do Julio Morales. C.I.9.593.005. El Alguacil Temp.; Francisco Orozco, La Secretaria: Dra. María Milagro Aranguren;

Com. N° 6-1783.-
Af.-