REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
De la Circunscripción Judicial del Estado Apure

ACTA DE EJECUCIÓN
COMISIÓN N° 6- 1785.-

En el día de hoy, ocho de marzo del año dos mil seis, siendo las 9:45 a.m., conforme a lo acordado en el auto anterior, se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en un lote de terreno ubicado en la calle Zarabia con calle Chimborazo, vereda Madre Vieja, de esta ciudad de San Fernando, Estado Apure, con la finalidad de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, librada en el Juicio de INTERDICTO RESTITUTORIO, seguido por la ciudadana CLARIBEL MOTA MARTÍNEZ, contra la ciudadana YURMA CORTEZ, para ejecutar la Restitución de la Posesión al Depositario Judicial designado, decretada por el comitente. En este estado se notifica de la misión del Tribunal previa lectura del Despacho de Comisión a una ciudadana quién dijo llamarse YURMA CORTEZ, quién se negó a exhibir el documento de identificación, en condición de ocupante del rancho de zinc que se encuentra construido dentro del lote de terreno objeto de la presente Medida y parte demandada. Se encuentra una comisión policial, integrada por tres (03) funcionarios. Presente la ciudadana YAMILET JARA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.876.504, en su condición de Consejera del Consejo Municipal de Derecho del Niño, Niña y Adolescente del Municipio San Fernando del Estado Apure, El Tribunal deja constancia que no se encuentra presente ningún funcionario de la Defensoría del Pueblo de esta Circunscripción judicial ní de la Guardia Nacional de Venezuela del Comando Regional N° 6, no obstante de haber sido requerida su presencia en fecha 27-01-2006, según oficios Nros 06-71 y 06-70, respectivamente. En este estado el Tribunal deja expresa constancia que hace acto de presencia una comisión de la Guardia Nacional de Venezuela del Comando Regional N° 6, integrada por ocho (08) funcionarios. Presente el ciudadano FRANKLIN NOEL APONTE, venezolano. Mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 19.405.791, en su condición de Depositario Judicial designado, asistido por el Abogado en ejercicio LUIS ARTURO HIDALGO RONDON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.691.953, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.343, quien solicita el derecho de palabra y concedidole como le fue, expuso: Estando presente el Tribunal, constituido en el lote de Terreno identificado en autos, solicito a este Tribunal Ejecutor proceda a la ejecución de Restituir la posesión del inmueble constituido por un lote de terreno con una superficie de ciento cincuenta y cinco metros cuadrados con noventa y dos centímetros (155, 92 Mts), ubicado en la calle Zarabia con calle Chimborazo, vereda Madre Vieja de la ciudad de San Fernando, Estado Apure y alinderado de la siguiente manera: Norte: Terreno de María Solórzano con 9,90 mts.; Sur: Terreno de Martha Quiroz con 13,35 mts.; Este: Terreno de Xiomara Gutiérrez con 13,70 mts.; Oeste: Casa de la familia Benítez con 13,70 mts., a mi persona, es todo. Seguidamente el Tribunal por cuanto el rancho de zinc que se encuentra dentro del terreno objeto de presente Medida está ocupado por la ciudadana YURMA CORTEZ, la insta a que voluntariamente desocupe el mismo tanto de bienes muebles como de personas. Solicita el derecho de palabra la ciudadana YURMA CORTEZ y concedidole como le fue, expuso: Me niego a salirme del rancho y a sacar mis pertenencias. El Tribunal vista la manifestación de la ciudadana YURMA CORTEZ, de conformidad con el artículo 21 del Código de Procedimiento Civil venezolano, hace uso de la fuerza pública para llevar a cabo la ejecución de la presente Medida. Siendo las 12: 10 m. la ciudadana YURMA CORTEZ manifiesta que va a desocupar voluntariamente el rancho de zinc que se encuentra dentro del lote de terreno objeto de la presente Medida, tanto de bienes muebles como de personas. El Tribunal vista la solicitud anterior hecha por el Depositario Judicial asistido de Abogado y la manifestación hecha por la ciudadana YURMA CORTEZ, ocupante del rancho de zinc, procede a hacer efectiva la restitución de la posesión del terreno antes descrito y del rancho de zinc antes mencionado, a favor del ciudadano FRANKLIN NOEL APONTE, antes identificado, en su condición de Depositario Judicial designado, quién se encuentra presente en este acto, El Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pone en posesión el lote de terreno antes descrito, objeto de Restitución al ciudadano FRANKLIN NOEL APONTE, antes identificado, quién expone: Recibo conforme el lote de terreno que en este acto me entrega y me pone en posesión éste Tribunal Ejecutor. Así mismo el Tribunal deja expresa constancia que no se utilizó la fuerza pública y concluida la misión del mismo, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural, siendo la 1:00 p.m.- Terminó, se leyó y conformes firman.- La Juez Prov. Dra. Ligia Puerta Valdez. El Depositario Judicial y su Abogado Asistente, Franklin Noel Aponte. Dr. Luis A. Hidalgo. La notificada, Yurma Cortez. La Consej. Mun. de Der. Del N.N. y A., Yamilet Jara. Los funcionarios G/N., Sarg. Gallardo Santos A. C.I= 8.155.221. C/2 Victor Díaz C.I= 13.937.466 Dist. Rivas Francisco. C.I= 14.899.184, G/N Oropeza Granado. C.I= 17.002.890. G/N Ramirez Cardenas. C.I= 16.125.343. G/N Castillo Rodríguez. C.I= 16.272.079. G/N Blanca Argenis. C.I= 15.499.564, Dist. Belisario Richard. C.I= 12.608.967. Los funcionarios policiales, Sandro Padilla. C.I.12.901.628. El Alguacil Temp.; Francisco Orozco, La Secretaria: Dra. María Milagro Aranguren;

Com. N° 6-1785.-
Af.-