REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
En horas de audiencia del día de hoy primero (01) de Marzo del año dos mil seis (2006), presente en este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la Ciudad de San Fernando de Apure, la Abogado YULI TERESA BALI ARVELO, Juez Temporal de este despacho, seguidamente expone: “Revisada como ha sido la presente causa, observo que una de las personas que funge como acusado en la misma, es el ciudadano FRANCISCO ESTRADA MORALES, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 9.591.552 a quien me une manifiesta amistad, en virtud que desde hace muchos años nos conocemos, por cuanto el mismo cursó estudios de bachillerato con mi persona, siendo estrecho el lazo de amistad en la referida época, manteniendo hoy día una relación de afecto que ha persistido en el tiempo, razón por la cual pudiera verse afectada mi imparcialidad al momento de tomar una decisión en el juicio oral y público a que tuviere lugar. A tal efecto me considero incursa en la causal de Inhibición contemplada en el articulo 86 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal, y en legal cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 87 ejusdem. Por lo ante expuesto, es que ME INHIBO del conocimiento de la presente causa signada con el N° 2M-270-05, nomenclatura del Tribunal Segundo de Juicio y del actual proceso con fundamento en las razones expuestas anteriormente. Se acuerda la remisión del expediente para su conocimiento al Tribunal Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Apure. Remítase copias de la presente acta a la Corte de Apelaciones. Notifíquese. Cúmplase.
LA JUEZ SEGUNDO DE JUICIO,
ABG. YULI TERESA BALI ARVELO
LA SECRETARIA,
ABG. JOSELIN RATTIA COLINA.
YTBA/JRC/félix.-
Causa N° 2M-270-05