REPUBLICA BOLIVARIANA VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO EN FUNCIÓN DE CONTROL

San Fernando de Apure, 10 de mayo de 2006

195º y 146º

AUDIENCIA PRELIMINAR


CAUSA N° 1C-7513-06

JUEZ DRA. WILMER ARANGUREN TOVAR

PROCEDENCIA
FISCALIA UNDECIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO

DEFENSA. DR. MARCOS CASTILLO Y DR. OCTAVIO BERMUDEZ


VICTIMA EL ESTADO VENEZOLANO


SECRETARIO AB. JOSÉ LUIS SÁNCHEZ R.


IMPUTADO JAVIER ANSELMO RODRÍGUEZ, ENRIQUE JOSÉ MORENO, JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, JOSÉ RAFAEL MORENO, MIGUEL ANGEL MARTÍNEZ, ENRIQUE JEOVANNY NORATO Y ISRAEL ANTONIO HERRERA.




En el día de hoy diez (10) de mayo de 2006, siendo las 11:30 horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa. Se constituye este Tribunal Primero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure. Seguidamente la ciudadana Juez solicita del secretario verificar la presencia de las partes, quien manifiesta que se encuentran presentes, la Ciudadana Fiscal Undécimo del Ministerio Público DRA. THAIS VILORIA, los defensores privados DR. MARCOS CASTILLO Y DR. OCTAVIO BERMUDEZ, los imputados JAVIER ANSELMO RODRÍGUEZ, ENRIQUE JOSÉ MORENO, JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, JOSÉ RAFAEL MORENO, MIGUEL ANGEL MARTÍNEZ, ENRIQUE JEOVANNY NORATO, Y ISRAEL ANTONIO HERRERA. Acto seguido se inicia la presente audiencia preliminar y la Ciudadana Juez informa que la presente audiencia no tiene carácter contradictorio por lo tanto no se plantearan cuestiones propias del juicio oral y público. Acto seguido se le concedió la palabra a la Fiscal del Ministerio Público quien seguidamente expone: “Comparece esta representación fiscal a los fines de ratificar la acusación fiscal en contra de los imputados de autos ISRAEL ANTONIO HERRERA, ENRIQUE GEOVANNY NORATO Y MIGUEL ANGEL MARTÍNEZ, así como la solicitud de sobreseimiento de la causa a los Ciudadanos JAVIER ANSELMO VERA RODRÍGUEZ, ENRIQUE JOSÉ MORENO, JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Y JOSÉ RAFAEL MORENO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud que los hechos investigados no pueden atribuirsele a los referidos ciudadanos. Ahora bien, visto que no quedo suficientemente acreditado la responsabilidad del Ciudadano MIGUEL ANGEL MARTÍNEZ, en relación al delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, por cuanto no consta de manera fehaciente, que fue la persona a quien se le retuvo las armas de fuego tipo escopeta, y de la investigación sólo se desprende que existe una declaración del Ciudadano MENDEZ ANIBAL JOSÉ, quien en efecto manifestó que para el momento de ocurrir la aprehensión de los imputados ISRAEL ANTONIO HERRERA, ENRIQUE YOVANNY NORATO Y MIGUEL ANGEL MARTÍNEZ, se les retuvo dos armas de fuego, tipo escopeta, sin especificar a quien de los tres imputados la tenía en su poder, por todo lo antes expuesto y en virtud de que el Ministerio Público es parte de buena fe, solicito el sobreseimiento por el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 numeral 1º segundo supuesto del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia ACUSO FORMALMENTE, a los ciudadanos ISRAEL ANTONIO HERRERA, ENRIQUE GEOVANNY NORATO Y MIGUEL ANGEL MARTÍNEZ, por la comisión del delito de CAZA DE EJEMPLARES DE LA FAUNA SILVESTRE, previsto y sancionado en el artículo 59 de la Ley Penal del Ambiente, solicitando se admita la presente acusación así como las pruebas fiscales señaladas en el escrito acusatorio las cuales son las siguientes (señaló oralmente las pruebas fiscales), por ser legales, pertinentes y necesarias para el juicio oral y público, y en consecuencia la apertura del juicio oral y público correspondiente, es todo”. Acto seguido la Ciudadana Juez informa a los imputados sobre el contenido del precepto constitucional que los exime de rendir declaración en causa propia, manifestando los imputados ISRAEL ANTONIO HERRERA, ENRIQUE JEOVANNY NORATO Y MIGUEL ANGEL MARTÍNEZ, querer declarar por lo tanto estando todos sin juramento alguno, libre de todo apremio, prisión o coacción seguidamente expone el imputado MIGUEL ANGEL MARTÌNEZ: “Admito los hechos que me imputa el Ministerio Público”. Acto seguido el imputado NORATO ENRIQUE GIOVANNY, estando sin juramento alguno, libre de todo apremio, prisión o coacción seguidamente expone: “Admito los hechos que me imputa el Ministerio Público”. El imputado ISRAEL ANTONIO HERRERA, estando sin juramento alguno, libre de todo apremio, prisión o coacción seguidamente expone: “Admito los hechos que me imputa el Ministerio Público”. Se le concedió la palabra al DR. OCTAVIO BERMUDEZ, quien expone: “No tengo nada que oponerme en relación a la solicitud de sobreseimiento de mis defendidos, es todo.” Se le concede la palabra al DR. MARCOS CASTILLO, quien expone: “Me adhiero al pedimento del Ministerio Público, y en vista de la manifestación espontánea de mis defendidos en la cual admiten los hechos pido al Tribunal la imposición de la pena correspondiente y se les mantenga la medida cautelar, es todo”. Acto seguido la Ciudadana Juez dicta la sentencia en los siguientes términos: DISPOSITIVA: Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 330 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por el representante del Ministerio Público, así como las pruebas aportadas en dicho escrito acusatorio, por ser legales, pertinentes y necesarias para el Juicio Oral y Público. SEGUNDO: CONDENA a los ciudadanos ISRAEL ANTONIO HERRERA, titular de la Cédula de Identidad No. 13.805.647; ENRIQUE JEOVANNY NORATO, titular de la Cédula de Identidad No. 16.328.997; y MIGUEL ANGEL MARTÍNEZ, titular de la Cédula de Identidad No. 13.569.744 a cumplir la pena de UN (01) MES Y QUINCE (15) DÍAS DE PRISIÓN, por el delito de CAZA DE EJEMPLARES DE LA FAUNA SILVESTRE, previsto y sancionado en el artículo 59 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio de la Nación, en el establecimiento penal que a tal efecto designe el Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad. TERCERO: Se mantiene la libertad de los imputados de autos, hasta tanto el Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad que corresponda dicte la decisión que a tal efecto considere pertinente. CUARTO: SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al imputado MIGUEL ANGEL MARTÍNEZ, plenamente identificado por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 numeral 1º segundo supuesto del Código Orgánico Procesal Penal. QUINTO: SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los Ciudadanos JAVIER ANSELMO RODRÍGUEZ, C.I. No. 9.594.443, ENRIQUE JOSÉ MORENO, C.I. No. 8.151.071, y JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, C.I. No. 6.937.026, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 numeral 1º segundo supuesto ejusdem, por cuanto los hechos investigados no pueden ser atribuidos a los mismos, no pudiendo atribuírsele responsabilidad penal alguna. SEXTO: Definitivamente firme como quede la presente decisión remítase la causa al Tribunal de Ejecución que corresponda por distribución. Quedan notificadas las partes presentes. El Tribunal se reserva el lapso contenido en el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal a los fines de la publicación y redacción definitiva del presente fallo para el ejercicio de los recursos correspondientes. Terminó, se leyó y estando conformes firman.-
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL,

DRA. WILMER ARANGUREN TOVAR.



LA FISCAL UNDÉCIMO DEL M.P.,

DRA. THAIS VILORIA


LOS DEFENSORES PRIVADOS,

DR. MARCOS CASTILLO

DR. OCTAVIO BERMUDEZ

LOS IMPUTADOS PRESENTES,


JAVIER ANSELMO RODRÍGUEZ ENRIQUE JOSÉ MORENO


JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ R. JOSÉ RAFAEL MORENO


MIGUAL ANGEL MARTÍNEZ ENRIQUE JEOVANNY NORATO


ISRAEL ANTONIO HERRERA

EL SECRETARIO,

AB. JOSÉ LUIS SÁNCHEZ R.

EXP No. 1C7513-06
NMR/JLSR/jlsr.-