REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 17 de MAYO de 2006.

DIFERIMIENTO DE AUDIENCIA PRELIMINAR

CAUSA N° 1C-6428-04
JUEZ: WILMER ARANGUREN
FISCAL: FISCALIA OCTAVA DEL MINISTERIO PUBLICO
DEFENSA: DR. JACKSON CHOMPRE
SECRETARIA: ABOG. MARIA GABRIELA FERRER
DELITO: CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES
VICTIMA: PEREZ GENGRY CAROLINA
IMPUTADO: SOLORZANO JEAN CARLOS

En el día de hoy, DIECISITE (17) de MAYO de 2006, siendo las 11:00 horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar de acuerdo al artículo 327 del Código Orgánico Procesal Penal. Se constituye este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure; Seguidamente la Ciudadana Juez solicita de la Ciudadana secretaria verificar la presencia de las partes quien expuso: Se observa la presencia del Fiscal Cuarto del Ministerio Publico y la defensa, mas no así la victima y el imputado. Solicita el derecho de palabra el Representante Fiscal quien expone: “ en virtud de los innumerables diferimientos del cual ha sido objeto la presente causa, es por lo que solicito sea acordada ORDEN DE APREHENSION en contra del imputado SOLORZANO JEAN CARLOS, a los fines de que se celebra la audiencia preliminar correspondiente. Es todo”. Expone la defensa: “no tengo objeción alguna en cuanto a la petición fiscal. Es todo” Seguidamente la Ciudadana juez expone: Oída como ha sido la solicitud fiscal, a la cual la defensa no hizo oposición alguna, este Tribunal Primero de Control ACUERDA librar ORDEN DE APREHENSION EN CONTRA DEL IMPUTADO SOLORZANO JEAN CARLOS, a los fines de garantizar su presencia en la celebración de la audiencia preliminar, para lo cual se acuerda del mismo modo oficiar a los Órganos de seguridad del Estrado a los fines de que realicen lo conducente a la misma. Quedan Notificados los presentes. Ofíciese lo conducente. Es todo término, se leyó y conformes firman.
JUEZ PRIMERO DE CONTROL

WILMER ARANGUREN TOVAR


EL FISCAL


DR. TOMAS ARMAS


LA DEFENSA


DR. JACKSON CHOMPRE



LA SECRETARIA


ABOG. MARIA GABRIELA FERRER



CAUSA N° 1C-6428-04