REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
San Fernando de Apure 09 de Mayo de 2006
195º y 146º
SOBRESEIMIENTO
CAUSA: 1C-7320-05
IMPUTADO: POR IDENTIFICAR
VICTIMA: LA COLECTIVIAD
DELITO: CONTRA EL ORDEN PÚBLICO
PROCEDENCIA: FISCALIA NOVENA DEL MINISTERIO PÚBLICO
Vista la presente causa se observa que la misma se inicia mediante Acta Policial de fecha 16 de Diciembre de 2004, suscritas por los Funcionarios RICHARD RAFAEL MEJIAS, adscrito a la División de Investigaciones Penales, sector 7, ubicado en el Barrio el Guasito, de esta ciudad quienes dejan Constancia que en esta misma fecha, recibieron una llamada de Control de Radio de Comandancia General de la Policía, donde le informaron que en el Hotel Xisela había un problema, se trasladaron hasta en compañía del funcionario ANGEL PEROZA, una vez estando en el lugar de los hechos, se entrevistaron con el recepcionista del Hotel TORRES JOVANNY, el cual manifestó que un Hombre portaba un Arma de Fuego tipo Pistola y estaba apuntado a otro ciudadano con el Arma metiéndose en la Habitación N° 8, por lo procedieron al acceso a la Habitación.
Posteriormente en fecha 22 de Diciembre de 2004, la Fiscalia Séptimo del Ministerio Público emite Auto de inicio de Investigación por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA EL ORDEN PÚBLICO, procediendo entonces a realizar las entrevistas correspondientes a los fines de extraer datos valiosos para la investigación
Seguidamente en fecha 04 de Noviembre de 2005, este Tribunal Primero de Control recibe Solicitud de Sobreseimiento presentada por la Fiscalia Novena del Ministerio Publico, basando los argumentos de su solicitud en los supuestos establecidos en el Artículo 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.
Estudiados los supuestos procesales para que proceda el Sobreseimiento solicitado por la Fiscalia Novena del Ministerio Publico; verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado; y dando cumplimiento a lo establecido en los Artículos 318 Numeral 4º Y 323 del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal observa: por cuanto de la revisión de las actas se evidencia que efectivamente han transcurrido: UN (01) AÑO, CUATRO (04) MESES, (17) DIAS, de la presunta comisión del delito investigado, es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N°1C-7320-05, seguida en contra del ciudadano: POR IDENTIFICAR, por la presunta comisión de uno de los Delitos CONTRA EL ORDEN PUBLICO, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
LA JUEZ
DRA. WILMER ARANGUREN TOVAR
EL SECRETARIO
ABG. ANGEL RAMON CAMPO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO
ABG. ANGEL RAMON CAMPO
Causa N°1C-7320-05
WA/AC