REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN GUASDUALITO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
EXTENSIÓN GUASDUALITO

SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN

Guasdualito, 03 de Mayo de 2006
195º y 147º

JUEZ: Edgar J. Véliz F.
JOVEN SANCIONADO: (Se omite identificación. Artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)
FISCAL TERCERO DEL MINISTERIO PÚBLICO: Abg. Carlos Febres B.
DELITO: Abuso Sexual a Niños
VICTIMA: (Se omite identificación. Artículos 545 y 65 Parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente ).
DEFENSOR PÚBLICO PENAL DE ADOLESCENTES: Abg. José Salcedo.
SECRETARIA: Abg. Ivonne M. Nieto J.


ACTA DE AUDIENCIA DE VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO
Y REVISIÓN DE MEDIDA CAUSA Nº1E15-05


En el día de hoy, tres (03) de Mayo del año 2.006, siendo las 11:35 de la mañana, previo periodo prudencial de espera, oportunidad señalada para llevar a cabo audiencia de VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO Y REVISIÓN DE MEDIDA, de conformidad con lo previsto en el artículo 647, literal “e” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente en la Causa Nº 1E15-05, instruida contra el ciudadano sancionado (Se omite identificación. Artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), por el delito de Abuso Sexual a Niños, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio de la ciudadana adolescente (Se omite identificación. Artículos 545 y 65 Parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente ). Seguidamente el ciudadano Juez Abg. Edgar J. Véliz F., le solicita a la secretaria verificar la presencia de las partes, constatándose que se encuentra presente el ciudadano Defensor Público, Abg. José Antonio Salcedo, ausente la representación del Ministerio Público, Abg. Carlos Febrés Bastardo, y presente el adolescente sancionado (Se omite identificación. Artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente). Este Tribunal vista la ausencia de una de las partes, ACUERDA: Diferir la celebración de la audiencia de VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO Y REVISIÓN DE MEDIDA, instruida contra el ciudadano sancionado (Se omite identificación. Artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), para el día Miércoles 17 de Mayo del año 2006, a las 10:30 de la mañana, fecha esta en vista de la solicitud expresa del Defensor, por cuanto el joven sancionado reside en la población del Nula, haciéndosele difícil su traslado a Guasdualito por no contar con los medios económicos suficientes. Todo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Queda debidamente notificado el Defensor Público de Adolescentes, Abg. José Antonio Salcedo y el adolescente (Se omite identificación. Artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente). Líbrese boleta de notificación a la parte ausente. Siendo las 11:45 horas de la mañana, se da por concluida la presente audiencia. Cúmplase. Terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez,
ABG. EDGAR J. VÉLIZ F.

Fiscal Tercero del Ministerio Público, (AUSENTE)
Abg. Carlos Febres Bastardo

Defensor Público Penal de Adolescente,
Abg. José Antonio Salcedo.

Adolescente Sancionado,
(Se omite identificación. Artículos 545 y 65 Parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente )

El Alguacil de Sala

La Secretaria,
Abg. Ivonne M. Nieto J.

Causa Nro: 1E15-05
EJVF/IMN/.-