REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
ACTA DE EJECUCIÓN
COMISIÓN N° 06-1813.-
En día de hoy, diecisiete de mayo del año dos mil seis, siendo las 9:30 a.m., conforme a lo acordado en el auto anterior, se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en el inmueble ubicado en la Avenida Casa de Zinc, de esta ciudad de San Fernando, Estado Apure, con la finalidad de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, librada en el Juicio de PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD HEREDITARIA, seguido por las ciudadanas MARIA FERNANDA ARRIAGA OCHOA y CARMEN BEATRIS OCHOA, en representación de la Menor MARIA FERNANDA ARRIAGA OCHOA, contra la SUCESION ARRIAGA RETALLI en las personas de CARMEN HORTENCIA ARRIAGA RETALLI, FELIX RAFAEL ARRIAGA RETALLI y JOSE DEONISIO ARRIAGA RETALLI, para la ejecutar la Medida de Secuestro decretada por el comitente. Se notifica de la misión del Tribunal previa lectura del Despacho de comisión al ciudadano WILIAN HSEIN SAED ELDIN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 14.342.863, en su condición de arrendatario. Se encuentra una comisión policial, integrada por dos (02) funcionarios. El Tribunal deja constancia que no se encuentra presente ningún funcionario del Comando Regional N° 6 de la Guardia Nacional de Venezuela del Estado Apure, ni de la Defensoría del Pueblo de esta Circunscripción Judicial ni de la Oficina de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio San Fernando, Estado Apure, no obstante de haber sido requerida su presencia mediante oficios Nros 06-287, 06-288 y 06-289, respectivamente, de fecha 11-05-2006. Presente la ciudadana CARMEN BEATRIZ OCHOA NARANJO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 8.192.743, en su condición de parte actora, asistida por el Abogado en ejercicio RUBEN MARTIN ALIZA MACIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 4.668.018, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.241, quien solicita el derecho de palabra y concedídole como le fue, expuso: Habiéndose constituido el Juzgado Ejecutor de Medidas de los municipios San Fernando y Biruaca, en el Inmueble que señala el auto decretado por el Juzgado Primero de Primera Instancia y Mercantil de esta Circunscripción Judicial, por virtud de la cual éste decreta Medida de Secuestro de fecha 23-03-2006, sobre un inmueble signado con el N° 3, señalado en dicho auto, cuyos linderos y medidas son: NORTE: Avenida Casa de Zinc; SUR: Juana Perez; ESTE: Casa de Isabel Velásquez; OESTE: Casa de Americo Marco Antonio, de esta ciudad de San Fernando, Estado Apure; en consecuencia muy respetuosamente solicitó de éste Juzgado Ejecutor se sirva dar cumplimiento a la ejecución de Medida de Secuestro, ordenada por el Juzgado comitente sobre el inmueble anteriormente descrito. Así mismo solicito se sirva designar como Depositario Judicial al ciudadano WILIAN HSEIN SAED ELDIN, antes identificado, es todo. El Tribunal vista la solicitud anterior hecha por la parte actora, asistida de Abogado y el Despacho de Comisión conferido. Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Formalmente Secuestrado el bien inmueble antes descrito y declara la Desposesión Jurídica del mismo, así procede a designar como Depositario Judicial al ciudadano WILIAN HSEIN SAED ELDIN, antes identificado, quien estando presente acepta el cargo y jura cumplir bien y fielmente con los deberes y derechos inherentes al cargo. El Tribunal le hace entrega del bien Secuestrado a el Depositario Judicial designado quien manifiesta recibirlo conforme y que lo mantendrá a la orden del Tribunal de la Causa. Se deja constancia que en el inmueble no se encontraban niños ni Adolescentes. Concluida la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural, siendo las 10:15 a.m.- Terminó, se leyó y conformes firman.- La Juez Prov. Dra. Ligia Puerta Valdez. La parte actora y su Abogado asistente, Carmen Beatriz Ochoa. Dr. Ruben M. Aliza. El notificado - Depositario Judicial, Wilian Hsein Saed Eldin. Los func, Policiales, C/1ero Sandro Padilla. C.I.12.901.628, S/2do Moisés Lavado. C.I. 12.551.571. El Alguacil Miguel Ángel Bravo. La Secretaria: Dra. María Milagro Aranguren;
Com. N° 6-1813.-
Af.-