REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO,
TRES (03) DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS (2.006).-


196° y 147°

Visto el convenio de Obligación Alimentaria, suscrito entre los ciudadanos JOSE ANTONIO ROJAS ALMEIDA y ANA BEATRIZ MENDOZA SEIJAS por ante la Defensoría Pública Tercera en fecha 30-10-2.006, a favor de la niña DEISY WILMARY MENDOZA.- En consecuencia, désele entrada y anótese en los libros respectivos.- Por cuanto se observa que el beneficiario sujeto en la presente causa mantiene su domicilio en el Municipio Biruaca, de esta Circunscripción Judicial, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Régimen Atributivo de Competencia establecido en la Resolución 1.278, de fecha 22-08-2.000, publicado en la Gaceta Oficial N° 37.036 de fecha 14/09/2.000, para los asuntos alimentarios a los Tribunales de Municipios, en consecuencia, se Declina Competencia para seguir conociendo la presente causa al Juzgado del Municipio Biruaca de esta Circunscripción Judicial.- Remítase Expediente.- Líbrese lo conducente.-

La Juez Titular.,

Dra. MARGARITA CASTILLO
La Secretaria Temp.,

Abg. YUDERKYS RANGEL YANEZ
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-
La Secretaria Temp.,

Abg. YUDERKYS RANGEL YANEZ




MC/Homer.-
Exp. N° 14.235.-