LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
EXPEDIENTE N° 5.270
SENTENCIA DEFINITIVA
MATERIA: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
DEMANDANTE: ALBERTO JOSE DIAZ LEON
APODERADO JUDICIAL: MARIA F. CASTILLO
CAPITULO I
SINTESIS DE LA CONTROVERSIA
En fecha 19 de Junio del 2006, la Abogada MARIA F. CASTILLO, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano ALBERTO JOSE DIAZ LEON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.769.176, civilmente hábil, domiciliado en la ciudad de Caracas, instauró demanda de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, en donde manifiesta que el error consiste en que al ser asentada dicha partida de nacimiento se coloco el nombre de sus padres como CALAZAN DIAZ y PAULITA LEON DE DIAZ, de forma incorrecta, siendo lo correcto y los verdaderos nombres de sus padres JOSE DE CALAZAN DIAZ y PAULA LEON DE DIAZ, como aparece erróneamente asentada en el Acta de Partida de Nacimiento. Igualmente se incurrió en el error al asentar dicha partida, en la fecha de nacimiento la cual aparece 03 de Julio de 1.950, siendo lo correcto 03 de Julio de 1.950. Dicha Acta corre inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ante la Prefectura del Municipio San Fernando del Estado Apure, durante el año de 1.950.
En este proceso se ha cumplido a cabalidad con todos los requisitos y trámite procedimentales que contempla la Ley para este tipo de proceso y encontrándose la causa para dictar sentencia, este tribunal observa:
PRIMERO
Analizadas las pruebas documentales traídas a los autos, se evidencia que al asentar el Acta de Partida de Nacimiento del ciudadano ALBERTO JOSE DIAZ LEON, antes identificado, en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ante la Prefectura del Municipio San Fernando del Estado Apure, durante el año de 1.950, se incurrió en los errores antes citados.
DIPOSITIVA
Con base en las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente acción y en consecuencia, se ordena la RECTIFICACION DEL ACTA DE PARTIDA DE NACIMIENTO numero Quinientos Treinta y Seis (536), asentada en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ante la Prefectura del Municipio San Fernando del Estado Apure, durante el año 1.950, en el sentido de que haga aparecer que los verdaderos nombres de sus padres son JOSE DE CALAZAN DIAZ y PAULA LEON DE DIAZ, y no CALAZAN DIAZ y PAULITA LEON DE DIAZ, y que la verdadera fecha de nacimiento es el 03 DE JUNIO DEL AÑO 1.950, como se evidencia en dicha partida de nacimiento. Se ordena la corrección por verificación de convicción de las pruebas aportadas al proceso como son las testimoniales cursantes a los folios 21 y 24, del expediente, dándosele pleno valor probatorio de conformidad con los artículos 508 y 509 del Código de Procedimiento Civil.
Una vez firme la presente decisión se acuerda expedir Copia Certificada de la misma y remitirse a la Prefectura del Municipio San Fernando del Estado Apure, a fin de que ordene la inserción de dicho acto en los Libros de Registro Civil de Nacimientos respectivos.
Publíquese, regístrese y dejase copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, a los Veintiún (21) días del Mes de Noviembre del año Dos Mil Seis (2006). AÑOS: 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL,
DRA. SANDRA NORIEGA DE RIVERO
LA SECRETARIA,
ABOG. GRACIELA TORREALBA DE F.
En esta misma fecha, siendo las 2:00 p.m. se publicó y registró esta sentencia.
LA SECRETARIA,
ABOG. GRACIELA TORREALBA
SNDR/GT/cecilia.
ABOG. GRACIELA TORREALBA DE F., Secretaria del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, CERTIFICA: Que la presente copia es fiel y exacta al original de la SENTENCIA cursante en el expediente Nº 5.270 de la Nomenclatura de este Juzgado, que contiene la RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, incoado por la Abogada MARIA F. CASTILLO, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano ALBERTO JOSE DIAZ LEON. Doy fe de la exactitud de la presente copia, la cual expido de orden de este Tribunal, en San Fernando de Apure, a los Veintiún (21) días del Mes de Noviembre del Dos Mil Seis. AÑOS. 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
LA SECRETARIA,
ABOG. GRACIELA TORREALBA DE F.
SNDR/GT/cecilia
EXP. Nº 5.270
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