REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure

ACTA DE EJECUCIÓN
COMISIÓN N° 6-1899.-


En día de hoy, veintidós de Noviembre del año 2006, siendo las 9:40 a.m., de la mañana, conforme a lo acordado en el auto anterior, se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en un local comercial denominado “COMERCIAL E INVERSIONES WILLIAM” ubicado en la Avenida Casa de Zinc, de esta ciudad de San Fernando, Estado Apure. Lugar Señalado por los apoderados Judiciales de la parte actora, con la finalidad de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, librada en el Juicio de Partición y Liquidación de Bienes Hereditarios, incoado por la Ciudadana IRAIMA YAJAIRA NARVAEZ, Viuda de Arriaga, en contra del Ciudadano FELIZ RAFAEL ARRIAGA RETALLI Y OTROS. Para ejecutar la Medida de Secuestro Preventivo decretada por el comitente. Se notifica de la misión del Tribunal previa lectura del Despacho de Comisión al ciudadano SAED ELDIN WILIAM HSEIN, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° 14.342.863, en su condición de Arrendatario del inmueble donde se encuentra constituido este Tribunal, tal como se evidencia en el Contrato de Arrendamiento debidamente autenticado. Por ante la Notaría Publica de San Fernando, Estado Apure, quedando anotado bajo el N° 54, tomo 40 de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaría, en fecha 31-05-2006, el cual consigna en copia simple fotostática, constante de (5) cinco folios útiles. Para que sean agregados a los autos. Se encuentra una comisión policial integrada por (6) seis funcionarios. Presente la Abogada en Ejercicio MILIGROS VALENTINA GARCIA MEZA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° 10.624.215, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 75.685, en su condición de Apoderado Judicial de la parte actora, quien solicita el derecho de palabra y concedídole como le fue, expuso: muy respetuosamente me dirijo a este Juzgado a su digno cargo a los fines de solicitarle lo siguiente; “ Se proceda con la Ejecución de la presente Medida de SECUESTRO PREVENTIVO sobre una parcela de terreno de propiedad privada con un área aproximadamente de 1778, 69 Mt2; ubicada en la ciudad de San Fernando, Estado Apure, dentro de los siguientes linderos: NORTE: Avenida Casa de Zinc. SUR; Juana Pérez, ESTE: Casa de Isabel Velásquez. OESTE: Casa de Américo Marco Antonio, y todos las bienehechurias y demás anexidades existentes sobre el referido terreno, las cuales son: una Casa de dos plantas, y un galpón hacia la parte este del edificio; debidamente registrado por ante la oficina subalterna del Distrito San Fernando del Estado Apure, en fecha 25-07-1975, bajo el N° 25, libro 2do, Protocolo 1ero, folios 43, al 44 del Tercer Trimestre del año 1975. Seguido igualmente solicito en virtud que el Ciudadano WILIAM HSEIN SAED ELDIN. Titular de la Cedula de Identidad N° 14.342.863, Se encuentra ocupando dicho lote de terreno y las construcciones antes señaladas en la calidad de Arrendatario tal y como se evidencia mediante contrato de Arrendamiento que se anexa a la presente acta y en vista que este Ciudadano ejerce la actividad comercial y con el fin de no causarle gravámenes a su actividad puesto que es un terreno ajeno a la presente controversia; en tal sentido solicito se designe como DEPOSITARIO JUDICIAL del bien a Secuestrar y en Consecuencia motivado que el mismo Cancela cánones de Arrendamiento por la ocupación de las ya identificadas bienehechurias que tales montos sean Depositados por el ciudadano SAED ELDIN. HSEIN WILIAN, plenamente ya identificado, en el Juzgado por el cual se esta ventilando el Juicio. Es todo. “ el Tribunal vista la solicitud anterior hecha por la Apoderada Judicial de la Parte actora y el Despacho de Comisión conferido, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente Secuestrado Preventivamente el bien Inmueble antes descrito y declara la desposesión Jurídica del mismo. Así mismo procede a designar al ciudadano SAED ELDIN. HSEIN WILIAN, antes identificado como DEPOSITARIO JUDICIAL del inmueble antes Secuestrado, quien estando presente acepta el cargo y jura cumplir bien y fielmente con los deberes y derechos inherentes al mismo. El Tribunal le hace entrega del bien Secuestrado al Depositario Judicial designado quien manifiesta recibirlo conforme y mantenerlo a la orden del Tribunal de la Causa. Concluida la misión del Tribunal da por terminado el acto y ordena remitir el presente Despacho de Comisión con todas sus actuaciones al Tribunal de la Causa, así mismo acuerda el regreso a su sede natural, siendo las 11:00 a.m.- Terminó y se leyó conformes firman. La Juez Prov. Dra. Ligia Puerta Valdez.- La Apoderada Judicial. Dra. Milagros García M. El Notificado- Depositario Judicial. SAED ELDIN WILIAN HSEIN. El jefe de la Comisión Policial, S/2do. Jimmy Aguilar C. I. 12.900.286, El Alguacil Miguel Ángel Bravo.- La Secretaria Dra. María M. Aranguren.-

COM. 6-1899.-
Af.-