REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 23 de OCTUBRE de 2006.-
AUDIENCIA ESPECIAL
CAUSA N° 1C-8923-06
JUEZ: WILMER ARANGUREN TOVAR
FISCAL: FISCALIA PRIMERA DEL MINISTERIO PUBLICO
DEFENSA: DR. JACKSON CHOMPRE LAMUÑO
SECRETARIA: ABOG. MARIA GABRIELA FERRER
DELITO: CONTRA LA LEY SOBRE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LA FAMILIA
VICTIMA: YONEIDA YUDITH BETANCOURT
IMPUTADO: ALEXIS RAMON MENDOZA RAMOS
En el día de hoy, VEINTITRES (23) de OCTUBRE de 2006, siendo las 9:30 horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Especial de acuerdo a lo establecido en el articulo 39 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia. Se constituye este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure; Seguidamente la Ciudadana Juez solicita de la Ciudadana secretaria verificar la presencia de las partes quien expuso: Se observa la presencia del Representante de la Fiscalia Primera del Ministerio Público, la victima, la Defensa y el Imputado. Seguidamente se concede el derecho de palabra al Representante Fiscal: “Esta representación fiscal solicita a respetuosamente a este Tribunal sea alterado el orden de intervención de las partes y sea oída la victima por cuanto tuve conocimiento, previamente a la constitución de esta audiencia que entre las partes ya no existía ninguna clase de problemas. Es todo.” Acto seguido la ciudadana Juez concede el derecho de palabra a la victima quien expone: “Quiero decirle a este Tribunal que ya entre nosotros ya no hay ningún problema y quiero que este quede hasta aquí. Es todo.” Se concede el derecho de palabra al imputado: “Igualmente le manifiesto a este Tribunal que ya nosotros estamos juntos y no tenemos ningún problema y realmente queremos que se cierre esta causa. Es todo.” Acto seguido se concede el derecho de palabra a la representante del Ministerio Público: “Oída la exposición de la defensa en la cual manifiesta ya no tener problemas con su esposo, presente en esta sala, y quien manifiesta igualmente ya no tener problemas con su esposa, esta representación solicita a este Tribunal, que por cuanto seria inoficioso, se deje sin efecto la solicitud de imposición de medidas cautelares presentada por esta fiscalia y sea remitida la causa a los fines de presentar acto conclusivo. Es todo.” Posteriormente se concede el derecho de palabra a la Defensa (solo por este acto) Dr. Agustín Millán: “Esta defensa se adhiere a la solicitud fiscal, por cuanto considera igualmente que de la exposición de las partes se evidencia que no tendría lugar la imposición de las medidas solicitadas. Es todo.” Acto seguido toma la palabra la ciudadana Juez y expone lo siguiente: “Oídas como han sido las solicitudes y exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Control Acuerda Remitir las presentes actuaciones a la Fiscalia Primera del Ministerio Publico a los fines de presente el acto conclusivo al que hubiera lugar. Y ASI SE DECICE.
DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, el Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Función de Control, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA:
PRIMERO: Remitir las presentes actuaciones a la Fiscalia Primera del Ministerio Publico a los fines de que emita el acto conclusivo al que haya lugar. Quedan notificadas las partes de la presente decisión. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
WILMER ARANGUREN TOVAR
LA FISCAL
DRA. GLADYS AMELIA FLEITAS
LA VICTIMA
YONEIDA YUDITH BETANCOURT
LA DEFENSA
DR. AGUSTIN MILLAN
(Solo por este acto)
EL IMPUTADO
ALEXIS RAMON MENDOZA RAMOS
LA SECRETARIA
ABOG. MARIA GABRIELA FERRER
CAUSA N° 1C-8923-06
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