REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

En el día de hoy Dieciséis (16) de Octubre de 2006 siendo las 03:00 horas de la tarde se constituye el Tribunal Mixto Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, presidido por el ciudadano Juez SERVIO TULIO HERNÁNDEZ URDANETA, y los escabinos ciudadanos FABIÁN MARCELO BEROES BEROES (Titular 01), JESÚS EMILIO RODRÍGUEZ GARRIDO (Titular 02) a los efectos de continuar con la realización del Juicio Oral y Público en la causa 1M-317-06, seguida contra del acusado ADRIAN AVISAEL CONTRERAS BOLÍVAR, Seguidamente el ciudadano Juez solicita a la secretaria verifique la presencia de las partes, el mismo informa que se encuentra presente: el Fiscal Octavo del Ministerio Público ABG. TOMAS ELOY ARMAS MATA, el acusado ADRIÁN AVISAEL CONTRERAS BOLÍVAR, la victima ciudadana, ROSA BERSAY FLORES RODRÍGUEZ, la defensora pública DRA. LUISA MARÍA PANTOJA. De seguida se declara aperturada la continuación del juicio, se les informa a las partes que deben litigar de buena fe, y guardar el respeto debido. De seguida el ciudadano juez hace pasar al experto CRUZ FERNANDO NAVAS, titular de la cédula de identidad 9.922.451. Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a quien se le toma el juramento de ley. Se le da lectura a las experticias suscritas por el mismo, se le coloca a la vista la experticia 9700-063 N° 20, de fecha 04-02-06l, y expone: Reconozco su contenido y firma, y lo ratifico. Es todo. El Ministerio Público pregunta: 1.- ¿TU PODRÍAS HACER UNA EXPLICACIÓN SOBRE LA EXPERTICIA REALIZADA AL OBJETO, ES DECIR EN QUE CONSISTIÓ LA MISMA?. Responde: el trozo del plomo o proyectil es un componente de una bala que al ser introducida en la cámara se detona y ocasiona lesiones de menor o mayor gravedad e incluso la muerte?. 2.- ¿ DE DONDE LE FUE SUMINISTRADO LA PROCEDENCIA DE ESE PROYECTIL?. Responde: me fue dado para practicar una experticia por parte del departamento de sustanciación del Cuerpo de Investigaciones Cientificas Penales y Criminalísticas, se le hizo el peritaje y fue devuelto a la sala de resguardo de evidencias. 3.- ¿SABE USTED CON RELACIÓN A QUE CASO GUARDABA RELACIÓN ESE PLOMO?. Responde: no, el departamento de sustanciación me pidió que realizará la experticia al mismo, ya que guardaba relación con delito contra las personas. Es todo. Acto seguido la defensa pública interroga al testigo: 1.- ¿ME PODRÍA DECIR QUIEN LE HIZO LA SOLICITUD DE REALIZAR LA EXPERTICIA?. Responde: el departamento de sustanciación, a través de un memoradun interno 2.- ¿ALGÚN FUNCIONARIO LE MANIFESTÓ EN QUE PARTE CONSIGUIERON EL PROYECTIL?. Responde: no, solo me dijeron que guardaba relación con un delito contra las personas. 3.- ¿TENÍA SANGRE O ALGUNA EVIDENCIA DE HABER SIDO CONSEGUIDO EN ALGÚN CUERPO HUMANO?. Responde: no estaba limpio, solo estaba detonado; ya que había chocado con un cuerpo de igual fuerza molecular. 4.- ¿SU EXPERIENCIA LE DICE CON QUE OBJETO CHOCO?. Responde: no, me limito a las características físicas, no puedo decir de donde salió el plomo, de que tipo de arma salio, es difuso por la deformación que presenta. Es todo. Acto seguido se hace pasar al testigo RUBEN DARIO FLORES, titular de la C.I V-17.650.661, a quien se le toma el juramento de ley, y expone: “yo mire cuando mi hermano estaba en el piso boca abajo y fui a auxiliarlo, yo estaba con mi tío en un restaurante y después me llevaron a la PTJ a declarar y a la policía donde tenían detenido al acusado y el PTJ le fue a tomar una foto para ver si yo lo conocía, y tenía las manos llenas de vinagre, yo tengo entendido que cuando una persona se lava las manos con vinagre borra todas las evidencias de pólvora”. Es todo. Acto seguido el Ministerio Público interroga al testigo: 1.- ¿CUÁNDO TU TE PERCATAS DE QUE HAY UNA PERSONA EN EL PISO, QUE APRECIASTE EN ESA PERSONA, POR QUE ESTABA EN EL PISO?. Responde: yo escuche los impactos y me agache y cuando levante la cara estaba mi hermano en el piso, lo conocí por el suéter. 2.- ¿TENÍA ALGUNA HERIDA?. Responde: le revise la cara y no tenía nada y cuando le levante la camisa la tenía quemada y tenía un disparo en el pecho. 3.- ¿DE DONDE PROVINO EL DISPARO?. Responde: de un callejón. 4.- ¿EN ESE MOMENTO CUANDO OYES LOS DISPAROS Y CAE TU HERMANO AL SUELO PUDISTE APRECIAR O VER SI ALGUIEN SALIÓ CORRIENDO?. Responde: yo no, pero mi tío sí. 5- ¿CUÁNDO TU DICES A MI TÍO, A QUIEN TE REFIERES?. Responde: a Luis Flores. 6.- ¿ÉL TE LLEGÓ A DECIR A QUIEN VIO CORRIENDO?. Responde: vio un forcejeo de mi hermano con una persona que presuntamente le disparo. 7.- ¿TU LLEGASTE A TENER CONOCIMIENTO DE ALGUNA MANERA DE QUIEN LE DISPARO A TU HERMANO?. Responde: no, la comunidad decía que lo había matado era él. 8.- A QUIEN TE REFIERES CUANDO DICES A ÉL?. Responde: a Contreras. Seguidamente el ciudadano representante del Ministerio Público solicita al ciudadano juez deje constancia de la respuesta dada por el testigo en la pregunta número 9. El tribunal deja constancia de que el deponente Rubén Darío Flores señala o reconoce en la sala al ciudadano Adrián Avisael Contreras como a quien dice la comunidad u observa como quien dio muerte al ciudadano Félix Daniel Díaz Flores. Seguidamente la defensa interroga al testigo: 1.- ¿TU DICES QUE NO VISTES NADA?. Responde: no, lo vi a él. 2. ¿A QUE DISTANCIA TE ENCONTRABAS DEL LUGAR DE LOS HECHOS?. Responde: a diez (10) metros dentro del restauran. 3.- ¿Quiénes LO VIERON?. Responde: Nazareth y Ángel lo vieron corriendo con la pistola. 4.- ¿SI TU DICES QUE ESTABAS ADENTRO COMO FUE QUE OÍSTES LAS DETONACIONES?. Responde: si oí dos disparos, pero mi hermano tenía uno solo. 5.- ¿CUANDO LLEGASTE A DONDE TU HERMANO ÉL ESTABA MUERTO?. Responde: sí. 6.- ¿DESPUÉS DE HABER MUERTO TU HERMANO RECIBISTE ALGUNA AMENAZA. Responde: no. 7.- ¿CON QUIEN ERA EL PROBLEMA?. Responde: con un primo mío. 8.- QUIEN ESTABA PRESENTE CUANDO ÉL AMENAZO A TU PRIMO?. Responde: mi mama. Es todo. De seguida el juez insta a las partes a los fines de que se pronuncien en relación a la incomparecencia del resto de los expertos, así como del testigo Ángel Aponte. Seguidamente el fiscal expone: vista la incomparecencia de los expertos del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, es decir, del medico forense, del patólogo y a los funcionarios de investigación, así como al testigo faltante, esta representación fiscal solicita o invoca lo establecido en el artículo 357 del Código Orgánico Procesal Penal, en el sentido de que se observe si efectivamente fueron notificados y de ser así se ordene por ante este competente tribunal para que los mismos sean conducidos para el día y hora que a bien tenga fijar este tribunal. Es todo. Seguidamente la defensa pública expone: esta defensa se adhiere a la solicitud del Ministerio Público, en cuanto a que el tribunal se sirva hacer conducir por la fuerza pública a esta sala a los efectos de que terminemos el presente juicio oral en la fecha y hora que a bien tenga fijar este tribunal. Es todo. Seguidamente el ciudadano juez expone: Oído lo manifestado por las partes previa verificación de la efectividad de las boletad de citación correspondientes ordena la conducción de los mismo de acuerdo a las previsiones del artículo 357 del adjetivo penal y en consecuencia fija la continuación de la presente audiencia oral y pública para el día 25 de Octubre de 2006 a las 2:30 horas de la tarde, en virtud de lo cual se suspende la presente audiencia. Quedan notificadas todas las partes de la presente decisión. Así se decide.

JUEZ PRIMERO DE JUICIO


SERVIO TULIO HERNÁNDEZ