REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
En el día de hoy, veintitrés (23) de Octubre del año dos mil seis (2006), siendo las 09:30 a.m., se da inicio al acto del Juicio Oral y Público en la Causa No. 1M-315-06, seguida contra del ciudadano LINO JOSE BLANCO, Y JOSE RAFAEL DAPKARP BUSTO, por el delito de Homicidio Calificado con Alevosía, Motivos Fútiles e Innobles y Uso Indebido de Arma de Fuego, llevada por este Tribunal Mixto Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, seguido por el procedimiento Ordinario, constituido dicho Tribunal por los Escabinos: JOKASTA JOSEFINA BOLIVAR (Titular 01) y JASPE ALVAREZ YEREIDA MIGUELINA (Titular 02) y el Juez Presidente del Tribunal Mixto DR. SERVIO TULIO HERNANDEZ U. El Juez Presidente da inicio al acto y declara abierta la audiencia Oral y Pública, solicita al secretario verifique la presencia de las partes, quien expone: Se encuentra presente los escabinos el Fiscal Séptimo del Ministerio Publico ABG. CHAMMEL ARANGUREN ESCALONA, los defensores, VICTOR ALTUNA, Y JOSE GREGORIO TREJO, los acusados LINO JOSE BLANCO, Y JOSE RAFAEL DAPKARP BUSTO, las victimas ciudadanas MARILYS ALVAREZ, Y CARMEN ORTEGA, y el resto de los testigos llamados al juicio. De seguida el ciudadano Juez expone: Se procede a tomarle el juramento de ley a las escabinos, quienes juran cumplir bien y fielmente el cargo para el cual han sido designados, Se les advierte a las partes que deben litigar de buena fe, y con el respeto debido. Se le concede la palabra al Ministerio Publico quien expone: Antes que todo buen día, siendo la oportunidad y una vez prepulida las distintas fases por las cuales debe pasar todo proceso penal, el Ministerio Publico pasa a narrados los hechos por los cuales su puso la acusación, y son en fecha 8-12-05, siendo las 04:00 horas de la tarde se encontraba el occiso y la ciudadana Ingrid Graterol, en la vía perimetral, dichos ciudadanos se encontraban tripulando una camioneta blanca, se les acerca una unidad policial conducida por el Jairo Zúñiga, y Montilla Santana, dichos ciudadanos procedieron abordar el vehículo antes descrito, uno de los funcionarios se ubico por el lado del copiloto, y el otro funcionario se ubico por el lado del piloto, el vehículo se encontraba con los vidrios de arriba y tenia papel ahumado en los vidrios, los abordan, les solicitan que se bajen del vehículo, y la victima les señala que no se va a bajar del vehículo, y procede a retirarse del sitio, y emprende su recorrida, al cabo de pocos minutos la victima observa que es perseguido por esta unidad policial, continua su recorrido, y aproximadamente en la entrada de la urbanización Merecure lo intercepta otra unidad policial, el logro evadir dicha unidad, y se comunica con el señor Wilmer Verde y le informa que esta siendo perseguido por dos unidades policiales, este le dice que continuara con su recorrido y le dijera que se encontraba en el matadero municipal, y antes llegar a este punto es interceptado nuevamente por una segunda unidad policial identificada por la P116, el cual era conducida por RONDON ROBERTO CARLOS, como oficia, …barrillero Lino Blanco y Acosta García, en el momento en que esta unidad impacta inmediatamente el vehículo que conducía el occiso se neutraliza, los vidrios de la camioneta se encontraba arriba, los funcionarios se bajan del vehículo, ubicándose Busto Graterol, y los barrilleros los funcionarios García y Lino Blanco, este ultimo se ubica de manera lineal en la puerta del lado del piloto, el ciudadano Busto Graterol hace unos disparos en contra de los neumáticos, e igualmente el ciudadano Lino Blanco procedió a realizar un disparo, disparo el cual realizo sin verificar quien se encontraba del lado del vidrio, el proyectil traspasa el vidrios e impacta en la parte del occiso, la victima herido , y la ciudadana Ingrid Graterol, se baja la victima herida se coloca las manos en la cabeza y les pide que no lo maten, todas vez que se encontraban los funcionarios de la policial, y el cae al suelo, ocurrido todo esto los funcionarios abordan a la ciudadana Ingrid a que se bajara del vehículo en ese preciso instante llego Wilmer Verde le presta auxilio a Ingrid, y un grupo de funcionarios tomaron el cuerpo casi sin vida de la victima y lo llevaron al Hospital Pablo Acosta Ortiz, escuchado todo esto es importante resaltar que falleció Carlos Ortega, quien era una persona reconocida, profesor universitario, y el administrador de la alcaldía de este Municipio, todos estos hechos ocurrieron sin que hubiese una agresión. Tales hechos eran demostrados por todos y cada uno de los testigos promovidos, es por lo que solcito se dicte sentencia condenatoria en contra del ciudadano José Rafael Busto Graterol, Uso Indebido de Arma de Fuego, y así mismo se dicte sentencia condenatoria al ciudadano Lino José Blanco, por la comisión del delito de Homicidio Calificado con Alevosía, y por Motivos Fútiles e Innobles, previstos y sancionados en los artículos…, Es todo. de seguida el defensor VICTOR ALTUNA, defensor del acusado BUSTO GRATEROL, quien expone: Buenos días, realmente lo que acaba de decir el fiscal es una versión de los hechos, yo ese día estaba en una reunión y llego una persona y dijo que acaban de matar a Carlos Ortega, yo me asuste cuando escuche esa versión, yo dije que no puede ser, ese día quemaron una patrulla, quemaron casi la gobernación, se creo una matriz de opinión, se condeno a unos funcionarios, el señor Rondon ya no esta aquí, y la persona que lo señalo tampoco esta aquí, por casualidad tengo acceso a la investigación por que soy contratado como abogado, y no se ajusta a la versión dada por el Ministerio Publico, ese día el señor Ortega estaba con la señora Ingrid, estaban en la entrada de promollanos, saben cuantos delitos han pasado en esa entrada, los funcionarios se acercaron a ver, según la versión de los funcionarios el señor Ortega abrió dos dedos del vidrio, se entablo una conversación, hubo un a discusión, se inicia la persecución, los funcionarios policiales llaman por radio a otra unidades, el señor ortega evadió las unidades patrulleras, a alta velocidad, con todo esto llama a Wilmer Verde, este en lugar de decirle parate, solo le dice que le de que se encontraba mas adelante, quien es Wilmer Verde para decir esto, por que llego a decir esto, el señor Bustos le manifiesta que realmente esta ocupado con el procedimiento y pide apoyo, cuando van llegando al matadero ellos puede divisar la camioneta que viene y ellos buscan atravesar la camioneta pero e4ste no se para e impacta su camioneta con la unidad, se bajan de la unidad el funcionario Lino Blanco, le hacen disparos a los cauchos de la camioneta, ellos estaba cumpliendo con su deber, ocurre el otro hecho que es que otro funcionario dispara, y le causa la muerte a Carlos Ortega, pero aquí vamos a ver por que dispara, aquí se va a tomar una decisión de acuerdo a los hechos, mi defendido actuó ajustado a la ley, el cumplió con su deber, no desarrollo una conducta mas haya de la permitida, y así se va a demostrar que el impacto es en la llanta del vehículo, con estos hechos, aquí van a venir los funcionarios, los expertos, y van a decir que fue lo que paso, yo les pido que al momento de dictar una decisión revisen bien los hechos, así como nos colocamos del lado de la victima nos coloquemos del lado de los funcionarios, tomen una decisión ajustada, por lo tanto pido que lo exoneren de toda responsabilidad. Es todo. De seguida el Dr. JOSE GREGORIO TREJO, defensor del acusado LINO JOSE BLANCO, expone: Buenos días, Oída la exposición que hace el Ministerio Publico es obvio que es una versión que tiene el Ministerio Publico quien es el encargado de acusar, el Ministerio Publico no investiga a ciencia cierta las circunstancias iniciales que termino en la muerte del ciudadano que ya conocemos, tampoco dijo el Ministerio Publico que en el lugar de los hechos se consiguió un proyectil que no pertenecía a ninguna de las armas que portaban los funcionarios policiales, tampoco señalo que mi defendido se encontraba en el sector el picacho en un accidente de transito, faltan muchos elementos por aclarar, fue prácticamente en todo el frente del matadero viejo, no creo que el señor Wilmer Gerde, tenga la facultad de decirle al ciudadano Carlos Ortega que no le parara a las unidades policiales, el no llevaba la intención de parase en el matadero por que iba a alta velocidad, todo esto crea dudas, la victima andaba en vehículo no conocido en san Fernando, con los vidrios negros, no sabia quines estaban en esa camioneta, se produjo por una circunstancia que en un noventa por ciento es culpa de la victima, el hecho ocurrió en una zona peligrosa, una zona de escape que necesariamente esta en vigilancia, por que este señor no se detiene, el Ministerio Publico no dijo que eran amantes desde hace tiempo que habían entrado al hotel y que ella le dijo que no estaba preparada para el acto sexual, bueno una cosa no tiene que ver con la otra, la conducta de esta persona puso en duda o indujo al error a la comisión policial, que va a pensar un policía cuando viene un carro a alta velocidad, eso indujo produjo un error un temor cierto, los funcionarios creen que viene un peligro, un vehículo a alta velocidad, la única prueba que involucra a mi defendido es la prueba balística, pero sabemos que esta prueba que ofrece una certeza de 100 por ciento, las pruebas de comparación balísticas por el desgaste se produce por el uso de las armas, mi defendido lo que manifiesta es que el si disparo pero no sabe si le pego, el disparo pro que el trato de mover el vehículo, tenemos una serie de particularidades que no se han esclarecido, por ejemplo las llamadas por radio, estas personas que están aquí no tenían información de quien venia, queda plenamente demostrado que la policía no actuó de manera apurada, se cometió un error es verdad, pero el error lo indujo la victima, también es cierto que los funcionarios policiales ellos desconocían si el señor trabajaba en la Alcaldía, por que el carro no estaba identificado, fue la actitud del ciudadano lo que puso en riesgo, no podemos hablar de motivos fútiles, o motivos innobles, la intención no fue dispararle a donde iban las personas, eso hay que analizarlo muy bien, no podemos hablar de alevosía por que no la hubo, donde esta el acto alevoso, para tener alevosía se necesita que yo maquine, lo piense y lo mate, todas las características son de la comisión de un delito, un carro que no se conoce, con los vidrios ahumados, que viene a alta velocidad, debemos aferrarnos a los hechos tal cual como pasaron, para esto es la justicia, vamos hacer justos, y el que haya sido responsable pero en la manera, no hubo la intención de causarle la muerte, por lo tanto pido al tribunal que se absuelva de responsabilidad a mi defendido, en segundo lugar se existir una sentencia en contra de el que se tomen los alegatos que acabo de señalar, en todo caso estaríamos ante un Homicidio Culposo. Es todo. de seguida se impone a los acusados del precepto constitucional, se les pregunta sin desean declarar, quienes exponen, que si desean declarar, y de seguida se hace retirar de la sala al acusado JOSE RAFAEL BUSTO, quedando solo el ciudadano LINO JOSE BLANCO, quien expone: Buenas tardes, El día 08, me encontraban en un procedimiento cerca del picacho allí había sucedida un arrollamiento, en ese momento la P 109, hace un llamado donde decían que iban siguiendo una camioneta que se había ido a la fuga donde iban unas personas armadas, en ese momento el inspector Bustos, el nos da una orden que nos montemos en la patrulla, nos dirigimos a la vía del merecure, cuando vamos llegando a la defensa viene la camioneta y la patrulla p 109 detrás, el conductor de la patrulla donde vamos se le atraviese la camioneta trata de evadir la patrulla, e impacta con la patrulla, y trata de irse a la fuga, se escuchan detonaciones, yo andaba asustado y el único disparo que hice fue hacia los cauchos, se me pretende acusar de un homicidio que no lo he hecho, he pasado tantas humillaciones, en ningún momento accione mi armamento en contra del occiso, yo dispare una sola vez, y fue hacia los cauchos para paralizar esa camioneta. Es todo. el Ministerio Publico pregunta: ¿Nos podría informar cuanto tiempo tenia en la policía? 04 años. ¿Para el momento de iniciar su carrera como funcionario policial, hizo cursos, estudio? Hice curso, de 06 meses. ¿Qué tipo de actividades desarrollo? Es por materia, orden cerrado, pruebas de tiro. ¿Les enseñan a los funcionarios como manejar una situación como la ocurrida? Si. ¿Usted no declaro en la preliminar y en la previa? No lo hice por que mi abogado Javier Blanco me dijo que no lo hiciera. ¿Ese mensaje de radio quien lo envió? En la radio se escucha todas las trasmisiones de radio, en ese momento la P 109, llama a la central que van persiguiendo una camioneta, y el comisario rojas no llama y nos dice que atendamos. ¿Donde estaban ustedes? En el sector el picacho. ¿Usted escucho ese llamado? Si. ¿En que parte de la unidad se ubico usted? En la parte de atrás. ¿Para el momento cuando la unidad impacta con el vehículo que observo? Se escucho una detonación, impacta el vehículo trata de de seguir la camioneta, y se escuchan las denotaciones. ¿Una vez que el vehículo retrocede que fue lo que lo neutraliza allí? Yo estaba en la parte izquierda del carro. ¿En la parte del Copiloto? Si, se escuchaban detonaciones, el trato de mover la camioneta y le tire un caucho de la camioneta. ¿Usted impacta al neumático del lado del piloto? Si. ¿no se ubico de manera lineal del lado del piloto? No. ¿Cuántos disparos realizo usted? Un solo disparo. ¿Qué armamento tenia usted? Un 38 mm. ¿Llego a tener conocimiento si su compañero Acosta realizo algún disparo? No. ¿Había otras patrullas? Si llegaron otras patrullas. Objeción de parte del defensor. El tribunal señala que las preguntas formuladas por el Ministerio Publico de acuerdo al contenido de la misma no observa ninguno de los vicios previstos en el artículo 356 penúltimo aparte y en consecuencia la declara sin lugar. ¿Quisiéramos saber en que parte del sitio de los hechos, se encuentran las otras unidades policiales? Se encontraban en la parte de atrás del vehículo. ¿Siempre en los cuatro años que tiene le han signado la misma arma que portaba? Si. Es todo. La defensa Dr. José Trejo pregunta: ¿Cuándo salía libre entregaba su armamento al comando? Si. ¿Durante esas 24 horas que esta libre el arma se queda en el parque? Si, y la utilizan otros funcionarios. ¿Cuándo regresa del día libre le asignan otro armamento? Objeción de parte del Ministerio Publico. El juez expone: Este tribunal tiene clara la respuesta del acusado, se permite la pregunta. ¿Cuánto retiran el armamento le toman el serial del armamento? Si. ¿Cuándo sacan el armamento no toman el serial? No, solo cuando lo regresamos el armamento es que colocamos el serial. ¿Ese día portaba el armamento de siempre? Si. ¿Usted entrego el arma al parque o le entrego el arma a los funcionarios del CICPC? No llevaron al Comando de la Guardia Nacional, y es allí donde nos quitaron el armamento. ¿Usted firmo el acta donde le quitaron el armamento, verifico el serial? Si firme el acta, pero no coloque verifique el serial del arma. Es todo. De seguida se hace pasar al acusado JOSE RAFAEL BUSTOS, quien expone: El dìa 08 de diciembre, me encontraba en horas de la tarde a la altura del sector el Picacho vía perimetral donde había un accidente de transito, y estaba mediando con las partes, en ese momento mi chofer me dice que hay un llamado pro radio que viene una camioneta color blanca esta siendo perseguida por dos unidades mas, yo les digo que estamos ocupado, y el chofer me dice que le dieron la orden que nos uniéramos a la persecución, no apersonamos al lugar, cerca de la bajada de la defensa se observa la camioneta blanca, con dos unidades tipo corolla que están en la parte de atrás, nos informan que viene el vehículo, mi chofer atraviesa el carro, la camioneta viene a veloz carrera la camioneta se tira al hombrillo y ocurre el impacto en la unidad, cuando me bajo, esta colisionado del lado del parachoques izquierdo, posterior allí la camioneta hace el arranque para evadir el punto de allí, saco mi arma de reglamento y le hago los disparos al neumático de atrás, posterior allí se lleno de funcionarios, se baja la persona herida del vehículo, dio como dos pasos y callo al piso, pensamos en trasladarlo en la unidad en que andábamos pero la camioneta estaba chocada, entonces se traslado en la unidad P 109, un corolla, al hospital pablo Acosta Ortiz, posterior allí se acerca la cantidad de personas, se baja la ciudadana herida, con la cara llena de sangre, se lleva al hospital, el comisario Rojas y yo nos trasladamos al hospital y los funcionarios de guardia nos dicen que murió, nos trasladamos al sitio, y cuando vamos en camino se escucha por radio que están tratando de quemar la patrulla, nos vamos al comando me reúno con los funcionarios a mi mando en la policía, se nos presento el mayor Ledesma, y nos dice vénganse conmigo para el comando de la guardia para el resguardo de ustedes, de manera que me vine en compañía del Dr. Chammel en su vehículo particular desde la Policía, hasta el Comando de la guardia, aun allí todos uniformados nuestras armas, por que se esta hablando que es un resguardo que se nos va hacer allí, nos dicen que dejemos las armas de prevención, el Fiscal nos dice que las dejemos dentro de su carro, empezaron a llegar los funcionarios del CICPC, empezaron hablar, nos pasan a la oficina donde funciona la oficina de Investigaciones Penales, y nos obligan a desvestirnos, yo me opongo, y de manera represante se viene unos funcionarios de la Guardia con unos del CICPC, obligándonos a desvestir, y nos dicen que estamos detenidos, posterior allí agarran mi camisa, diciendo esta camisa estaba en el sitio de los hechos, empiezan hacer las actas policiales, que mis botas estaban el sitio del hecho, que fui detenido en flagrancia por una unidad del CICPC, cuando fui trasladado en el vehículo del fiscal, posterior surge una orden que nos trasladen al Internado judicial, y nos dejaron allí, lo que deduzco que nos sembraron evidencia, por que siguió que había dejado mi camisa en el lugar de los hechos, posterior allí no había flagrancia para el momento del hecho, y me sentí privado ilegítimamente de libertad, por lo tanto no he estado de acuerdo, me sentí privado ilegítimamente de libertad. Es todo. de seguida el Ministerio Publico pregunta: ¿para el momento en que estaban el Picacho, que se les informo en el mensaje de radio? No lo escucho personalmente por que estoy debajo de la unidad, me la trasmite es el funcionario conductor de la unidad. ¿Quién recibe esa información? El funcionario Rondon. ¿Emprende el recorrido al sitio de los hechos, como quedo la camioneta? Cuando mi chofer atraviesa la camioneta se podía ver, colisiono con nosotros, la camioneta venia alta velocidad, cuando golpea fue que procedí a bajarme. ¿Ese vehículo intento seguir su trayectoria? Cuando me bajo de la unidad, el vehículo hace una arrancada. ¿Procedió hacer algún disparo de advertencia? Si, hice un disparo neutralizando que es una regla internacional que fue que dispare a los neumáticos. ¿Qué otros funcionarios disparo? El funcionario Lino Blanco, cuando estábamos hablando en el internado me dijo que no tuvo la intención de hacer el disparo al vidrio, que el sitio que el carro venia hacia el, el me dice que se asusta, el me dijo que no tuvo la intención de disparar a la ventana del vidrio, me percato de las actuaciones que el tiro es diagonal a la ventana del vidrio. ¿Cuántos disparos hizo usted? Hice tres disparos y uno logro impactar al neumático. ¿tuvo conocimiento cuantos disparos hizo el funcionario Lino blanco? Uno solo. ¿En alguna oportunidad el ciudadano Carlos Ortega desenfundo algún arma en contra de la comisión policial que usted comandaba? La única actitud que hubo fue la alta velocidad, nos informaron que el vehículo era robado y que pudiesen venir las personas armadas. ¿Logro observar la cara del occiso? Cuando cae al suelo y lo trasladamos al hospital. Es todo. La defensa Dr. Víctor Altuna pregunta: ¿Recuerda usted, cuantas balas le quedaron en la pistola? La capacidad es de 15 balas, y quedaron doce tiros. ¿Usted alguna vez se le ha practicado alguna averiguación criminal o administrativa? Jamás, primera vez esta. Es todo. De seguida se hace pasar a la testigo INGRID YOLANDA GRATEROL, titular de la cédula de identidad 12.581.849, a quien se le toma el juramento de ley y expone: Eso fue el 08 de diciembre día Jueves, yo estoy en mercatradona y el paso a buscarme, y agarramos pro la vía perimetral, íbamos hablando y nos estacionamos justo en la entrada para la broma de los bufitos, se nos presentaron dos policías, ellos andaban conduciendo un carrito corolla, uno se paro pro la puerta de Carlos y otro pro donde yo estaba, el baja el vidrio hasta la mitad, el policía le insiste que baje, le dijo que no estábamos haciendo nada malo y subió el vidrio, el se va da la vuelta y uno dice sabes que aquí matan gente y se quedan muertos, el siguió conduciendo duro, seguimos por la perimetral y se atravesó otro corolla y el lo esquivo yo le dije que se parara y el dijo que no que no iba a pasar nada, cuando íbamos en la vía chocamos con otra patrulla yo me golpe la cabeza con el vidrio el se bajo de la camioneta y dijo no disparen de allí no recuerdo mas por que quede como inconsciente, me llevan al hospital y me sorprendí cuando vi a Carlos de esa manera y me sorprendí. Es todo. el Ministerio Publico pregunta: ¿Qué se encontraba usted haciendo con el señor Ortega ese día? Carlos estaba hablando conmigo. ¿Ustedes portaban armas de fuego? No, nada de eso. ¿El parabrisas de la camioneta tenia papel ahumado? No tenia. ¿Y los demás vidrios tenían papel ahumado? No, yo podía ver. La defensa objeta la pregunta. El tribunal señala lo siguiente: Determina en aras de la finalidad procesal que la pregunta no es capcioso subjetiva, por el contrario tiende aclarar la verdad sobre el testimonio ofrecido pro la persona que esta siendo examinada. El Ministerio Publico pregunta: ¿El vehículo donde usted se encontraba, los vidrios laterales tenían papel ahumado? No recuerdo. ¿ para el momento cuando llega la unidad policial que hicieron estos funcionarios? Ellos tocaron los vidrios de ambos lados, Carlos bajo la mitad del vidrio, le dijeron que se bajara y el dijo que no por que no estaba haciendo nada malo. ¿Logro verle la cara al funcionario que entablo la conversación? Si, a los dos. ¿Sucedió eso que fue lo siguiente que hizo el señor Carlos? Trato de dar la vuelta pero no puede inmediatamente, sigue intentando dar la vuelta pero ellos si la dieron mas rápido que nosotros, damos la vuelta corre en velocidad con una mano manejaba y con la otra mano hablaba con Wilmer Gerde, sigue conduciendo y en la otra entrada del Barrio el merecure evade otra patrulla. ¿Ustedes se sintieron amenazados cuando este funcionario les dije que allí aparecía gente muerta? Yo me sorprendí cuado me dijo eso. ¿En la persecución escucho algún disparo? No. ¿Para el momento en que impacto la camioneta con la policía les permitía seguir con el recorrido? No nos pedimos mover para ningún lado, el se bajo y dijo tres veces no disparen. ¿Recuerda usted en ese instante donde estaba parado el vehículo escucho algún disparo? No recuerdo. Es todo. La defensa DR. VICTOR ALTUNA, pregunta: ¿Ese día 08-12-05, que horario de trabajo tenia usted? De 08 a 02 de la tarde. ¿Ese día trabajo en la alcaldía? Si, trabaje de las 08 AM, a las 02:00 PM. ¿Después que salio para donde se fue? Fui al Banco a sacar mis aguinaldos. ¿Cómo se contacta usted con el señor Carlos ortega? Estoy parada fuera de mi sitio de trabajo, el me llama y le dijo para donde voy, me dijo que cundo saliera del banco que el me llamaba. ¿Tenia alguna relación sentimental con Carlos Ortega? Objeción de parte del Ministerio Publico. La defensa fundamenta su objeción. El tribunal expone: se trata de unos hechos que constituyen actos tendientes a la determinación de la muerte de la victima y del como suceden los hechos, no ve la relevancia de la relación personal de quien atestigua y la victima, en función de lo cual se releva la testigo de dar respuesta, y se ordena formular una nueva pregunta. ¿Por qué motivo el señor Carlos Ortega la busco ese día? Yo no tenia relación amorosa con Carlos, el era un pretendiente, el me llamo para hablar ma nada. ¿Dónde la busco?; en Mercatradona. ¿le manifestó para donde iba? No. ¿de que conversaron? Que el me llamaba los fines de semana y yo tenia el teléfono apagado, yo le respondió que me iba para el fundo de mi mamà. ¿Las características de los funcionarios que se acercaron al vehículo? El que se le acerco a Carlos es un hombre alto, gordo, de color claro, y el que se me acerco a mi es alto, flaco, moreno. ¿los señores que están sentado aquí fueron los que abordaron el vehículo? No. ¿Exactamente que fue lo que le manifestó el señor Carlos Ortega a los funcionarios? Lo único que le dijo es que no iba a bajar del carro. ¿Usted se puso nerviosa? No, no discutimos con ellos, le dije que no iba a bajar por que no estábamos haciendo nada malo. ¿Usted en hechos anteriores le había sucedido eso y se había negado a bajar de un vehículo? No, primera vez que me sucede eso. ¿Usted señalo que cuando dieron la vuelta bajaron el vidrio y los policías le dijeron algo? Si ellos dijeron que aquí matan la gente y se quedan muertos. ¿El señor Carlos empieza a correr duro? Si. ¿Los funcionarios le sacaron alguna arma? No. ¿Por qué salen corriendo ustedes? No se decirte. ¿Iba alta velocidad? Si. ¿Conocía a los funcionarios que se les presentaron que abordaron el vehículo? No. ¿Después que salen de allí, cruzan palabras? En ningún momento, entre Carlos y yo solo le dije que no corriera en velocidad, y el me dijo que no iba a pasar nada. ¿En que momento llama a Wilmer Gerde? Antes de llegar al primer carrito corolla, el salio y toma su celular y llama a Wilmer. ¿Le comento pro que lo llamaba? En ningún momento. ¿Usted escucho la conversación entre ellos? Solo lo que el hablaba. ¿Qué escucho que decía? En ese momento no recuerdo por que los nervios eran tantos, si se que lo llamo por que el dijo que lo iba a llamar para que venga por nosotros. ¿En que forma estaba arrevesada la patrulla? Ella viene la atravesó, nos quito el paso. ¿Le manifestó algo a Carlos Ortega? Le dije que aquí no nos vamos a salvar. ¿Logro ver a la persona que conducía la patrulla? En ningún momento. ¿La otra patrulla que veían atrás de ustedes todavía venían? Si. ¿Tenían las luces prendidas? Si venían prendidas. ¿Pudo ver a que distancia la patrulla atravesada? A una distancia más o menos. ¿Se atraviesa la patrulla, recuerda si los funcionarios estaban dentro de la patrulla o afuera? Recuerdo que el se baja del carro dijo tres veces y dicen que no disparen, me sacan a mi estaba rodeada de policías que me estaban apuntando, no se cuando recogieron a Carlos. ¿Usted manifestó al tribunal que el vehículo fue neutralizado por el impacto, que el señor Carlos no pretendió seguir adelante, es cierto? Si. ¿Si recuerda eso, como es que no puede recordar quien disparo? Objeción de parte del Ministerio Publico. La defensa contesta la objeción. El juez expone: Observa este tribunal que efectivamente si guarda relación la pregunta con el objeto del controvertido en el presente debate, no ve el tribunal que el Ministerio Publico este entorpeciendo el debate, solamente observa quien aquí se pronuncia que desde su punto de vista el Ministerio Publico hace uso de lo otorgado en el articulo 346 del Código Orgánico Procesal Penal, en todo caso y a objeto de lo que en otras oportunidades se le ha observado al defensor privado se le ordena al mismo que formule las preguntas de manera concreta, de tal forma que no tienda a confundir a la misma. Es todo. ¿Después que sucede la colisión manifestó usted que se golpeo con el parabrisas? Si me golpe. ¿Iban corriendo a alta velocidad? Si. Es todo. La defensa Dr. José Trejo pregunta: ¿Cuál era el temor de Carlos Ortega de los Funcionarios Policiales? No se decir. ¿Hacia donde se dirigía Carlos Ortega? No se decir por que el conducía era el. ¿No le dijo el para donde iban? El solo dijo te bajas en la Alcaldía te bajas y te vas. ¿Usted declaro en PTJ? Estando en la clínica ellos fueron a tomarme la declaración. ¿Qué les manifestó a los funcionaros en esa oportunidad? Como acontecieron los hechos. ¿Desde el momento en que los intercepta la patrulla, que fue lo que sucedió inmediatamente? Carlos bajo del carro y dijo tres veces no disparen, yo perdí el conocimiento a raíz del golpe. ¿fue de relevancia social el hecho que se cometió puesto que usted tenia una relación con algún funcionario policial? El juez expone: se releva de la pregunta a la testigo con función a lo establecido en el artículo 341 del Código Orgánico Procesal Penal. La defensa pregunta: ¿había ingerido bebidas alcohólicas o estupefacientes? En ningún momento. La escabino pregunta: ¿Tú recuerdas cuando el carro llego te partiste la frente? Logro ver que estoy botando sangre. ¿Tu recuerdas si el señor Ortega intento retroceder? En ningún momento intento retroceder, el carro no rodó ni adelante ni atrás. Es todo. El juez pregunta: ¿No recuerda ninguna persona luego del impacto, no recuerda identificar as nadie? No recuerdo. Es todo. El juez expone: El tribunal en virtud de lo avanzado de la hora, se ve en la imperiosa necesidad de suspender la continuación del presente debate. Las partes no tienen objeción. El juez expone: el tribunal suspende la continuación de la audiencia a tenor de lo establecido en el articulo 335 ordinal 2º del adjetivo penal, se ordena la citación de los expertos y testigos inasistentes, fijado para el próximo día 31 de Octubre de 2006, a las 09:30 horas de la mañana. Quedan todos notificados. Ofíciese lo conducente. Es todo termino se leyó y conforme firma.
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO
ABG. SERVIO TULIO HERNANDEZ U.
LOS ESCABINOS
JOKASTA JOSEFINA BOLIVAR (Titular 01)
JASPE ALVAREZ YEREIDA MIGUELINA (Titular 02)
EL FISCAL
ABG. CHAMMEL ARANGUREN ESCALONA
LOS ACUSADOS
LINO JOSE BLANCO,
JOSE RAFAEL DAPKARP BUSTO
LOS DEFENSORES PRIVADOS
DR. VICTOR ALTUNA,
DR. JOSE GREGORIO TREJO
LAS VICTIMAS
MARILYS ALVAREZ,
CARMEN ORTEGA
EL SECRETARIO
ABG. EDWIN BLANCO
Causa: 1M-315-06
STHU/EB..-