REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
En el día de hoy, diecisiete (17) de Octubre del año Dos Mil Seis, siendo las 10:00 horas de la mañana, se constituyo este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Apure, a fin de celebrar audiencia especial de imposición de Nuevo Cómputo de la sanción de Libertad Asistida a cumplir por el adolescente iuris Identidad Omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quien en fecha 08-10-10, fue dado de la 91 Brigada de Caballería Motorizada e Hipomovil, 911 G.C.M.H. “Cnel. Francisco Farfán” con sede en Elorza Municipio Rómulo Gallegos estado Apure, donde se encontraba prestando Servicio Militar y dando cumplimiento a la sanción impuesta, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 646 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente en relación con el artículo 482 en su último aparte del Código Orgánico Procesal Penal. Seguidamente la ciudadana Juez Dra. Nayr Hidalgo de Taquiva, solicita de la secretaria verificar la presencia de las partes, manifestando que se encuentran presentes la Defensora Pública Penal Dra. Darline Rodríguez, el Fiscal Octavo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Apure, Dr. Tomas José Eloy Armas Mata y el adolescente iuris Identidad Omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Acto seguido la ciudadana Jueza le explica al adolescente el motivo de la audiencia y procede a imponer del nuevo cómputo realizado por el tribunal a los fines del cabal cumplimiento de la sanción impuesta la cual deberá cumplir bajo el control y supervisión de la Prof. Nelly de Moreno, Coordinadora de la Unidad de Formación Integral San Fernando estado Apure, faltándole por cumplir UN (1) AÑO, SIETE (07) MESES y DIECISEIS (16) DIAS, debiendo reiniciar la misma en fecha 18 de Octubre de 2006, la cual vence en fecha 03 de junio de 2008. Seguidamente la ciudadana Juez, le cede el derecho de palabra al sancionado a los fines de ser oído, en virtud del carácter educativo del proceso, de conformidad con lo previsto en los artículos 543, de la ley Orgánica Para la Protección del Niño y el Adolescente, en concordancia con los artículos 49 ordinal 5ª de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de las Garantías fundamentales contenidas en los artículos 538 al 546 ambos inclusive de al Ley Especial, quien expone: “Yo estoy dispuesto a seguir cumpliendo la sanción”. Es Todo.”. Acto seguido la ciudadana juez le cede el derecho de palabra a la Defensora Pública de Adolescente ABG: DARLINE RODRIGUEZ, quien oriento a su representado en relación al deber en que se encuentra de dar cumplimiento a la sanción. En consideración a lo precedentemente expuesto este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE LA SECCION RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda: UNICO: Impone del nuevo cómputo del adolescente sancionado iuris Identidad Omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quien fuere sancionado en fecha 21-11-05, a cumplir la sanción de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de DOS (02) AÑOS, de conformidad con lo establecido en los artículos 620 literal “d“ en concordancia con el artículo 626 ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, faltándole por cumplir UN (1) AÑO, SIETE (07) MESES y DIECISEIS (16) DIAS, debiendo reiniciar la misma en fecha 18 de Octubre de 2006, la cual vence en fecha 03 de junio de 2008, comenzándose a contar a partir del día de hoy 18 DE OCTUBRE DE 2006 y se cumplirá bajo la vigilancia y supervisión de la Coordinadora del Servicio de libertad Asistida INAM-APURE, Prof. Nelly de Moreno. Lìbrese oficio respectivo. Quedan notificadas las partes asistentes de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal. Terminó, se leyó, conformes firman:
La Jueza,
NAYR HIDALGO DE TAQUIVA.
FISCAL OCTAVO DEL MINISTERIO PÙBLICO.
DR. JOSÉ ELOY ARMAS MATA.
Identidad Omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente
DEFENSORA PÙBLICA.
DRA. DARLINE RODRIGUEZ.
Secretaria,
ZAIDA SAVERY OCHOA
Causa N° 1E-746-05