REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

En el día de hoy, treinta y uno (31) de octubre del año Dos Mil Seis, siendo las 10:30 horas de la mañana, se constituyo este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal Del Estado Apure, a fin de imponer del Cómputo de las Sanciones impuestas al adolescente Identidad Omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, encontrándose presente el Fiscal Octavo del Ministerio Público DR. TOMAS JOSÈ ELOY ARMAS. En este estado la ciudadana jueza dirigiéndose la audiencia expone dado que no consta en autos resultas de las boletas de notificación libradas en fecha 24-10-06 al adolescente Identidad Omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y la Defensora Pública Penal, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE LA SECCION RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, ACUERDA: UNICO: Fijar nueva oportunidad para Ejecución de la Sanción al referido adolescente para el miércoles 08 DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO, a las 10:00 horas de la mañana. Lìbrese nuevamente boleta de notificación al adolescente sancionado de autos y a la Defensora Pública Penal. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 137 del Código Orgánico Procesal Penal. Quedan notificadas las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, norma supletoria aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente .Terminó, se leyó y firman:
La Jueza,


NAYR HIDALGO DE TAQUIVA.

Fiscal Octavo del Ministerio Público.


DR. TOMAS JOSÈ ELOY ARMAS MATA.




Secretaria,


ZAIDA SAVERY OCHOA.


Causa N ° 1E-757-06.