REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 18 de Septiembre de 2006
196º y 147º
SOBRESEIMIENTO
CAUSA: 1C-8738-06
IMPUTADO: PATRICIA HERNANDEZ MERMEJO Y GONZALEZ PEDRO JOSE
VICTIMA: ROJAS FIGUERA JOSE GREGORIO
DELITO: CONTRA LA PROPIEDAD
PROCEDENCIA: FISCALIA SEGUNDA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Revisada como ha sido la causa N° 1C- 8738-06 y por cuanto la misma se encuentra evidentemente prescrita, es por lo que este Tribunal acuerda se declare el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, donde aparece como imputados: PATRICIA HERNANDEZ MERMEJO Y GONZALEZ PEDRO JOSE, de conformidad a lo previsto en el Artículo 318 Ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa: De la revisión practicada a las actas se evidencia la comisión de un hecho punible, el cual se inicia la presente averiguación el día 18-07-00, donde se visualiza como imputados: PATRICIA HERNANDEZ MERMEJO Y GONZALEZ PEDRO JOSE, como presunto autor de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, donde aparece como victima: ROJAS FIGUERA JOSE GREGORIO.
Verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado; y por otra parte dando cumplimiento a lo establecido en los Artículos 318 Numeral 3º. Ahora bien este Tribunal para decidir observa: por cuanto en la revisión de las actas se evidencia que efectivamente han transcurrido SEIS (06) AÑOS, DOS (02) MESES , de la comisión del delito investigado y cuya acción penal prescribe de conformidad con el artículo 108 Ord. 7° del Código Orgánico Procesal Penal, habiendo transcurrido la prescripción extraordinaria Art. 110 Ejusdem, tiempo mas que suficiente para que se extinga la acción penal por lo que es procedente y ajustado a derecho DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA.
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO por prescripción de la acción penal de la causa signada con el N° 1C-8738-06, seguida en contra de los imputados PATRICIA HERNANDEZ MERMEJO Y GONZALEZ PEDRO JOSE, por la comisión del delito de CONTRA LA PROPIEDAD en perjuicio de ROJAS FIGUERA JOSE GREGORIO conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Y 108 y 110 del Código Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
DRA. WILMER ARANGUREN TOVAR
EL SECRETARIO
ABG. ÁNGEL CAMPOS
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO
ABG. ÁNGEL CAMPOS
Causa Nro. 1C- 8738-06
WAT/AC/maryury
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