REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DE TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.-
SOLICITUD N° 4.827
SENTENCIA DEFINITIVA
MATERIA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTE: FERNANDO RAMON JIMENEZ
ABOGADO ASISTENTE: HUMBERTO CALDERON SILVA
CAPITULO I
TERMINOS DE LA CONTROVERSIA
Vista la anterior solicitud, suscrita por el ciudadano FERNANDO RAMON JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.471.108, y de este domicilio, actuando en este acto en su propio nombre y en representación de los ciudadanos: Vicenta Soraida Figueredo Gallardo, José de Jesús Figueredo Gallardo, Carmen Damiana Figueredo Veliz, Antonio José Figueredo Veliz, José Ramón Figueredo Veliz, José Luis Figueredo Gallardo, Lily Katiuska Jiménez Gallardo, Seyn Wilfredo Jiménez Gallardo, asistidos por el Abogado Luis Humberto Calderón Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.931, mediante la cual han solicitado de este Tribunal les sea declarados como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Decujus CARMEN ELADIA GALLARDO DE JIMENEZ, quien falleció Ab-Intestato el día 02 de Julio del Año 2005, en esta ciudad de San Fernando de Apure. Publicado por la Prensa CARTEL DE NOTIFICACIÓN A CUANTAS PERSONAS TUVIESEN INTERES en dicho proceso, sin que hubiese ocurrido ningún interesado y oídas las declaraciones de los ciudadanos TORTOZA DE ZAPATA FLOR OMAIRA y PAEZ RAMOS JOSE RAFAEL, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad N° 8.168.585 y 9.590.561 respectivamente, quienes declararon que si conocen al solicitante y a los ciudadanos que esta representando; que si conocieron la decujus; que dan fe que la causante fue cónyuge del solicitante y madre de los ciudadanos ya descritos.
CAPITULO II
DECISION EXPRESA, POSITIVA Y PRECISA
Finalmente y por cuanto de estas actuaciones sólo aparece como FERNANDO RAMON JIMENEZ, la ciudadana: MERCEDES ELENA BARRIOS DE SANZ, conjuntamente con sus hijos ciudadanos: Vicenta Soraida Figueredo Gallardo, José de Jesús Figueredo Gallardo, Carmen Damiana Figueredo Veliz, Antonio José Figueredo Veliz, José Ramón Figueredo Veliz, José Luis Figueredo Gallardo, Lily Katiuska Jiménez Gallardo, Seyn Wilfredo Jiménez Gallardo, ampliamente identificados en autos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: bastante y suficientemente las presentes actuaciones a favor del ciudadano: FERNANDO RAMON JIMENEZ, la ciudadana: MERCEDES ELENA BARRIOS DE SANZ, conjuntamente con sus hijos ciudadanos: Vicenta Soraida Figueredo Gallardo, José de Jesús Figueredo Gallardo, Carmen Damiana Figueredo Veliz, Antonio José Figueredo Veliz, José Ramón Figueredo Veliz, José Luis Figueredo Gallardo, Lily Katiuska Jiménez Gallardo, Seyn Wilfredo Jiménez Gallardo, dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando, Estado Apure, a los Veinte (20) días del Mes de Septiembre del Año Dos Mil Seis. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL
DRA. SANDRA NORIEGA DE RIVERO
LA SECRETARIA
ABOG. GRACIELA TORREALBA DE F.
Seguidamente se cumplió con lo ordenado y se devolvió las presentes actuaciones a la solicitante constante de 39 folios.
LA SECRETARIA
ABOG. GRACIELA TORREALBA DE F.
SNDR/GT/cecilia
ABOG. GRACIELA TORREALBA DE F., Secretaria titular del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, CERTIFICA: Que la presente copia Fotostática es fiel y exacta al original de la Sentencia dictada por este Tribunal en esta misma fecha, cursante en la solicitud N° 4.827 de la nomenclatura de este Juzgado que contiene el Juicio de SOLICITUD DE UNICOS Y UNIVERSALES HERDEROS, solicitada por el ciudadano FERNANDO RAMON JIMENEZ. Doy fe de la exactitud de la presente copia la cual expido de orden de este Tribunal de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1° de la Ley de Sellos. En San Fernando de Apure, a los Veinte (20) días del Mes de Septiembre del año Dos Mil Seis. AÑOS: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-
LA SECRETARIA,
ABOG. GRACIELA TORREALBA DE F.
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