REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure

ACTA DE EJECUCIÓN
COMISIÓN N° 6-1874.--

En día de hoy, Veinte de Septiembre del año dos mil seis, siendo las 9:00 a.m; hace acto de presencia el Abogado en Ejercicio MANUEL SALVADOR PEREZ BERDUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 13.489.461, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 91.568, en su condición de Apoderado Judicial de la parte demandante, en la sede de este Despacho, quien solicita el derecho de palabra y concedídole como le fue, expuso: solicito a este Tribunal me haga entrega formal del juego de llaves de cuatro (04) y del Cheque de Gerencia N° 03229391, por la cantidad de UN MILLLON CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.400.000,oo), a la orden de mi representado, de fecha 19 de Septiembre de 2006, del Banco Occidental de Descuento ( b.o.d), las cuales fueron consignadas por ante este Juzgado por la parte demandada asistida de Abogada, en el día de ayer 19-09-2006, es todo. El Tribunal vista la solicitud anterior hecha por el Apoderado Judicial de la parte demandante procede hacer la entrega al referido Apoderado Judicial, antes Identificado de cuatro (04) llaves y de un Cheque de Gerencia N° 03229391, por la cantidad de UN MILLLON CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.400.000,oo), a la orden del ciudadano LUIS GUILLERMO BERDUGO R. de fecha 19 de Septiembre de 2006, del Banco Occidental de Descuento (b.o.d), quien manifiesta recibirlos conformes tanto las cuatro (04) llaves como el Cheque de Gerencia, antes Descrito y no teniendo ninguna otra diligencia que hacer, este Tribunal acuerda remitir el Presente Despacho de Comisión al Tribunal de la Causa con todas sus actuaciones. Terminó, se leyó y conformes firman.- La Juez Prov. Dra. Ligia Puerta Valdez. El Apoderado Judicial. Dr. Manuel S. Perez B. El Alguacil Miguel Ángel Bravo. La Secretaria: Dra. María Milagro Aranguren.-

Com. N° 6-1874.-
Af.-