REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MUÑOZ
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
APURE


Mantecal, 27 de septiembre de 2.006.-
195º y 146º



Exp. N° 262-04.-


PARTES:

Solicitante: MARÍA AUXILIADORA GUEDEZ

Obligado: JOSÉ ALI SOTO REBOLLEDO

Beneficiaria: LAURI ANDREINA SOTO GUEDEZ


Revisada la presente causa, la cual ha sido decidida situación planteada, en fecha veintiocho (28) de septiembre de dos mil cinco (2.005), en donde se puede evidenciar que se trata de un Convenimiento entre las partes involucradas es decir ciudadanos MARIA AUXILIADORA GUEDEZ y JOSÉ ALI SOTO REBOLLEDO, como quiera que la ciudadana MARIA AUXILIADORA GUEDEZ, ha comparecido y ha desistido de su pretensión, esto significa que tanto ella como madre y el obligado se han puesto de acuerdo.-
Lo procedente ordena el archivo de esta causa, por haber pasado este fallo en autoridad de cosa Juzgada, ya que el DESISTIMIENTO se interpreta como la aceptación del dispositivo de dicha decisión.-
De no verse comprometida la seguridad alimentaria de la beneficiada LAURI ANDREINA SOTO GUEDEZ; puesto que sus mismos progenitores ha decidió su futuro; el Tribunal ordena el archivo de la causa por las razones ya expuesta y así se decide.-

D I S P O S I T I V A :


Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, fundamentado en las razones que anteceden, DECLARA: Con lugar el Desistimiento propuesto por la parte actora, ciudadana MARIA AUXILIADORA GUEDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 14.218.379, domiciliada en la Barrio Nuevo, calle principal, casa No. 48 en Mantecal Estado Apure, todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.-
Diarícese, déjese copia, publíquese, cúmplase.-
La Jueza Tit,

Abg. Carmen Dolores Marín
La Secretaria Temp,

Ydania Yusmany Mora García

Nota: Seguidamente se publicó la anterior sentencia, siendo las 10: 00 a.m., del día de hoy 27-09-06.-Conste.-

Ydania Yusmany Mora García
Secretaria Temp.,







CDM/yymg.-
Exp. No. 262-04.-