REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
CORTE DE APELACIONES
San Fernando de Apure, 12 de Abril de 2007
196° y 148°
CAUSA N ° 1Inh 1398-07
PONENTE:
DR. ALBERTO TORREALBA LÓPEZ
MOTIVO:
INHIBICIÓN.
JUEZA INHIBIDA: DRA NELLY MILDRET RUIZ RUIZ
Corresponde a esta Sala Única de la Corte de Apelaciones, conocer sobre la inhibición planteada por la Jueza Primera de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, Dra. NELLY MILDRET RUIZ RUIZ, quien en fecha 21 de Marzo de 2007, señala como causa la norma contenida en el Artículo 86 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal.
La Jueza propone su inhibición en la causa N° 1M 283-06, seguida contra el ciudadano YORVIN JOSÉ LINARES VALDERRAMA, a quien el Ministerio Público le imputó la comisión del delito, VIOLACIÓN Y COOPERADOR EN EL DELITO DE ROBO PROPIO, en perjuicio ROSA CANDELARIA GARRIDO TORREALBA y LUIS EMILIO GALINDEZ, señalando que emitió opinión en la causa al momento de celebrar la Audiencia Preliminar. Se cita:
“ME INHIBO, de seguir conociendo en la causa penal número 1M-283-06, que se le sigue al acusado YORVIS JOSÉ LINARES VALDERRAMA…(omissis)…Estando encargada del Tribunal de Control de este mismo Circuito y Extensión, en fecha 19 de Enero de 2006, realicé la audiencia Preliminar, en la que ordené la Apertura a Juicio Oral y Público, por los mismos delitos por lo que se hizo la acusación Fiscal, habiendo analizado todos los elementos de convicción que serán incorporados en el debate oral y público. …(omissis)…
“
Ante lo producido, la Jueza inhibida estima pertinente y ajustado a derecho, a los fines de garantizar la imparcialidad y transparencia en la presente causa, subsumirse en la norma del artículo 86 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, la cual establece lo siguiente:
“…Omissis…
…7.- por haber emitido opinión en la causa con conocimiento de ella, o haber intervenido como fiscal, defensor, experto, Intérprete o testigo,…(omissis)…
…Omissis…”
Ahora bien, considera esta Sala en el presente asunto, que evidentemente, la referida inhibición está ajustada a derecho en la causal invocada, y de la que se colige, dadas las razones expuestas y regidos por la prueba promovida conforme al artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal, esta Alzada debe declarar Con Lugar la inhibición planteada por la Dra. NELLY MILDRET RUIZ RUIZ, en su condición de Jueza del Tribunal de primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, por haber emitido opinión precedentemente razón por la que pasará a conocer de la misma, otro Tribunal distinto al que produjo la incidencia aquí resuelta, Y así se decide.
DISPOSITIVA:
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la Dra. NELLY MILDRET RUIZ RUIZ, Jueza de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal, Extensión Guasdualito de conformidad con lo previsto en el Artículo 86, numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal.
Diarícese, regístrese, publíquese y remítase copia al Tribunal de la causa y la causa original a Presidencia del Circuito Judicial Pena, a fin de designar un Juez Accidental para su conocimiento.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en San Fernando de Apure a los Doce (12) días del mes de Abril de 2007.
PATRICIA SALAZAR
PRESIDENTA DE LA CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUIDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
ANA SOFÍA SOLORZANO ALBERTO TORREALBA LOPÉZ
JUEZ SUPERIOR JUEZ SUPERIOR
(PONENTE)
NANCY YANEZ
SECRETARIA
Causa N° 1Inh 1398-07
PS/kl.-
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