REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 21 de abril de 2007
197º y 148º



SOBRESEIMIENTO



CAUSA: 1C-1722-02

IMPUTADOS: JOSE RAFAEL SANDOVAL VENTA.-

VICTIMA: DIAMOND MAXIMINO JOSE.

DELITO: CONTRA LAPROPIEDAD (ROBO PROPIO).

PROCEDENCIA: FISCALIA PRIMERA DEL MINISTERIO PÚBLICO.

Visto que en fecha 02-04-2.007, la Fiscal Primera del Ministerio Público, Dra. Carmen Elena Padrón, solicita a este Tribunal, declare el SOBRESEIMIENTO en la causa N° 1C-1722-07, nomenclatura de este Tribunal y la causa N° 04-001-0659-03 nomenclatura de la Fiscalía, donde aparece como imputado: JOSE RAFAEL SANDOVAL VENTA, de conformidad a lo previsto en el Artículo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación. Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa: De la revisión practicada a las actas se evidencia la comisión de un hecho punible, el cual se inicia la presente averiguación el día 13-09-2002. Donde se individualizo al ciudadano JOSE RAFAEL SANDOVAL VENTA, como presunto autor de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD (ROBO PROPIO), Donde aparece como victima: DIAMOND MAXIMINO JOSE.

Cumplidos los supuestos procesales, para que se haga procedente el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, representado en este acto por la Dra. Carmen Elena Padrón, en su carácter de Fiscal Primera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial; verificada como ha sido la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado; y por otra parte dando cumplimiento a lo establecido en los Artículos 318 Numeral 4º. Ahora bien este Tribunal para decidir observa: por cuanto en la revisión de las actas se evidencia que efectivamente han transcurrido: Cuatro (04) años, Siete (07) meses y Ocho (08) días de la comisión del delito investigado y en virtud de que hasta la presente fecha no se han obtenidos nuevos datos, no existiendo razonablemente la posibilidad para incorporar otros elementos de convicción que demuestren la perpetración del ilícito penal objeto del presente proceso por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL.

DISPOSITIVA

En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-1722-02, seguida en contra del imputado: JOSE RAFAEL SANDOVAL VENTA, por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD (ROBO PROPIO), precalificado por el Fiscal del Ministerio Publico en perjuicio de DIAMOND MAXIMINO JOSE, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-

JUEZ PRIMERO DE CONTROL

DRA. YULI BALI ARVELO



EL SECRETARIO,

ABG. EDWIN BLANCO

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.

EL SECRETARIO,

ABG. EDWIN BLANCO




Causa N° 1C-1722-02
YBA/EB/yorman.-