REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO. Guasdualito, Veintiséis (26) de Abril de Dos Mil Siete (2007).
197° y 148°
Visto el escrito de solicitud de permiso presentado por la Defensora público Penal, Abg. Rinalda B. Guevara M., a través del cual solicita le sea otorgado permiso al penado EDGAR JIMÉNEZ BRAVO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.436.899, incurso en la Causa signada con el Nº 1E380-07, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, para trasladarse a la Ciudad de San Cristóbal Estado Táchira, los días comprendidos entre el 25-04-07 y el 27-04-07, a los fines de cumplir con la cita fijada en la Unidad Técnica Nº 03 de Apoyo al Sistema Penitenciario de esa Circunscripción Judicial; este Tribunal acuerda, por no ser contrario a derecho, conceder el referido permiso para el día 27 de Abril de 2007; igualmente oficiar a la Comisaría Policial Nº 02 de esta Localidad informándole del permiso acordado. Líbrese oficios y Boletas de Notificación correspondiente.-
La Juez de Ejecución
ABG. BETTY YANETH ORTÍZ CHACÓN
La Secretaria,
ABG. INDIRA VIVAS
Seguidamente, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
La Secretaria,
ABG. INDIRA VIVAS
BYOCH/IV/mebb.-
Causa 1E380-07.-
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