REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
EXTENSIÓN GUASDUALITO
SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN
Guasdualito, 25 de abril de 2007
195º y 146º
AUDIENCIA DE VERIFICACION DE CUMPLIMIENTO Y REVISION DE MEDIDA
CAUSA Nº 1E15-05.
JUEZ: Abg. Liliam M. Rubio M.
JOVEN SANCIONADO: se omite el nombre del adolescente
FISCAL TERCERO DEL MINISTERIO PÚBLICO: Abg. Jannida Ascanio Pérez.
DELITO: Abuso Sexual a Niño.
VICTIMA: Aydee Yudith Rodríguez
DEFENSOR PÚBLICO PENAL DE ADOLESCENTES: Abg. José Antonio Salcedo.
SECRETARIA: Abg. Karibay Durán E.
En el día de hoy, veinticinco (25) de Abril del año 2.007, siendo las 11:00 de la mañana, oportunidad señalada para llevar a cabo AUDIENCIA DE VERIFICACION DE CUMPLIMIENTO Y REVISION DE MEDIDA, de conformidad con lo previsto en los artículos 647 literales “a” y “c”, de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente en la Causa Nº 1E15-05, instruida contra el joven sancionado: se omite el nombre del adolescente, por el delito de ABUSO SEXUAL A NIÑO, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio de se omite el nombre de la niña. El ciudadano Juez le ordena al Secretario verificar la presencia de las partes, haciendo constar éste la presencia del Defensor Público de Adolescentes Abg. José Antonio Salcedo Márquez; del joven sancionado se omite el nombre del adolescente verificándose la ausencia de la ciudadana Fiscal Tercero del Ministerio Público Abg. Jannina Ascanio Pérez quien se encuentra dentro del Circuito en la continuación de un Juicio Oral y Público. Acto seguido la ciudadana Juez le explica al joven sancionado que el motivo de la audiencia es constatar el cumplimiento de la condiciones impuestas por el Tribunal como son: la prohibición de concurrir a sitios donde expendan bebidas alcohólicas; ha cumplido con lo impuesto por este Juzgado; y la obligación de matricularse en una institución de educación regular; seguidamente el ciudadano Juez preguntó al joven sancionado acerca del cumplimiento de las condiciones antes mencionadas; a lo que contestó: “No he ido a ningún sitio donde vendan bebidas alcohólicas o similares, estoy estudiando en la Misión Robinson, y consigno constancia de estudio expedida por el Coordinador Parroquial y Facilitador de la Misión Robinson y Constancia de Trabajo emanado de la Dirección de Recursos Humanos de la Gobernación”. A lo cual el juez recomienda que resuelva la situación y de no hacerlo tendrá que cursar nuevamente la misión Robinson y consignar constancia de estudios. Seguidamente se le concedió el derecho de palabra al Defensor Público de Adolescente, Abg. José Antonio salcedo, quien solicito copias simples de las actas de la presente audiencia. Acto seguido la ciudadano Juez constata el cabal cumplimiento de las condiciones impuestas por parte del adolescente sancionado y que la fecha de la finalización de la sanción es el día 28 de junio de 2007. De seguido este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: Mantener las medidas impuestas por este tribunal en fecha 28-06-2005, como son la prohibición de concurrir a sitios donde se expendan bebidas alcohólicas y/o cualquier otro tipo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas así como la de matricularse en una institución de educación regular. SEGUNDO: Fijar Audiencia Especial a los fines de informar el cese definitivo de la Sanción para el día 29 de junio de 2007 a las 11:00 horas de la mañana. TERCERO: Se ordena expedir por Secretaría copia simple de la presente acta al representante de la Defensa Pública, Abg. José Antonio Salcedo. Siendo las 11:30 horas de la mañana, se da por concluida la presente audiencia. Cúmplase. Terminó, se leyó y conformes firman.-
La Juez;
Abog. Liliam M. Rubio M.
Fiscal III del Ministerio Público,
Abg. Jannina Ascanio.
(Ausente)
Defensor Público Penal de Adolescentes,
Abg. José Antonio Salcedo
Adolescente Sancionado,
se omite el nombre del adolescente.
La secretaria,
Abg. Karibay Durán E.
Causa Nº 1E15-05
LMR/KDE.-
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