REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO, (26) DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL SIETE (2.007).-
196° y 147°
Visto el presente expediente que cursa el Despacho de Convenio de Obligación suscrito por los ciudadanos: AMARILIS EMPERATRIZ SILVA FUENTES y FRANKLIN ALEXANDER BOLIVAR CORDERO, a favor de su Hijo: (Se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), ante la Fiscalia Sexta y remitido a este Despacho a los fines de efectuar la Homologación respectiva, - En consecuencia, Por cuanto se observa que los beneficiarios sujetos en la presente causa mantienen su domicilio en la Población de Biruaca, Municipio Biruaca de esta Circunscripción Judicial, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Régimen Atributivo de Competencia establecido en la Resolución 1.278, de fecha 22-08-2.000, publicado en la Gaceta Oficial N° 37.036 de fecha 14/09/2.000, para los asuntos alimentarios a los Tribunales de Municipios, en consecuencia, se Declina Competencia para seguir conociendo la presente causa al Juzgado del Municipio Biruaca de esta Circunscripción Judicial con sede en Biruaca.- Remítase Expediente. Cúmplase. Líbrese lo conducente.-
El Juez Prov.,
Dr. CASTOR JOSE UVIEDO
El Secretario,
Abg. RAMON RIVAS LORETO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-
El Secretario,
Abg. RAMON RIVAS LORETO
CJU/RARL/Freddys.-
Exp. 15.096.-
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