REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
San Fernando de Apure, 03 de Abril de 2007
196° y 148°
Luego de la revisión exhaustiva realizada al presente expediente, y siendo la oportunidad procesal para dictar sentencia en la presenta causa, este Tribunal observa lo siguiente: Primero: Que se evidencia de los anexos acompañados al libelo de la presente demanda, que el ciudadano EDUARDO MIGUEL CARRASQUEL OREA nació en la ciudad de Caracas (constancia de nacimiento expedida por la Maternidad Concepción Palacio y constancia expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital cursante al los folios 3 y 5), en fecha 27 de Noviembre de 1987. Segundo: Esta Juzgadora observa, que en el libelo de la demanda el solicitante indica: “…Nací en la ciudad de Caracas en la Maternidad Concepción Palacio …”, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 769 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 445 del Código Civil, declara que este Tribunal NO ES COMPETENTE POR RAZÓN DEL TERRITORIO para decidir la presente causa, en tal virtud y por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal DECLINA COMPETENCIA al JUZGADO DISTRIBUIDOR DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, razón por la cual se ordena remitir en su oportunidad el presente expediente con oficio, al Juzgado considerado competente por este Tribunal, de conformidad con el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, y así se decide. Líbrese oficio.

La Jueza,

Dra. ANAID HERNANDEZ ZAVALA.
La Secretaria.,

Abg. AURI TORRES.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

La Secretaria,