REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



Juzgado del Municipio San Fernando
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure


EXPEDIENTE: Nº. 2.005 -3.984.

DEMANDANTE: IRIS COROMOTO MAS BRAVO
Asistida por el Abog. MARCOS GOITIA.

DEMANDADO: MELITZA BACALAO LOPEZ.-

MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES INT.

FECHA DE ENTRADA DEL
EXPEDIENTE: 20-07-2005.

Al folio 35 del expediente Nº 2.004-3.984 cursa un auto dictado por este Tribunal, ordenando computar el tiempo transcurrido desde el día 08 de Diciembre de 2005, fecha esta contentiva de la última actuación que corre inserta a los folios 14 y 16 del Cuaderno de Medidas, computo este que se hizo por Secretaría, resultando que entre ambas fechas señaladas ha transcurrido un lapso de UN (1) AÑOS, CUATRO (4) MES, y OCHO (8) DIAS.-

El Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en su primera parte establece: “TODA INSTANCIA SE EXTINGUE POR EL TRANSCURSO DE UN AÑO SIN HABERSE EJECUTADO NINGUN ACTO DE PROCEDIMIENTO POR LAS PARTES. LA INACTIVIDAD DEL JUEZ, DESPUÉS DE VISTA LA CAUSA, NO PRODUCIRA LA PERENCION.” A su vez el articulo 269 ejusdem dispone: “LA PERENCION SE VERIFICA DE DERECHO Y NO ES RENUNCIABLE POR LAS PARTES. PUEDE DECLARARSE DE OFICIO POR EL TRIBUNAL Y LA SENTENCIA QUE LA DECLARE, EN CUALQUIERA DE LOS CASOS DEL ARTICULO 267, ES APELABLE LIBREMENTE.” En consecuencia, habiéndose comprobado plenamente de los autos, que ha transcurrido el lapso legal para que opere y se declare de oficio la Perención en la presente causa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, así se declara y por lo tanto extinguida la Instancia en el Juicio de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, seguido por la ciudadana IRIS COROMOTO MASS BRAVO, asistida por el Abogado en ejercicio ciudadano MARCOS GOITIA, contra de la ciudadana MELITZA BACALAO LOPEZ.- En cuanto a la Medida Provisional de Embargo decretada por este Tribunal en fecha 20-07-2.005, se deja sin efecto.-


De conformidad con las disposiciones del Artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese a la parte demandante mediante boleta.

PUBLIQUESE, REGISTRESE NOTIFIQUESE Y DEJESE COPIA

Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Dieciseis (16) días del mes de Abril del año dos mil siete.- Años: 196º de la Independencia y 148º de la Federación.

La Juez Temp.,


Abog. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ


La Secretaria,


Abog. LUZ MARINA SILVA.-









Ajc.-


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



Juzgado del Municipio San Fernando
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure

San Fernando de Apure, 16 de Abril de 2.007.-

196º y 148º

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

SE HACE SABER:

A la ciudadana IRIS COROMOTO MASS BRAVO, asistida por el Abogado en ejercicio ciudadano MARCOS GOITIA, contra de la ciudadana MELITZA BACALAO LOPEZ, en el Juicio de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, que este Tribunal, por decisión dictada en esta misma fecha, declaró la PERENCION DE LA INSTANCIA Y EXTINGUIDO EL PROCESO, de conformidad con lo establecido en el en Artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.

Notificación que hago a usted, de conformidad con el Artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
Conforme a lo establecido en el Artículo 233 del citado Código, la presente Boleta será dejada por el Alguacil de este Tribunal en el domicilio de la parte notificada, y de estas actuaciones dejará expresa constancia en el expediente la Secretaria del Tribunal.

La Juez Temp.,


Abog. EUMELY J. SÁNCHEZ MARTINEZ.

La Secretaria,


Abog. LUZ MARINA SILVA.-

Domicilio: Calle Chimborazo Nº. 08, en esta ciudad de San Fernando de Apure. Ajc.-