REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
ACTA DE EJECUCIÓN
COMISIÓN N° 07-1933.-
En día de hoy, veintiséis de Abril del año dos mil siete, siendo las 9:45 a.m., conforme a lo acordado en el auto anterior, se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en el inmueble ubicado en la Calle Principal del Barrio Antonio José de Sucre, casa N° 07, de esta ciudad de San Fernando, Estado Apure, con la finalidad de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, librada en el Juicio de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN, seguido por el ciudadano MANUEL ALEJANDRO SOLORZANO ZERPA, contra el ciudadano RAFAEL JESUS RODRIGUEZ VILLAZANA para Ejecutar la Medida de Embargo Preventivo, decretada por el comitente. Se notifica de la misión del Tribunal previa lectura del Despacho de Comisión a los ciudadanos MARIA ELIZABETH FUENTES BRITO y ALEX ENRIQUE FUENTES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nros 12.323.435 y 4.671.485, respectivamente, quienes manifestaron ser la Primera el concubino y el Segundo el propietario del inmueble donde se encuentra constituido este Tribunal. En este estado hace acto de presencia la ciudadana ARCELIA JUDITH BRITO DE FUENTES, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 1.567.659, quien manifiesta ser la propietaria del inmueble donde se encuentra constituido este Tribunal. Se encuentran tres (03) funcionarios Judiciales. Presente el ciudadano MANUEL ALEJANDRO SOLORZANO ZERPA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 11.238.044, en su condición de parte actora asistido por el Abogado en ejercicio PEDRO MANUEL SOLORZANO MIRABAL, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 2.233.168. Inscrito en el Inpreabogado 7.647, quien solicita el derecho de palabra y concedídole como le fue, expuso: señalo para ser embargados los bienes muebles que se encuentran dentro del inmueble ubicado en la calle principal del Barrio Antonio José de Sucre, casa N° 07, de esta ciudad de San Fernando, Estado Apure, tales como: aparatos de aires acondicionados, nevera, lavadora, juego de cuarto, juego de muebles de recibo, etc; a los fines de ser Embargados por este Tribunal, es todo. Solicita el derecho de palabra la notificada ciudadana ARCELIA JUDITH BRITO DE FUENTES, antes identificada asistida por el abogado en ejercicio JESUS DEL VALLE ABANO CASTILLO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 10.617.700, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 109.749, y concedídole como le fue, expuso: procedo en este acto hacer oposición del embargo solicitado sobre todos los bienes muebles señalados en virtud de que los mismos son de mi propiedad los cuales se encuentran dentro del inmueble que me pertenecen según documentos de propiedad registrados bajo el N° 67, folio 132 y 134 protocolo primero, tomo primero, tercer Trimestre del año, 1996, del Registro Subalterno Municipio San Fernando, Estado Apure, el cual pongo a la vista del Tribunal es todo. El Tribunal visto el documento presentado por la notificada el Tribunal suspende la Ejecución de la presente Medida. Es todo. La parte actora asistida de Abogado, solicita el derecho de palabra y concedídole como le fue, expuso: vista la inejecución del mandato de la causa y como quiera que no se cumplió la Medida de Embargo, pido al Tribunal se deje abierto la posibilidad de seguir señalando y embargando los bienes propiedad del demandado, es todo. El Tribunal vista la solicitud hecha por la parte actora asistida de Abogado, accede a lo solicitado y no teniendo ninguna otra diligencia que hacer, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural, siendo las 11:00 a.m.-Término, se leyó y conformes firman.- La Juez Temp. Dra. Belkis Delgado. La parte actora y su Abogado Asistente, Manuel Alejandro Solórzano. Dr. Pedro M. Solórzano. Los notificados, y el Abg. Asistente, Maria Elizabeth Fuentes. Alex. E. Fuentes. Arcelia Brito de Fuentes. El Jefe de la Com. Policial, Yimy Aguilar. S/2 do C.I. 12.900.286. EL Alguacil Miguel Angel Bravo. La Secretaria., Dra. Maria Milagro Aranguren.-
Com. N° 7-1933.-
AF.-