REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA


CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
San Fernando de Apure, de 24 de Abril de 2.007
197º y 148º

AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN DE IMPUTADO

CAUSA N° 2C-9.300- 07
JUEZ : ABG. SERVIO TULIO HERNÀNDEZ
PROCEDENCIA: FISCALIA UNDECIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO. DR. LIRIO GARCIA
DEFENSOR PRIVADO: ABG. OSCAR LEONARDO HERES
VÍCTIMA : EL ESTADO VENEZOLANO
SECRETARIO: ABG. MARIA ALEJANDRA OSTO
IMPUTADO (S) ROJAS RIVERO JOSE RAFAEL, Titular de la Cedula de Identidad Nº 14.343.007, de estado civil soltero, de profesión u ocupación Pescador residenciado en: El sombrerito, cerca de la escuela el Saman de Portuguesa Calle Principal dos Casas después de la escuela. Jurisdicción Camaguán Estado Guarico. RUBEN ALCIDES RIVERO Titular de la Cedula de Identidad Nº 12.583.811, de estado civil soltero, de profesión u ocupación Pescador residenciado en: El sombrerito, cerca de la escuela el Saman de Portuguesa Calle Principal seis casas después de la escuela. Jurisdicción Camaguán Estado Guarico
DELITO LEY PENAL DEL AMBIENTE
En el día de hoy, Veinticuatro (24) de Abril de 2.007, siendo las 9:00 horas de la mañana, se constituyó este Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Control N 2° del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, a los fines de celebrar la Audiencia de presentación de los Imputados ROJAS RIVERO JOSE RAFAEL, Titular de la Cedula de Identidad Nº 14.343.007, RUBEN ALCIDES RIVERO Titular de la Cedula de Identidad Nº 12.583.811, por la presunta comisión de uno de los delitos CAZA Y DESTRUCCION EN AREAS ESPECIALES Y ECOSISTEMAS Y PESCA ILICITA previstos y sancionados en la norma Ley Penal del Ambiente; en consecuencia de conformidad con lo previsto en el artículo 137 del Código Orgánico Procesal Penal, se le informa al imputado que tiene derecho a nombrar un abogado de su confianza como su defensor, el imputado manifiesta que tiene defensor Privado y encontrándose presente el Abogado OSCAR LEONARDO HERES, a quien el Tribunal le tomo el juramento de ley, y se comprometió a cumplir bien y fielmente con las obligaciones inherentes al cargo para el cual fue designado.