REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

Definitivamente firme como ha quedado el fallo condenatorio inserto a los folios 117 al 126 recaído en la presente causa contra el ciudadano: JESUS ALBERTO CHAVEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.000.551, residenciado en el Barrio Guasimo 02, calle principal, casa Nº 07 en este Estado Apure; condenados a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS y CUATRO (04) MESES Y TRES (03) DIAS DE PRISION por la comisión del delito de ROBO EN GRADO TENTATIVA Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el articulo 455 y 277 concatenado con el 82 del Còdigo Penal Venezolano, en decisión dictada por el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure en fecha 26-03-2007.
Este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA la Ejecución de la Pena de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal. En los términos siguientes:

PENADO: JESUS ALBERTO CHAVEZ
DELITO: ROBO EN GRADO TENTATIVA y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO
PENA IMPUESTA: TRES (03) AÑOS y CUATRO (04) MESES Y TRES (03) DIAS DE PRISION
TIEMPO DETENIDO: CUATRO (04) MESES Y (15) DÍAS
FALTA POR CUMPLIR: DOS (02) AÑOS, (08) OCHO MESES Y (15) QUINCE DÍAS
BENEFICIOS QUE LE CORRESPONDE SEGÚN EL TIEMPO DE CUMPLIMIENTO DE LA PENA IMPUESTA LOS SIGUIENTES:
DESTACAMENTO DE TRABAJO: CUANDO TENGA ¼ DE LA PENA 10-11-2007 A LAS 12:00 AM.
REGIMEN ABIERTO: 21-01-2008 A LAS 2:00 AM.
LIBERTAD CONDICIONAL: 01-03-2009 A LAS 4:00 AM.
CONFINAMIENTO: 12-06-2009 A LAS 9:00 PM.

Notifíquese a las partes de la presente decisión, Remítanse Copias Certificadas del presente auto al Director del Internado Judicial, División de Antecedentes Penales del Ministerio de Interior y Justicia. Librese Boleta de Traslado para imponer al penado. Ofíciese lo conducente. Cúmplase

EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN


DRA. ELVIA CASTILLO RODRIGUEZ