REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
ACTA DE CONSTITUCION DEL EXP. Nº 1M-402-08
En el día de hoy, Nueve (09) de Abril del dos mil ocho, siendo las 03:00 horas de la tarde, oportunidad fijada por este Tribunal para que tenga lugar el acto de constitución del Tribunal Mixto que ha de conocer la causa N° 1M-402-08, llevada por este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, seguida contra de los ciudadanos HENRY ADELIZ SEIJAS, VICENTE ANTONIO CALDERON SEIJAS, HENRY JOSE SALINAS y ALEJANDRO GENDE RODRIGUEZ, por el delito de DEGRADACION DE SUELOS TOPOGRAFIAS, y PAISAJES, y ACTIVIDADES EN AREAS ESPECIALES O ECOSISTEMAS NATURALES, previsto y sancionado en los artículos 43 segundo parágrafo y 58 de la Ley penal del Ambiente, en perjuicio del Estado Venezolano, Seguidamente la ciudadana Juez declara abierta la audiencia, compareciendo previas notificaciones las ciudadanas escabinos: RACHADELL ARMAS JARET LUPERMAR, y GONZALEZ DE BOLIVAR OGLIS NAIBEL, los acusados VICENTE ANTONIO CALDERON SEIJAS, HENRY JOSE SALINAS y ALEJANDRO GENDE RODRIGUEZ, quienes se encuentran asistidos del defensor privado FRANCISCO ESTRADO, el Fiscal Undécimo del Ministerio Público AB. LIRIO GARCIA, más no así el acusado HENRY ADELIZ SEIJAS, manifestando su defensa que el mismo se encuentra mal de salud, debido a que tiene un problema hepático, y posteriormente consignara un informe medico; de igual forma se observa la incomparecencia del resto de los escabinos. De seguida se le concede el derecho de palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien expone: “el Ministerio Publico en este acto no tiene ninguna objeción. Es todo”. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la defensa privada AB. FRANCISCO ESTRADA, quien expone: “En virtud de que las escabinos no están inmersas de ninguna de las causales, no tengo objeción alguna y quiero hacer la observación de que mi defendido HENRY ADELIZ SEIJAS, tiene un problema hepático y presentare posteriormente un informe medico ante el Tribunal. Es todo.” Acto seguido la ciudadana Juez impuso a los presentes del motivo de su comparecencia. Solicito del Alguacil de sala las cédulas de identidad de los Escabinos para sus plenas identificaciones. La Juez solicita a la secretaria de sala la lectura de las causales de inhibición, recusación o excusa, establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal, e interrogo a cada uno de los Escabinos referente a si tienen inconveniente para constituirse como Escabinos, a lo que manifestaron cada uno de ellos por separados no tener impedimento o excusa para fungir como Escabinos. En consecuencia queda constituido el Tribunal de la siguiente manera: RACHADELL ARMAS JARET LUPERMAR (PRINCIPAL), y GONZALEZ DE BOLIVAR OGLIS NAIBEL (PRINCIPAL). Una vez constituido el Tribunal Mixto, el juez hace la observación en el sentido que por cuanto tribunal cuenta con una sola sala de Juicio, y en virtud del calendario de juicios previamente fijados por este despacho, se fija la fecha para el día 30-04-2008 a las 02:30 horas de la Tarde, la celebración del Juicio Oral y Público en la presente causa. Notifíquese a las partes. Cítese a testigos y expertos. Realícese todo cuanto sea necesario para la celebración del Juicio. Quedan notificados los Escabinos. Siendo las 04:00 horas de la tarde, dio por concluido el acto. Termino, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO
NORKA MIRABAL RANGEL
LOS ESCABINOS:
RACHADELL ARMAS JARET LUPERMAR
GONZALEZ DE BOLIVAR OGLIS NAIBEL
LOS ACUSADOS:
VICENTE ANTONIO CALDERON SEIJAS HENRY JOSE SALINAS
ALEJANDRO GENDE RODRIGUEZ
EL DEFENSOR PRIVADO:
AB. FRANCISCO ESTRADA
LA SECRETARIA:
AB. TAIBETH CASTELLANO
EXP. Nº 1M-402-08
NMR/TC.-