REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO,
TREINTA (30) DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL OCHO (2.008).-


198° y 149°

Vista la diligencia inserta al folio 16 de los autos de fecha 17-04-08, suscrita por la ciudadana PETRA ESMERALDA DELGADO HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.902.763, mediante la cual la referida ciudadana DESISTE del presente procedimiento de Colocación Familiar a favor de su hermano materno (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), en consecuencia, esta Sala de Juicio N° 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure con sede en San Fernando de Apure, Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, HOMOLOGA dicho desistimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente respectivo.- Cúmplase.-
La Juez Unipersonal Nº 1.,

Dra. MARGARITA CASTILLO
El Secretario.,

Abg. ERNESTO LUIS BOCANEY
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-
El Secretario.,

Abg. ERNESTO LUIS BOCANEY


MC/homer.-
Exp. N° 16.335.-