REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN CAUSA 2C- 10.658-08

En el día de hoy, TREINTA (30) de Abril de 2008, siendo las 2:00 horas de la tarde, oportunidad a realizarse la presente, se constituyó este Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Control N 2° del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, a fines de celebrar la Audiencia de presentación del Imputado ANGEL ALBERTO GIL HERNÁNDEZ, a quién se le sigue averiguación Penal por la presunta comisión del delito Contra las personas. El ciudadano Juez verifica por intermedio de la secretaria de Sala de este Tribunal la presencia de las partes quien manifiesta que se encuentra presente la Fiscal Primera del Ministerio Público DRA. CARMEN ELENA PADRÓN, Defensores Público y el imputado ANGEL ALBERTO GIL HERNÁNDEZ. Seguidamente el ciudadano Juez le impone a los imputados de autos respecto al derecho contemplado en el artículo 137 del Código Orgánico Procesal Penal, se le informa que tienen derecho a nombrar un abogado de su confianza y sino lo hace el Juez le designará un Defensor Público; los mismos manifestaron no tener defensor y estando presente el Dra. LUISA PANTOJA, Defensor Público, acepta la defensa y jura cumplir bien y fielmente con el cargo para el cual ha sido designado En consecuencia, el ciudadano Juez declara abierta la audiencia, se le concede el derecho de palabra a la Fiscal Primero del Ministerio Público expone: “Esta representación fiscal hace formal presentación del ciudadano ANGEL ALBERTO GIL HERNÁNDEZ , el cual fue aprehendido en circunstancias de tiempo, lugar y modo descritas en el acta policial, donde los funcionarios policiales dejaron constancia que en el sector denominado Los Guires del Municipio Pedro Camejo Estado Apure donde presuntamente se encontraban los sujetos, los cuales presuntamente habían herido por Arma de fuego al ciudadano ISRRAEL ANTONIO DOMINGUEZ, en la población de San Rafael de Atamaica Estado Apure, una vez presentes en el sitio, se entrevistamos con el ciudadano REYES MIGUELRODRIGUEZ, quien es Comisario de Campo de la zona y el ciudadano , vecino de la zona, quien manifestó que por ese lugar se encontraban merodeando dos sujetos que nunca los habían visto por esos lugares y estos sujetos se habían internado en la zona boscosa del lugar, procedieron a la búsqueda de los mismos ya que presumieron que eran los sujetos que habían herido con un Arma de Fuego al ciudadano ISRRAEL ANTONIO DOMINGUYEZ, cursa en expediente Reporte de Accidente suscrito por el Comandante del Puesto de San Rafael de Atamaíca por lo antes narrado precalifico el hecho como LESIONES PERSONALES GRAVES, tipificado en el artículo 415 del Código Penal.. Así mismo solicito se decrete la aprehensión en flagrancia de conformidad con el 248 del Código Orgánico Procesal Penal De igual forma solicitando se prosiga la presente investigación por el Procedimiento Ordinario de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo solicito se le acuerde Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad 256 ordinal 3 y 9 ejusdem. Seguidamente conforme a lo establecido en los artículos 125 ordinales 1° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal articulo 49 numeral 5° de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y 131 y 133 del Código Orgánico Procesal Penal, se hace la advertencia preliminar al imputado, en el sentido de que no está obligado a declarar en causa propia y en caso de consentirlo a no hacerlo bajo juramento, se les explico el hecho que se le atribuye con las circunstancias de tiempo, lugar y modo de comisión, se le comunica el derecho que tiene a declarar quien libre de juramento, presión, coacción y apremio al imputado ciudadano ÁNGEL ARTURO GIL HERNÁNDEZ, manifestando: “No voy a declarar y encomiendo a mi defensor para que haga los alegatos convenientes” . Es todo. De seguida la abogada LUISA PANTOJA, Defensor Público expuso: “Vista la exposición de la representación fiscal y por cuanto considera que su pedimento beneficia a mi representado, ratifico el mismo respecto a la Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad de conformidad con el artículo 256 ordinal 3 y 9 de Código Orgánico Procesal Penal Es todo. Acto seguido el ciudadano Juez expone: “Oída como ha sido la exposición la representación fiscal como de la defensa este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley ACUERDA::
PRIMERO: Se decreta la aprehensión en flagrancia, en contra del ciudadano ÁNGEL ALBERTO GIL HERNÁNDEZ de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico procesal Penal, ello en perjuicio de DOMINGUEZ ISRRAEL ANTONIO, se acepta las precalificación dada por el Ministerio Público.
SEGUNDO: Se decreta el Procedimiento Ordinario de conformidad con el artículo 248 de l Código Orgánico procesal Penal.
TERCERO: Se acuerda lo solicitado por el Representante del Ministerio Público y ratificado por la defensa respecto a la Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad de conformidad con el artículo 256 ordinal 3 y 9 de Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se le impone al imputado de la Medidas cautelar, es decir, presentación ante el Área de Alguacilazgo cada QUINCE DIAS (15) días y no frecuentar en lugares donde se encuentre la víctima. Se acordó librar la correspondiente boleta de libertad a la Comandancia General de Policía de esta ciudad Remítanse las presentes actuaciones inmediatamente, a la Fiscalía de Origen, a los fines que continúe con la investigación correspondiente. Terminó, se leyó y firman

JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

DRA. NATALY PIEDRAITA.




LA FISCAL PRIMERO M.P.

DRA. CARMEN ELENA PADRÓN

LA DEFENSAPUBLICA

DRA. LUISA PANTOJA

EL IMPUTADO

ANGEL ARTURO GIL HERNÁNDEZ

LA SECRETARIA,

NANCY YÁNEZ