REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN GUASDUALITO.
CAUSA 1C4430-07
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL. CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE EXTENSIÓN GUASDUALITO. Guasdualito, 06 de Agosto de 2008.
198° y 149°
Estando este Tribunal en la oportunidad legal prevista en el artículo 177 el Código Orgánico Procesal Penal, de fundamentar la decisión de FIJACIÓN DE PLAZO al Ministerio Público para presentar acto conclusivo de la investigación, en la presente causa 1C4430-07, instruida en contra de los imputados CARLOS ALBERTO FLORES NIEVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-18.846.637, nacido el 28-02-89, en Guasdualito Estado Apure, Barrio San José, casa No. 04, 0414-4746275, hijo de Freddy Alberto Flores, y María Judith Nieva, FIGUEROA MALDONADO FANOR MEDARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.488.892, nacido el 26-05-85, en Guasdualito Estado Apure, residenciado en la Urb. Cabanerio, antiguos Bomberos, casa S/N, 0414-7502012, hijo de Egla Edelmira Maldonado Chacón, y Medardo José Figueroa, MACUALO FLORES GILBER ALEXANDER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.196.496, nacido el 26-08-76, en Guasdualito Estado Apure, residenciado en Barrio San José, casa No. 04, 0414-4746275, hijo de Aiuda Flores, y Jerónimo Macualo, FREDDY ESEQUIEL INFANTE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.602.601, nacido el 25-11-79, en Guasdualito Estado Apure, residenciado en Barrio Táchira casa No. 72-34, 0414-7050313, hijo de José Infante, y Petra Hernández, GOMEZ CAÑA MARÍA MARGARITA, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-19.731.244, nacida el 12-10-83, en Guasdualito Estado Apure, residenciada en Limoncito, al final del Barrio, S/N, 0414-7202154, hija de Luís Gómez, y Ana Cañas, MACUALO LUIS FERNANDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.547.916, nacido el 03-03-81, en Guasdualito Estado Apure, residenciado en Barrio Táchira, casa No. 1-77, 0278-3320878, hijo de Luis Felipe Velázquez, y Luz Irene Macualo, YISNIEL RUIZ FLORES ARISTÓBULO, indocumentado, dice ser, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.488.379, nacido el 11-09-79, en Guasdualito Estado Apure, residenciado en el barrio el Diamante, dos casas más adelante después del DIM, 0426-9713578, hijo de María Flores y Aristóbulo Ruiz. A los fines de decidir, observa:
PRIMERO: Que en fecha 01 de octubre de 2007, la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, representada por la Abg. Helenny Johann Guilarte, colocó a disposición de este Tribunal a los imputados Carlos Alberto Flores Nieva, Figueroa Maldonado Fanor Medardo, Macualo Flores Gilber Alexander, Freddy Esequiel Infante Hernández, Gómez Cañas María Margarita, Macualo Luís Fernando y Yisniel Ruiz Flores Aristóbulo, ya identificados, por estar presuntamente incursos en la comisión de uno de los delitos Contra el Orden Público, en perjuicio del Estado Venezolano.
Convocada la audiencia para Fijación de Plazo al Fiscal del Ministerio Público, a fines de presentar acto conclusivo, se le concede la palabra a la Defensora Pública Abg. Rinalda Guevara, quien manifiesta que ratifica escrito presentado por el Defensor Público Abg. Oscar Parra en fecha 01-04-2008, en el cual entre otras cosas solicita se le fije un plazo al Ministerio Público a fines de que concluya la investigación en el presente caso, ya que han transcurrido más de seis meses desde la individualización de los imputados, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal; con relación a la solicitud de revisión de medida, en esta parte no es ratificado el escrito en este acto, por cuanto ya el Tribunal se pronunció al respecto, y esa defensa solicita se le fije un plazo de 30 días al Ministerio Público.
Previa las formalidades de ley, se les concede el derecho de palabra a los imputados Carlos Alberto Flores Nieva, Macualo Flores Gilber Alexander, Freddy Esequiel Infante Hernández, Gómez Cañas María Margarita, y Yisniel Ruiz Flores Aristóbulo, quienes manifiestan “no tener nada que declarar”.
SEGUNDO: Se le concede el derecho de palabra al Fiscal Auxiliar Tercero del Ministerio Público Abg. Diógenes Tirado, quien manifiesta que una vez oído lo expuesto por la Defensa Pública, solicita un plazo de 40 días a fines de presentar el respectivo acto conclusivo
TERCERO: Este Tribunal entra a analizar la presente causa a los fines de determinar si efectivamente han transcurrido los seis meses desde la individualización de los imputados, observando que los ciudadanos imputados fueron aprehendidos en fecha
30 de septiembre del año 2007, por lo que desde esa oportunidad hasta el día de hoy que se celebra esta audiencia, efectivamente han transcurrido más de seis meses desde la individualización de los imputados, por lo que se hace procedente declarar con lugar la solicitud realizada por la Defensa Pública.
CUARTO: Es por todo lo antes analizado, que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de la Defensa Pública, de que se fije un plazo al Ministerio Público para que presente el correspondiente acto conclusivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Penal, en consecuencia, se fija un plazo de 30 días al Fiscal del Ministerio Público de treinta (30) días para que presente el correspondiente acto conclusivo, lapso que comenzará a transcurrir una vez que sea recibida la causa en la Fiscalía del Ministerio Público. Se acuerda la remisión de la causa a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público. Cúmplase.-
LA JUEZ DE CONTROL,
Dra. NELLY MILDRET RUIZ RUIZ
LA SECRETARIA,
Abg. XIOMARA PEÑA R.
Causa 1C4430-07.-