REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN GUASDUALITO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
EXTENSIÓN GUASDUALITO

SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN


Guasdualito, 13 de Agosto de 2008
198º y 149º


ACTA DE AUDIENCIA DE IMPOSICIÓN DE MEDIDAS.
CAUSA Nº 1E27-08.

JUEZ: Maraly K. Olivares R.
ADOLESCENTE SANCIONADO (A): (SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN DE LA ADOLESCENTE POR MANDATO EXPRESO DEL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE),
FISCAL AUXILIAR DUODÉCIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO: Abg. Carlos Izarra.
DELITO: Uso de Documento Falso.
VICTIMAS: El Estado Venezolano.
DEFENSOR PÚBLICO PENAL DE ADOLESCENTES: Abg. José Antonio Salcedo.
SECRETARIO: Abg. Anyela L. Vargas.

En el día de hoy, Miércoles trece (13) de Agosto del año 2.008, siendo las 02:30 horas de la tarde, previo lapso de espera, oportunidad señalada para llevar a cabo AUDIENCIA DE IMPOSICIÓN DE MEDIDAS para el cumplimiento Amonestación e Imposición de Reglas de Conducta, de conformidad con lo previsto en los artículos 623 y 624 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente en la Causa Nº 1E27-08, instruida contra la ciudadana adolescente sancionada (SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN DE LA ADOLESCENTE POR MANDATO EXPRESO DEL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), , por la comisión del delito de uso de documento falso, previsto y sancionado en el artículo 320 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del Estado Venezolano.
Se constituye este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, a cargo de la ciudadana Juez Abg. Maraly K. Olivares. R. Acto seguido la ciudadana Juez le ordena a la Secretaria verificar la presencia de las partes, haciendo constar ésta la presencia del ciudadano; Defensor Público de Adolescentes, Abg. José Antonio Salcedo y la ausencia del Representante del Ministerio Público aún cuando fue debidamente notificado, se encuentra ausente la sancionada Johana Catherine Lemus quien fue notificada telefónicamente a través de su esposo. Y su representante Legal que no fue notificada. Seguidamente la ciudadana Juez expone a la parte presente, Defensor Público de Adolescentes, Abg. José Antonio Salcedo, vista la incomparecencia de las partes no es posible la realización de la presente audiencia, por cuanto es imprescindible la presencia de la adolescente en el Tribunal para imponerle las sanciones. Se le concede el derecho de palabra al ciudadano Defensor Público, Abg. José Antonio Salcedo quien manifiesta no tener nada que objetar y solicita a este Tribunal copias simples de la presente acta. Motivo por el cual se difiere la audiencia para el día miércoles 24 de septiembre a las 2 y 30 minutos de la tarde. Y Así se decide.
En consecuencia este Tribunal de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: Primero: DIFERIR La celebración de la audiencia de Imposición de condiciones para el día miércoles 24 de septiembre a las 2 y 30 minutos de la tarde. Segundo: Expedir por Secretaría copia simple de la presente acta al Defensor Público de Adolescentes, abg. José Antonio Salcedo.
Quedan notificado el Defensor Público de Adolescentes, abg. José Antonio Salcedo de la presente decisión. Siendo las 2:35 horas de la tarde, se da por concluida la presente audiencia. Terminó, se leyó y conformes firman. Notifíquese a las partes. Líbrese lo conducente. Cúmplase.
La Juez,

Abg. Maraly K. Olivares.
FISCAL DÉCIMO SEGUNDO DEL MINISTERIO PÚBLICO,
(Ausente)
ABG. CARLOS IZARRA.





DEFENSOR PÚBLICO PENAL DE ADOLESCENTE,



ABG. JOSÉ ANTONIO SALCEDO.





LA ADOLESCENTE SANCIONADA,
(Ausente)

(SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN DE LA ADOLESCENTE POR MANDATO EXPRESO DEL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE),
.



REPRESENTANTE LEGAL DE LA ADOLESCENTE
(Ausente)

ÁNGELA VÁSQUEZ.



EL ALGUACIL,






LA SECRETARIA,


ABG. ANYELA L. VARGAS.


Causa Nº: 1E27-08
MKOR/AV.-